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Licenciado En Derecho


Enviado por   •  4 de Marzo de 2015  •  5.783 Palabras (24 Páginas)  •  205 Visitas

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LA DEFENSA ADECUADA ¿REALIDAD O FICCIÓN?

ALGUNAS REFLEXIONES EN TORNO A LA APLICACIÓN DE LA RECIENTE REFORMA CONSTITUCIONAL EN EL ESTADO DE TABASCO.

PROBLEMA:

Actualmente en el municipio de Comalcalco, Tabasco existe la problemática de la defensa adecuada, tanto de los abogados particulares como de los defensores de oficio, ya que ninguno de los dos realiza de manera adecuada la defensa del procesado, ya sea por falta de conocimientos académicos, así como de infraestructura y baja percepción salarial en el caso de los defensores de oficio o por la deficiente preparación profesional por parte de los abogados particulares.

El presente protocolo de investigación, pretende comparar el trabajo realizado por ambos, y determinar si hay o no diferencia entre el trabajo de uno u otro y si las aportaciones tanto jurídicas como científicas de aquellos varían, con la finalidad de comprobar si los abogados particulares, obtienen mejores resultados que aquellos que son pagados por el Estado.

Para ello se realizará un trabajo tanto teórico como práctico con investigación de campo, estadísticas, encuestas, y otros medios para llegar a una conclusión.

ANTECEDENTES:

Que en Juzgado de Comalcalco y la defensa de los procesados es deficiente; que la clase vulnerable que son los que menos tienen, al carecer de dinero para pagar a un abogado particular, se ven en la imperiosa necesidad de recurrir al defensor de oficio, quien a mi parecer no cuenta con los conocimientos académicos necesarios para realizar una defensa de manera adecuada, pues al carecer dicha institución de infraestructura así como de recursos económicos para actualizar así como capacitar a los defensores, tal circunstancia limita la actuación de aquellos, máxime que las causas penales que tienen a su encargo son demasiadas para estudiar con dedicación y esmero, a lo que se suma la baja percepción salarial.

Por otra parte es menester señalar que la mayoría de los abogados postulantes que ofrecen sus servicios en despachos particulares, cuyos clientes tienen posibilidades económicas, o en su defecto hacen un esfuerzo por contratar a un defensor particular, en la mayoría de los casos, no tienen resultados diferentes de los obtenidos por los defensores de oficio; por lo que en el presente protocolo de investigación se pretende investigar y concluir si los abogados que han cobrado más que otros, en juicios similares, han tenido resultados diferentes en las sentencias.

La pretensión del presente protocolo de investigación es la de plantear la problemática que tiene tanto el abogado postulante, como el defensor de oficio, en el ejercicio de la labor desempeñada por virtud de las carencias que presentan desde la formación académica.

Por tanto es indispensable conocer su situación actual, real, así como la forma en que aquellos ejercen su profesión, por tal motivo fue necesario allegarnos de cierta información suministrada por el juzgado penal de Comalcalco, Tabasco, para estar en condiciones de poder dar respuestas a nuestras siguientes interrogantes:

1.- ¿Hoy día los procesados cuentan con una defensa adecuada?

2.- ¿La circunstancia de que dichos profesionistas estén titulados garantiza una defensa eficaz?

3.- ¿Cuántos de los abogados litigantes tienen cursos, diplomados, maestría o doctorado, especializado en derecho procesal penal?

4.- ¿Cuántos de los abogados de oficio han recibido la capacitación adecuada por parte del Estado para realizar su función de manera eficaz y eficiente? .

5.- ¿Los abogados postulantes agotan todas las pruebas para demostrarle al juez la inocencia del procesado?.

6.- ¿Los defensores de oficio agotan todas las pruebas para demostrarle al juez la inocencia del procesado?.

7.- En el caso de ser afirmativa la respuesta anterior ¿Quién paga los peritajes?

8.- En el supuesto de la presentación de peritajes ¿Quién paga los peritos terceros en discordia?.

9.- En las estadísticas comparativas entre abogados particulares y defensores de oficio ¿Qué diferencia hay entre el agotamiento de las instancias?

10.- ¿Qué diferencia hay en el que se pasen términos?

11.- ¿Cuál es el costo promedio entre los abogados particulares?

12.- En el caso de la pregunta anterior ¿hay relación entre lo que se cobra con los resultados obtenidos?.

13.- ¿Los abogados particulares que se preocupan por actualizarse obtienen mejores resultados?

14.- ¿Qué diferencia encontramos entre los resultados de un abogado postulante con post grado y los que no cuentan con ellos?

15.- ¿Los defensores de oficio están obligados a tomar capacitaciones?, de ser así ¿Qué tan frecuente es la capacitación que toman aquellas?.

Preguntas que obtendrán respuestas en el transcurso del presente protocolo de investigación, con los datos que para tal efecto se plasmaran, con los cuales se dilucidará si el Principio Constitucional de Adecuada Defensa resulta una realidad o simplemente una ficción del Sistema mexicano.

JUSTIFICACIÓN.

Es importante hacer un estudio comparativo entre la actuación del abogado litigante y el defensor de oficio, y llegar a resultados concretos que demuestren la efectividad tanto de uno como de otro, comprobar si realmente los resultados de las encuestas y de las pruebas de campo arrojan que el hecho de pagarle a un profesionista independiente tiene resultados iguales, algo diferenciados o muy diferenciados con el de oficio.

El presente protocolo de investigación pretende arribar a una conclusión, basada en las encuestas, para los efectos de verificar si los abogados litigantes y los de oficio aportan todas las pruebas, y agotan todas las instancias.

El derecho a una adecuada defensa está consagrado en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en el artículo 20 Constitucional, específicamente en el apartado B, fracción VIII, que dispone:

“…Tendrá derecho a una defensa adecuada por abogado, al cual elegirá libremente incluso desde el momento de su detención. Si no quiere o no puede nombrar un abogado, después de haber sido requerido para hacerlo, el juez le designará un defensor público. También tendrá derecho a que su defensor comparezca en

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