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MULTAS. CONCEPTOS Y REGLAS BÁSICAS PARA SU IMPOSICIÓN


Enviado por   •  6 de Noviembre de 2019  •  Documentos de Investigación  •  1.359 Palabras (6 Páginas)  •  248 Visitas

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MULTAS. CONCEPTOS Y REGLAS BÁSICAS PARA SU IMPOSICIÓN.

Las multas como segundo tipo de contribuciones accesorias reguladas para nuestra legislación tributaria pueden definirse sencillamente afirmando que son las sanciones económicas que la autoridad hacendaria impone a los contribuyentes que en alguna forma han infringido las leyes fiscales.

Los elementos esenciales de la nación de lo jurídico es la característica de coercividad o autarquía, que se incluye en todas las definiciones del derecho como inherente a su naturaleza mismas, de tal manera que no puede concebirse un derecho que no sea coactivo, coercitivo, autárquico.

En términos generales puede decirse que las contribuciones accesorias reguladas por nuestro derecho fiscal forman parte o son manifestaciones del poder sancionador de la hacienda pública, al tener su origen y explicación precisamente en el cumplimiento de lo que ordena la norma jurídico-tributaria. Las multas constituyen la sanción directa, es decir, es la consecuencia desagradable de no ajustarse a lo preceptuado por la ley impositiva.

Las multas tienen por fuerza que ser sanciones únicas y exclusiva de carácter económico. Cuando hablamos de multas estamos refiriendo la cuestión de solamente a sanciones de tipo económico y cual las multas dentro el derecho fiscal persiguen un doble objetivo.

a) Constituir la sanción directa aplicable a todo causante que incumple sus deberes tributarios.

b) Servir como instrumento de poder de coacción o coerción que la ley otorga al estado para asegurar el cumplimiento de las obligaciones fiscales.

La autoridad fiscal está facultada para multar a los contribuyentes incumplidos también lo es que la imposición de tales multas no puede hacerse al capricho o al arbitrio de la autoridad que sanciona, sino que es indispensable que esta ciña su actuación al correspondiente marco jurídico-constitucional que garantice la preservación, también en esta materia es de tal necesario principio de la legalidad tributaria.

Existe un conjunto de reglas a las que debe subordinarse a la actuación del fisco. Del derecho positivo aplicable puede deprenderse la existencia de dos clases de reglas: las bases o fundamentales y las complementarias o derivadas.

1. La imposición de toda multa deben observase escrupulosamente los requisitos que al afecto finjan los art 16 y 22de nuestra carta magna...

La primera regla debe atender a los correspondientes requisitos constitucionales. Que es ala sala superior del tribunal de la federación

2. Cuando la infracción consista en la evasión u omisión de presentación fiscal cuyo monto sea susceptible de precisarse en una cantidad liquida, la multa varía entre unos 50% y el 75% del importe de dicha prestación actualizada por inflación…

Por regla general las infracciones en materia fiscal suelen consistir en evasiones u omisiones impositivas, por, lo tanto el mismo monto de la prestación incumplida sirve de base para el cálculo de la multa correspondiente.

REGLAS COMPLEMENTARIAS PARA LA IMPOSICIÓN DE MULTAS.

1. regla: el art 70 del código tributario “la aplicación de las multas por infracciones a la disposiciones fiscales, se hará independientemente de que se exija el pago de las contribuciones respectivas y sus demás accesorios así como de las penes que impongan las autoridades jurídicas cuando se incurra en responsabilidad penal”

Nos dice que el hecho de que se cobre una multa, no priva al fisco de del derecho de exigir el pago de las contribuciones, incluyendo los recargos, gastos de ejecución y demás accesorios que procedan.

2. Regla: art°71 código fiscal. “se consideran responsables de infracción a las leyes fiscales las personas que realicen los supuestos normativos que configuren tales infracciones, así como las que omitan el cumplimiento de obligaciones previstas para las disposiciones fiscales, incluyendo aquellas que lo hagan afuera de los plazos establecidos.

3. Regla: segundo párrafo del art°71 “cuando sean varios los responsables, cada uno deberá pagar el total de las multas que se impongan

Esta regla persigue una finalidad eminentemente lógica evita que dos o más contribuyentes se pongan de acuerdo para infringir normas tributarias repartiéndose entre si la carga de la sanción.

4. Regla: No se impondrán multas cuando se cumplan en forma espontánea las obligaciones fiscales fuera de los plazos señalados

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