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Micro, pequeñas y medianas empresas según código tributario


Enviado por   •  28 de Agosto de 2021  •  Informes  •  908 Palabras (4 Páginas)  •  166 Visitas

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Micro, pequeñas y medianas empresas según código tributario


Antes de comenzar debemos tener en claro que es una PYME y quienes la componen para así poder comprender mejor a que se enfoca el código tributario en esta área respectivamente es por ello que se las presentare a continuación:

  • Microempresas:  Son aquellas empresas cuyos ingresos anuales por ventas, servicios y otras actividades del giro, no hayan superado las 2.400 UF en el último año calendario y además cuentan con uno a nueve trabajadores.
  • Pequeñas empresas: Son empresas cuyos ingresos anuales por ventas y servicios y otras actividades del giro, sean superiores a 2.400 UF, pero inferiores a 25.000 UF en el último año calendario. Estas empresas cuentan con 10 a 49 trabajadores.
  • Medianas empresas:  Todas aquellas empresas cuyos ingresos anuales por ventas y servicios y otras actividades del giro, sean superiores a 25.000 UF, pero inferiores a 100.000 UF en el último año calendario. Estas empresas cuentan con 50 a 199 trabajadores.

El régimen tributario incorpora a contar desde el 01 enero de 2020 tres nuevos regímenes tributarios para todos aquellos contribuyentes de primera categoría; a partir desde aquí se suma el régimen de renta presunta la cual permite determinar y pagar sus impuestos en base a una presunción de resultado. y por otro lado nos encontramos con el de contribuyente no sujetos al 14 de la LIR siendo en este caso el cambio automático para las empresas, quienes deberán informarse de las características del régimen en el que se encuentren inscritos y en el que deberán tributar desde la Operación Renta 2021.[pic 1]

Cabe destacar que el Régimen Tributario está enfocado en (Pyme) las cuales abarca a las micro, pequeños y medianos contribuyentes, que determina su resultado tributario, como norma general, en base a ingresos percibidos y gastos pagados.

Que quiere decir esto que todas aquellas PYMES deberán estar obligadas a llevar una contabilidad completa a la cual se puede lograr optar a una simplificada. estas Pymes están afectos al impuesto de primera categoría.

Estas son las Tasa de Impuesto de Primera Categoría 10% para las rentas que se obtengan durante los años comerciales 2020, 2021 y 2022, y de 25% para los años siguientes.

con tasa del 25% y sus propietarios tributarán en base a retiros, remesas o distribuciones efectivas, con imputación total del crédito por Impuesto de Primera Categoría en los impuestos finales que les afecten, salvo para aquellos propietarios que sean contribuyentes del IDPC y no estén acogidos al régimen Pro Pyme.

Es por ello que el Régimen tributario nos da a conocer aquellos beneficios los cuales son:

  • Propuesta de declaración del SII a la empresa, en base a información del Registro de Compras y Ventas las que son complementaria por el contribuyente.
  • No aplica corrección monetaria.
  • Sus existencias o insumos existentes al término del año se reconocen como gasto.
  • Aplica depreciación instantánea de su activo fijo.
  • Determina base imponible simplificada, según ingresos percibidos y gastos pagados
  • Está liberada de mantener los registros de rentas empresariales (RRE), siempre que no genere o perciba rentas a controlar en el registro REX.
  • En caso de generar o percibir rentas a controlar en el registro REX. Y continuar con la liberación de llevar los RRE, puede emitir Documentos Tributarios Electrónicos que den cuenta de los movimientos patrimoniales.
  • No aplica orden de imputación para retiros, remesas o distribuciones de utilidades a sus propietarios, en la medida que no genere o perciba rentas a controlar en el registro REX.
  • Aplica tasa del ejercicio para asignar el crédito por IDPC.
  • Determina un Capital Propio Tributario simplificado.
  • Utiliza tasas fijas de PPM.
  • Puede acceder a un informe de situación tributaria que le permitirá tener acceso al sistema bancario para obtener financiamiento.
  • Aplica rebaja a la base imponible del IDPC por incentivo a la inversión (50% de la RLI con tope UF 5.000).
  • En contra del IDPC que determine la empresa aplican todos los créditos contenidos en la LIR y en otras leyes.
  • Situación tributaria de retiros, remesas y distribuciones se determina al término del ejercicio.

Y por otro lado no das conocer sus características o más bien obligaciones que deben tener estas micro pequeñas y medianas empresas en las cuales podemos encontrar las siguientes:

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