ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Modos de producción - Economía Política


Enviado por   •  13 de Septiembre de 2020  •  Ensayos  •  2.107 Palabras (9 Páginas)  •  312 Visitas

Página 1 de 9

Modos de producción: esclavismo, feudalismo, capitalismo, socialismo: rasgos que los caracterizan, y la Ley económica fundamental de cada modelo.

La íntima conexión que existe entre las angustias del hambre que pasan las capas

obreras más laboriosas y la disipación, tosca o refinada, de la gente rica basada en la

acumulación capitalista, sólo se le revela a quien conozca las leyes económicas (Marx, 1873, pág. 821)

Al estudiar la economía política las relaciones sociales de producción y las leyes que rigen estas relaciones; es necesario comprender lo que constituye una ley en el ámbito de la economía. Sin embargo, vale mencionar que el estudio de las leyes que rigen cada uno de los modos de producción en el desarrollo de la sociedad, no siempre formó parte del objeto de estudio de la economía política; en este sentido “Engels incluía en el objeto de la Economía Política el estudio de las funciones primordiales de la sociedad humana que, a su vez, son la condición imprescindible para su existencia: la producción y el intercambio, o con más exactitud, las leyes económicas objetivas que los rigen” (Engels, 1978, pág. 14. Introducción por Por Alejandro Malish).

A diferencia de las leyes jurídicas (las cuales son promulgadas por el hombre, a partir de los mecanismos que tiene el Estado para su elaboración y aprobación); o de las leyes de la naturaleza, las cuales existirán independientemente de la voluntad y acciones del hombre; las leyes económicas, son objetivas, es decir, que rigen independientemente de los sentimientos, sensaciones y percepciones; ya que estas leyes se basan en los hechos y lógica, en este sentido “el carácter objetivo de las leyes económicas es un problema metodológico de gran importancia para le economía política” (Colectivo de Autores, 2006, pág. 36). Sin embargo, hay que tener en cuenta que “las leyes de la sociedad no pueden actuar por sí mismas y operan a través de la actividad humana” (Isacovich, 1974, pág. 8); es decir, estas leyes existen objetivamente, pero se desarrollan en torno a las acciones y voluntad del ser humano, el cual está en todo momento condicionado por las circunstancias en las que vive.

Las leyes económicas rigen la producción, distribución, el cambio y el consumo de los bienes a lo largo de la evolución de las relaciones productivas entre los seres humanos; estas pueden modificarse a partir de cambios en las condiciones económicas e incluso eliminarse, cuando desaparecen dichas condiciones. Justamente la economía política es la ciencia encargada de estudiar cómo actúan estas leyes objetivas en la sociedad.

Dentro de esta unidad, es necesario profundizar en el estudio de del sistema de leyes económicas de las relaciones de producción, teniendo en cuenta para el efecto, que cada

régimen económico o modo de producción, tiene sus propias leyes que lo gobierna. Vale aclarar que existen diferentes tipos de leyes económicas: leyes económicas fundamentales, leyes económicas generales y leyes económicas particulares.

 Ley económica fundamental: esta ley determina la relación principal existente en cada modo de producción, ya que expresa lo más significativo en dichas relaciones de producción; “esta ley tiene la importancia de que expresa el objetivo del modo de producción y los medios para su consecución” (Colectivo de Autores, 2006, pág. 37). Alrededor de esta ley fundamental, gira todo el conjunto de leyes económicas, ya sean universales o generales, particulares o específicas.

No es posible comprender el resto de las leyes económicas específicas sin su ligación con la ley fundamental; del mismo modo, no es posible estudiar el desarrollo y comportamiento de la ley fundamental, sin comprenderla como interrelacionada con el resto de las leyes, que al mismo tiempo la explican. Por ejemplo: la ley económica fundamental del capitalismo es la ley de la plusvalía, la cual fue descubierta por Marx; esta ley expresa la relación principal del modo capitalista de producción, que es la de explotación del trabajo asalariado por parte del capital.

 Leyes económicas generales o universales: De acuerdo a Colectivo de Autores (2006) estas actúan en todos los modos de producción; ya que expresan la concatenación y sucesión histórica de los modos de producción. Son leyes reducidas, ya que expresan relaciones y fenómenos correspondientes a todos los modos de producción. Sin embargo, estas leyes actúan de acuerdo al sistema de leyes específicas; es decir, están subordinadas a la ley económica fundamental del modo de producción al que representan. Las leyes generales enuncian el proceso de desarrollo de la sociedad; la relevancia del adelanto de las fuerzas productivas como determinante en el desarrollo social y los vínculos de todos los modos de producción. Por ejemplo: la ley del crecimiento de la productividad del trabajo; la ley de la reproducción (renovar constantemente el proceso de producción); la ley del ascenso de las necesidades de los hombres.

 Leyes económicas particulares: la actuación de estas leyes, depende de la ley fundamental del modo de producción. Caracterizan aspectos de relaciones de producción que tienen lugar en varios modos de producción. Por ejemplo: la ley del valor y otras leyes de la producción mercantil de las sociedades fraccionadas en clases opuestas y perduran hasta el socialismo.

 Leyes específicas: corresponden y gobiernan durante una fase del desarrollo de un modo de producción; es decir, no tienen vigencia en todo el modo de producción, sino únicamente en cualquiera de sus fases. Por ejemplo; en el capitalismo, en su última fase conocida como imperialismo, la ley del alto grado de concentración y centralización de los capitales, que en su momento originó los monopolios. O, por citar otro ejemplo, durante la primera fase del comunismo, conocida como el Socialismo, la división del producto social en necesario y plusproducto; la necesidad de la acumulación para la reproducción ampliada, entre otras.

Sociedad primitiva

Ley económica fundamental: el hombre primitivo, debido a su abastecimiento deficiente en su lucha contra las condiciones naturales, no podía existir y/o trabajar al margen de la colectividad (propiedad y trabajo colectivo).

 Instrumentos de trabajo fabricado de modo rudimentario.

 Trabajo colectivo

 Relaciones sociales

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (14.1 Kb)   pdf (54.2 Kb)   docx (13.5 Kb)  
Leer 8 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com