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NORMAS TÉCNICAS COMPLEMENTARIAS DE PROYECTO ARQUITECTÓNICO DE LA LEY DE EDIFICACIONES DEL ESTADO EN MATERIA DE: LIBRE ACCESO PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD PARA EL MUNICIPIO DE TIJUANA, BAJA CALIFORNIA, MÉXICO


Enviado por   •  10 de Abril de 2021  •  Resúmenes  •  1.553 Palabras (7 Páginas)  •  286 Visitas

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SAUCEDO SOTO MELISSA 16211438

12 – MAYO – 2020.

REPORTE 6 RESUMEN

NORMAS TÉCNICAS COMPLEMENTARIAS DE PROYECTO ARQUITECTÓNICO DE LA LEY DE EDIFICACIONES DEL ESTADO EN MATERIA DE: LIBRE ACCESO PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD

MARCO CONCEPTUAL

Se exponen los puntos de vista del Modelo Médico y el Modelo Social sobre las discapacidades y el origen de los mismos. Posteriormente se utiliza un enfoque “biosicosocial” y la discapacidad se convierte en resultado de la relación de la condición física de la persona, sus factores personales y las características físicas, sociales y actitudinales de su entorno.

El diseño universal es el que puede ser aprovechado por todas las personas sin necesitar ningún tipo de adaptación, sus principios son: uso equitativo, uso flexible, uso simple e intuitivo, información perceptible, tolerancia al error, mínimo esfuerzo físico, adecuado tamaño de aproximación y uso.

CONTEXTO DE PLANEACION Y MARCO JURIDICO

Explica e interrelaciona el Plan Nacional de Desarrollo en busca de un México incluyente que establece como línea de acción el “Asegurar la construcción y adecuación del espacio público y privado, para garantizar el derecho a la accesibilidad”. El Plan Estatal señala que el 3.87% de la población total estatal vive con algún tipo de discapacidad y toma por objetico brindar facilidades de incorporación social. Se hace mención de normatividad en pro de las personas con discapacidades en los niveles internacional, federal, estatal y municipal.

OBJETIVOS

- Establecer las presentes NTC de acuerdo a lineamientos de orden Internacional y Federal en materia de Diseño Accesible.

- Establecer lineamientos para el diseño de la infraestructura física de instalaciones públicas a fin de mejorar la accesibilidad a la población con discapacidad.

- Impulsar y promover la construcción de infraestructura urbana que suprima barreras físicas, arquitectónicas y urbanas, de transporte y comunicación para permitir el libre acceso y uso a personas con discapacidad.

CAMPO DE APLICACIÓN

La NTC a la Ley de Edificaciones de Baja California aplica a todos los espacios públicos y privados construidos en el territorio estatal. Quedan excluidas unidades hospitalarias institucionales porque éstas deben ser regidas por la NOM-001-SSA2-1993.

REFERENCIAS

Enlista Normas Oficiales Mexicanas que deben ser consultadas para la aplicación de la presente NTC.

DEFINICIONES

Establece las definiciones que responden al entendimiento de la NTC.

CLASIFICACION Y COMPONENTES DE ACCESIBILIDAD UNIVERSAL

Se clasifican los espacios según su nivel de intervención: Espacios construidos nuevos, espacios remodelados, ampliados o con cambio de uso. *********

Para que haya accesibilidad universal que garantice el uso e ingreso de todas las personas a cualquier espacio o servicio se debe considerar: una ruta accesible al espacio de servicio y la accesibilidad del mismo espacio.

ESPECIFICACIONES

GENERALIDADES

En antropometría, las dimensiones son estructurales (medidas del cuerpo en posición estándar) o funcionales (medidas del cuerpo en movimiento). Se establecen en este apartado las dimensiones mínimas necesarias para el desplazamiento, giros y cambios de dirección de personas que utilicen silla de ruedas, andaderas, bastones, muletas y equipo especial en pasillos y rampas.

ESPECIFICACIONES TÉCNICAS

En este apartado se establecen medidas estándares y las características que deben cumplir las instalaciones, materiales, señalamientos, localización, dimensiones, alturas, áreas libres en pasamanos, barandales, apoyos isquiáticos, puertas y sus abatimientos, ventanas, superficie de pisos y pavimentos táctiles (de advertencia y de dirección).

SEÑALAMIENTOS

La señalética debe ser informativa, direccional y orientadora, debe componerse de elementos visuales, táctiles y/o sonoros. Su uso es obligatorio en itinerarios, estacionamientos, sanitarios, servicios y mobiliario urbano adaptado. Se establecen disposiciones con las que deben cumplir las señalizaciones de todo tipo y se hacen las indicaciones para el uso de la simbología internacional de accesibilidad.

ELEMENTOS DE CIRCULACION HORZONTAL

Se establecen criterios, dimensiones mínimas, separaciones, pendientes, señalización correspondiente, materiales, elementos de apoyo como barandales y pasamanos en circulaciones generales y rutas accesibles, andadores, senderos y cruceros como en camellones, entradas a los edificios, puertas, vestíbulos, pasillos, cambios de nivel, salidas de emergencia, botones de alarma y áreas de resguardo. Además de indicarse la localización del mobiliario urbano, áreas de descanso y que absolutamente todos los pasos deben ser libres de obstáculos y cumplir con las disposiciones que garanticen el paso seguro de una persona en silla de ruedas y las alturas de mobiliario accesible para su atención.

ELEMENTOS DE CIRCULACION VERTICAL

Se establecen criterios, dimensiones mínimas, separaciones, distancias, pendientes, señalización correspondiente, materiales, consideraciones para colocar barandales y pasamanos, elementos perimetrales para prevenir accidentes, consideraciones o restricciones de cambios de dirección en escaleras, rampas, rampas en andadores y cruces peatonales (se integra un apartado para rampas en casos especiales), elevadores y sus tiempos de apertura, alarmas y velocidad máxima permitido, plataformas elevadoras según su tipo, puentes peatonales, túneles peatonales.

ELEMENTOS DE SERVICIO

Indica la dosificación,

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