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Nacionalidad

yenzy17 de Octubre de 2012

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CIUDADANÍA

Concepto:

Se define a ciudadanía como: condición social de un miembro nativo o naturalizado de una ciudad o Estado.

Constitucionalmente la ciudadanía es la aptitud, para ser titular de deberes y derechos jurídicos y políticos, por ser el titulo común (ciudadana-ciudadana), que tenemos todas las personas.

El concepto de ciudadanía se ha convertido en uno de los términos clave del debate político a partir de la década de 1990. Esta relevancia se debe, en gran medida, a que es un concepto que se halla en plena evolución debido a los grandes cambios económicos, sociales y políticos de fin de siglo.

Podemos definir ciudadanía como un status jurídico y político mediante el cual el ciudadano adquiere unos derechos como individuo (civiles, políticos, sociales) y unos deberes (impuestos, tradicionalmente servicio militar, fidelidad...) respecto a una colectividad política, además de la facultad de actuar en la vida colectiva de un Estado. Esta facultad surge del principio democrático de soberanía popular.

El ciudadano (de España, Reino Unido, Francia, Estados Unidos...) dispone de una serie de derechos, reconocidos en sus constituciones, pero además tiene obligaciones con respecto a la colectividad (fiscales, militares...). En un estado democrático, el ciudadano se ve obligado a cumplir con esas obligaciones ya que son aprobadas por los representantes que él ha elegido utilizando uno de sus principales derechos políticos como ciudadano, el de sufragio.

La condición de la ciudadanía está restringida a las personas que tienen esa condición. Las personas que habitan en un territorio del que no son ciudadanos están excluidas de los derechos y los deberes que comporta la condición de ciudadano. Cada estado tiene unas normas que regulan la manera por la cual un individuo adquiere la nacionalidad de ese estado, es decir, la condición de ciudadano.

La condición jurídica obtenida por la nacionalidad venezolana, la cual permite el goce y el ejercicio de los derechos y deberes políticos previstos en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y en las leyes.

Derechos políticos

Son el conjunto de condiciones que posibilitan al ciudadano participar en la vida política, constituyendo la relación entre el ciudadano y el Estado, entre gobernantes y gobernados. Representan los instrumentos que posee el ciudadano para participar en la vida pública, o el poder político con el que cuenta este para participar, configurar y decidir en la vida política del Estado.

Venezuela ha logrado importantes avances en el campo de los derechos políticos. Actualmente los venezolanos y venezolanas participamos de forma directa o indirecta en la conformación, planificación y ejecución de las políticas públicas.

Derecho a la participación; todos los venezolanos y venezolanas tienen el derecho de participar en la elección de los distintos cargos públicos y todos aquellos actos donde se amerite su participación. Así mismo, todos y todas pueden asociarse con fines políticos. Artículos 60 y 67 de la constitución Nacional.

Derecho a manifestar; sin otros requisitos, más que los exige la ley, todo ciudadano y toda ciudadana tiene el derecho de manifestar, de forma pacífica y sin armas, así lo establece nuestra carta magna en su artículo 68.

Derecho al sufragio; la constitución en su artículo 63 define que todo ciudadano y ciudadana a través de votaciones libres, universales, directas y secretas tiene derecho a sufragar, ya que este es un derecho esencial para la democracia.

Derecho al asilo político; en Venezuela se garantiza y se reconoce el derecho que tiene toda persona a ser asilada cuando así lo amerite, así lo reza la Constitución Nacional

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