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Nacionalidad


Enviado por   •  6 de Noviembre de 2012  •  3.978 Palabras (16 Páginas)  •  623 Visitas

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Nacionalidad.

Es un vínculo jurídico político que otorga a un individuo el carácter de miembro del estado venezolano caracterizado por constituir una relación de derecho público.

Estas relación esta predominantemente regulada por normas de derecho público

Posturas sobre la Nacionalidad:

.Según el artículo 293 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela la nacionalidad es competencia del poder electoral

Los que niegan que las personas puedan tener una nacionalidad se limitan a decir que las personas morales, al ser una ficción jurídica no tienen los elementos necesarios para poseer un estado es decir, es decir no tienen estado civil ni político .En el derecho estadounidense esta postura ha quedado muy arraigada .

En la opinión de estos tratadistas se dice que al atribuir nacionalidad a las personas morales se han confundido las nociones de nacionalidad y domicilio. El domicilio de la sociedad es fijado por el estatuto, el cual está conforme a la ley aplicable y resuelve los problemas de su funcionamiento extraterritorial, sin necesidad de recurrir a la noción de nacionalidad.

Los que aceptan que las personas morales tienen Nacionalidad llanamente

Según las clases de nacionalidad Venezolana

1 Por el simple hecho del nacimiento o Nacionalidad Venezolana originaria

2 Depende del hecho de Voluntad posterior nacionalidad venezolana por naturalización derivada o adquirida.

Articulo 3 Numeral 9 de la ley orgánica de registro civil establece los actos relativos a la adquisición, opción renuncia perdida y recuperación de la nacionalidad Venezolana y nulidad de la naturalización.

Art.4 (LORC)

Art 11(LORC) Principio de fe pública.

Art 16(LORC)

Art 18(LORC)

Los que aceptan que las personas morales tienen una nacionalidad.

Según el nacido en territorio extranjero de padre y madre venezolanos por nacimiento art 32 numeral 2 .C.R.B.V. y articulo 89 LORC.

2 El nacido en territorio extranjero de padres venezolanos por nacimiento

El nacido en territorio extranjero de padres venezolanos por nacimiento o madre venezolana por nacimiento artículo 32 numeral 3 CRBV

Nacido en territorio extranjero de padre venezolano por naturalización o madre venezolana por naturalización articulo 32 numeral 4 CRBV

Requisitos.

Exige límites de edad antes de cumplir la mayoría de edad

Declarar la voluntad de adquirir la nacionalidad es cumplimiento estricto

Establecer la residencia en territorio de la república.

Estos son los supuestos que darán la nacionalidad por nacimiento, si estos no se cumplen puede ser venezolano por naturalización que es otra vía para adquirirlo.

Múltiples nacionalidades

Lo anteriormente expuesto indica que un ciudadano de otra nacionalidad puede adoptar, si así su derecho le confiere, la nacionalidad del estado donde se encuentra desarrollada su vida. Enmarcado jurídicamente, es posible que la autoridad le requiera de renunciar bajo juramento de su anterior nacionalidad sin embargo este procedimiento es incompleto pues debería renunciar formalmente a las autoridades consulares del país o en el país del que pretende desligarse, también le puede ser conferida la posibilidad de conservar ambas nacionalidades o múltiples nacionalidades, pero solo una de estas se puede ejercer. No pudiendo a conveniencia propia ejercer las demás.

La doble nacionalidad está reconocida en el artículo 34 CRBV el cual reza. La nacionalidad venezolana no se pierde al optar o adquirir otra nacionalidad. y el artículo 6 de LNYC numerales 7,8 Articulo 25 LNYC los venezolanos por naturalización no están obligados a renunciar a su nacionalidad anterior.

Nacionalidad Activa y pasiva

La autonomía

La autodeterminación.

Esta contemplada en el preámbulo de la carta fundamental

La autodeterminación no es un programa con una lista predeterminada de servicios disponibles y una manera fija de proveerlos.

La autodeterminación es un proceso que varía según los requisitos del individuo, y lo que sea necesario para crear una vida completa para él. Las personas con incapacidades ya no tienen que recibir servicios como el modelo tradicional los determina. Ellos pueden elegir sólo los servicios que quieran, y asegurarse que estos servicios son provistos según sus necesidades.

La autodeterminación reconoce el derecho de personas con incapacidades de encargarse de su vida. El individuo, no el sistema, decide: dónde viva y con quién, qué servicios necesite y quién los provea, cómo pase el día, incluso el tipo de oportunidades educacionales o vocacionales de que se aproveche, cómo el individuo participe en la comunidad, incluso tomar parte en grupos cívicos, participar en eventos, y desarrollar y mantener conexiones con otros en la comunidad.

LOS FUNDAMENTOS DE LA AUTODETERMINACIÓN:

LA LIBERTAD: La habilidad de planear su vida junto con familia y amigos con servicios necesarios en vez de comprar un programa completo.

LA AUTORIDAD: La habilidad de controlar una suma de dinero para comprar servicios. (con una red de apoyo social, si es necesario.)

LA AUTONOMÍA: El arreglamiento de recursos y personal (formal e informal) que ayudan a la persona con incapacidades a vivir una vida llena y conectada con la comunidad.

LA RESPONSABILIDAD: La aceptación de un papel de valor dentro de la comunidad por el empleo competitivo, las afiliaciones con organizaciones, el desarrollo espiritual, y el cuidado general de otros de la comunidad. También incluye la responsabilidad de gastar el dinero municipal para realizar la vida de individuos con incapacidades

LOS VALORES APOYADOS POR LA AUTODETERMINACIÓN:

EL

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