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Negativa A La Adopcion Homoparental

Chrismar102 de Marzo de 2014

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CAPÍTULO 1

LA HOMOSEXUALIDAD EN MÉXICO

Siendo este uno de los temas de más controversia que ha rodeado a la humanidad en toda su historia, "la homosexualidad" ha sido perseguida y castigada, por su apariencia de “debilidad” y “anti naturalidad”, pero condición que siempre ha existido, y parece ser innato en la humanidad.

Creemos que, por otra parte, la homosexualidad no es algo natural de los seres humanos, tomando en cuenta que el hombre tiene un pene, y la mujer tiene una vagina, y el sistema orgánico está hecho para complementarse con el sexo diferente. Y a partir de este punto es donde viene el debate, porque tendríamos que analizar que tan amplia es esa no naturalidad, pero también debemos pensar que es un fenómeno que ha ocurrido en toda la historia de la misma.

Entonces hay quienes se atreven llamarlo enfermedad y otros lo toman como algo completamente normal.

En 1973 la Asociación Americana de Psiquiatría (APA, por sus siglas en inglés) decidió eliminar la homosexualidad del Manual diagnóstico y estadístico de los trastornos mentales (DSM). El 17 de mayo de 1990 la Organización Mundial de la Salud (OMS), elimina la homosexualidad y la transexualidad de la lista de enfermedades mentales.

En la actualidad, la homosexualidad es definida como “aquella condición de la persona según la cual ésta se halla constitutivamente inclinada a relacionarse afectiva y sexualmente con personas de su mismo sexo, sea de modo exclusivo o preferente”

Los homosexuales han luchado y obtenido muchos triunfos en las últimas décadas, esta minoría es medianamente aceptada en varios países (desarrollados) obteniendo todos los derechos que merece el ser humano: derecho a ser respetado como persona, derecho a la salud, etc., y uno que es materia de esta investigación seria el derecho otorgado a parejas del mismo sexo a contraer matrimonio y a su vez los mismos que este conlleva, como lo es la adopción.

1.1 MATRIMONIO ENTRE PERSONAS DEL MISMO SEXO EN EL DISTRITO FEDERAL

El debate acerca de la propuesta de matrimonio entre personas del mismo sexo, ha generado reacciones a favor y en contra a lo largo de todo el ámbito político y social en la capital del país. Fundamentalmente la oposición a esta iniciativa viene de los grupos denominados de derecha y religiosos.

Dentro de este debate nos tenemos que poner a analizar qué es lo que realmente se entiende por una familia homoparental y al respecto "La familia homoparental es constituida por dos padres o por dos madres homosexuales. En este modelo se rompe el vínculo “sexualidad-reproducción” y también la obligación de que los/as progenitores/as sean de diferente sexo. Permanecería la concepción (en muchos casos vía nuevas tecnologías), el engendramiento, la filiación y la alianza a través del matrimonio o pareja de hecho".

La institución del matrimonio es heredada del derecho romano (matrimonium) y en su acepción original, se refiere a la unión de un hombre con una mujer, el elemento más importante de esta unión era la affectio maritalis, que consistía en la intención, no solo inicial, sino continua de los contrayentes, de vivir como marido y mujer, la convivencia física no era imprescindible.

Con el reconocimiento de la iglesia católica por Constantino I se adopta la institución sacramental del matrimonio y se distorsiona la del derecho romano quedando como “Unión de hombre y mujer concertada mediante determinados ritos o formalidades legales”.

Ese concepto había sobrevivido hasta nuestros días no obstante los cambios sociales, culturales y el nacimiento del Estado Laico lograron cambiar dicho concepto.

El 21 de diciembre de 2009 la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF), modifico el Código Civil mismo que extiende el derecho a contraer matrimonio a personas del mismo sexo, Marcelo Ebrard confirmó la ley en su calidad de jefe de gobierno y se instruyó su publicación el 29 de diciembre de 2009 en la Gaceta del Distrito Federal. Guanajuato fue el primer estado que reconoció todos los derechos jurídicos de dicha acción legal.

El proyecto de ley modifico la definición de matrimonio en el Código Civil del Distrito Federal. Antes de la reforma, el artículo 146 de dicho código definía el matrimonio como "la unión libre entre un hombre y una mujer". A partir del 29 de diciembre, este artículo está redactado de la siguiente manera:

"Artículo 146.- Matrimonio es la unión libre de dos personas para realizar la comunidad de vida, en donde ambos se procuran respeto, igualdad y ayuda mutua. Debe celebrarse ante el Juez del Registro Civil y con las formalidades que estipule el presente código".

Sin embargo, esta norma a dado lugar a un nuevo concepto "borroso" y disponible de lo que es el matrimonio, en nuestra opinión nos hallamos ante una institución de contornos imprecisos, que ni si quiera se acerca y mucho menos corresponde a la lógica de las necesidades naturales y sociales de nuestra especie.

Tomando en cuenta lo anterior, cabe señalar que, antes de la enmienda arriba citada, la Ley de Sociedades de Convivencia, vigente en el Distrito Federal desde 2006, ofrecía ciertos derechos equiparables al matrimonio pero no todos los derechos de los cónyuges en un matrimonio contraído ante un juez del Registro Civil.

En este sentido, el Distrito Federal se convirtió en la decimocuarta jurisdicción del mundo que legaliza las nupcias entre homosexuales (tras los Países Bajos, Bélgica, España, Canadá, Sudáfrica, Noruega, Suecia y seis estados de EEUU), y la primera de América Latina (Argentina fue el primer país, mas no la primera jurisdicción de la zona).

El decreto de la ALDF reconoce todos los derechos conyugales a las parejas de personas del mismo sexo, incluyendo la adopción, la adquisición común de crédito bancario, la posibilidad de heredar bienes y el derecho a incluir a la pareja en las pólizas de seguro, entre otros derechos que no eran reconocidos por la Ley de Sociedades de Convivencia (uniones civiles) vigente en la entidad.

Siempre que hablamos de la familia y del matrimonio, es preciso hacer algunas distinciones. En primer lugar, la unión de los sexos es el hecho natural que ha permitido la perpetuación de la especie humana, luego, el derecho regula y recoge esa institución natural, denominada matrimonio, la segunda distinción es que solo es familia aquella basada en el matrimonio natural, es decir, la unión heterosexual, abierta a la generación de nuevas vidas humanas.

En el terreno de lo científico, hay muchos debates, y pocas respuestas. Existen teorías que dicen que la homosexualidad es innata, y otras dicen que se da por la experiencia en la infancia, relación con los padres, otros lo ven como una perversión, que tiene como fin la homosexualidad, aunque este fenómeno en realidad se presenta en un número mínimo de casos, y no en la mayoría de las personas afectas a su mismo sexo, aunque muchas veces la comunidad homosexual ha llegado a confundir el término “libertad de expresión”, y “discriminación”.

Una persona que piense que ser homosexual es una enfermedad, no necesariamente implica que los esté discriminando (se puede pensar que la homosexualidad es una distorsión, sin embargo se puede ser amigo de gente afecta a su mismo género, y los podemos tratar dignamente). Simplemente porque no se ha podido determinar a ciencia cierta las causas de la homosexualidad, entonces esta persona está ejerciendo la libertad de expresión para ejercer su postura. Y cuando los que no están de acuerdo, buscan censurar a las personas que piensen que la homosexualidad es una “enfermedad” sin invitar a un debate, entonces estamos hablando de que ellos están coartando la libertad de expresión de los que piensan diferente a ellos.

Pero si esa persona dice que por esa condición de “enfermos”, a los homosexuales se les debe discriminar, y no se les debe tratar al igual que los demás, entonces si estaríamos hablando de discriminación. Además esa persona no los está discriminando por su “posible enfermedad o trastorno”, sino por tabúes internos.

Esto no significa que haya una discriminación, una persona con un bajo coeficiente intelectual no podría concursar en una competencia de fórmulas avanzadas o una persona gordita no podría competir en un campeonato nacional de atletismo, simple y sencillamente porque su condición no lo permite. Igual con los homosexuales, los cuales su condición no permitiría el desarrollo ideal de los hijos.

Sobre el matrimonio y la adopción de hijos, creemos que estas instituciones fueron creadas con un solo objetivo, el de fortalecer la institución familiar, y a su vez procurar el buen desarrollo de los infantes, las personas del mismo sexo no pueden concebir hijos por el simple hecho de que el organismo humano no lo permite, por lo cual decimos que no debería existir la necesidad de crear instituciones para los homosexuales, dado que no existe (ni debería existir) alguna legislación que les prohíba vivir en unión libre; simplemente estas instituciones no fueron creadas para ello.

Y en cuando a la adopción de hijos, deberíamos esperar a que avance un poco la ciencia, y dado nuestros conocimientos actuales, un niño necesita una figura materna, y una figura paterna para tratar de generar su más normal desarrollo, porque su personalidad se determina en base al contacto con cada progenitor, a sabiendas que aun con la convivencia de padres heterosexuales a veces no se llega a complementar el máximo desarrollo de los menores, cosa que mucho menos se podría llegar a alcanzar si

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