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Negligencia

sirlok31 de Julio de 2014

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INTRODUCCION

En esta tesina estudiaremos lo referente a las violaciones de garantías individuales hoy siendo derechos humanos teniendo como tema central la negligencia médica en caso concreto con las mujeres indígenas y la discriminación.

En este contenido encontraremos las diferentes definiciones de negligencia, negligencia médica, y sus formas de probarlo. Práctica profesional medica tanto como la Responsabilidad médica.

También hablaremos de las garantías individuales, que son? Y que protegen como también los derechos humanos su historia y sus tres generaciones. La diferencia del uno y de otro como también su semejanza.

Trataremos de enfocar el tema en los pueblos indígenas sus derechos que tienen y cuales se les han violado centrándonos al estudio de servicio de atención medica durante todo su ciclo vital, en particular en relación con la planificación de la familia, el embarazo, el parto y el periodo posterior al parto.

Teniendo en cuenta que las demandas de negligencia médica son muy difíciles de perseguir. La mayoría de los casos de negligencia médica son muy costosos porque implican testigos médicos expertos numerosos y hechos complicados. Los doctores son generalmente poco dispuestos admitir cualquier error y tienen recursos para disputar cualquier pleito. Muchos clientes ocupan abogados para ayudarles a pagar los costos iniciales y a proporcionar la maestría para ganar un caso de la negligencia médica

CAPITULO I

ACERCAMIENTO AL TEMA DE INVESTIGACION

1.1. NEGLIGENCIA Y SU CONCEPTO.

Negligencia, del latín negligentia, es la falta de cuidado o el descuido. Una conducta negligente, por lo general, implica un riesgo para uno mismo o para terceros y se produce por la omisión del cálculo de las consecuencias previsibles y posibles de la propia acción.

La negligencia está penada por la Justicia, ya sea civil o penal según el caso. La culpa está dada en la omisión de la conducta debida para prever y evitar el daño causado.

Algo que la negligencia suele acarrear en la mayoría de los casos es serias consecuencias. Esto no significa, por otro lado, que quienes actúan sin pensar siempre sean conscientes de sus errores y que aprendan de ellos para no volver a cometerlos. Sin embargo, cuando la negligencia se repite de forma sistemática, dado que resulta imposible ignorar su repercusión, es más preciso hablar de actos intencionales; en otras palabras, de conducta

La negligencia médica se produce cuando el médico actúa sin cumplir con las normas que rigen su profesión. Al conjunto de normas de la profesión médica se le denomina Lex Artis Médica y se recoge en las guías o protocolos médicos.

Una vez que contamos con estos tres elementos Daño, Actuación Médica Negligente y relación directa entre la actuación y el daño causado, podemos pensar que nos encontramos ante una negligencia médica y podremos reclamar.

La negligencia médica es comúnmente asociada con los doctores que incurren errores en el tratamiento de pacientes, pero el alcance de la negligencia médica es mucho más grande. La negligencia médica incluye cualquier tratamiento, carencia de tratamiento, o cualquier salida de estándares aceptados, el cuidado médico, o la seguridad de parte de un abastecedor en el cuidado médico que causó daño a un paciente.

Elementos para Probar la Negligencia Médica

Las demandas médicas de negligencia deben satisfacer todo lo siguiente:

• Lesión - el doctor o el abastecedor del cuidado médico causó lesiones al paciente

o Esto es muy a menudo difícil de probar. Usted probablemente no estaba muy saludable cuando primero fue al doctor, y usted no tiene maestría médica para probar la conexión con su lesión. Generalmente se necesita un testigo experto para atestiguar a su favor.

• Negligencia- descuido por el doctor o del abastecedor del cuidado médico

o Usted debe demostrar que el tratamiento médico bajó del "aceptado estándar del cuidado."

o La prueba de que es el "aceptado estándar del cuidado" es generalmente lo que un profesional del cuidado médico en su comunidad haría en las mismas circunstancias.

• Estatuto de limitaciones - el límite de tiempo cuando usted puede traer una demanda

• El límite de tiempo para las demandas médicas de la negligencia son de 1-7 años, dependiendo de su estado.

Tipos Comunes de Negligencia Médica

• Falta de Realizar la Cirugía u otro Procedimiento Médico Correctamente

• Retraso del Tratamiento

• Falta de Explicar Correctamente el Procedimiento o de los Potenciales Efectos Secundarios

• Errores de Receta Médica

• Falta de Diagnosticar la Condición Médica

• Tratamiento Incorrecto

CAPITULO 2

LA PRACTICA MÉDICA Y SU MARCO JURÍDICO EN MÉXICO.

2.1. LA PRACTICA MÉDICA, CONCEPTO Y EVOLUCIÒN

2.2. RESPONSABILIDAD MÉDICA

El concepto de responsabilidad médica no es un invento de nuestra época, sino que aparece ya en los años 2392 a. de J.C., cuando el Código del Rey Hammurabí dedicaba al menos nueve artículos de los 282 de que constaba, a las faltas y castigos para los médicos. Y así entre otros preceptos establecía “Si un médico abre a alguien una gran herida con el cuchillo de bronce y lo mata, o si vacía a alguien una cavidad con el cuchillo de bronce y le deja sin ojo, se le deberán cortar las manos”. También en este Código se encuentra el concepto más primitivo de contrato o pacto entre médico y enfermo, donde a cambio de la prestación del servicio de uno, el otro quedaba obligado a pagar en monedas o en especie.

a) JUICIOS A LOS PERITOS MÉDICOS.

También existe una variante sobre la responsabilidad médica. Hasta hoy, la responsabilidad médica estaba restringida a la órbita de la medicina asistencial, por lo que tal vez los únicos médicos que no tenían ningún problema eran los legistas. Es decir, en su función profesional de peritos, trabajando en Tribunales, colaborando como auxiliares de la justicia. Pero esto dejó de ser así; ya hay procesos en Argentina por responsabilidad profesional de los peritos, que comprometen seriamente en algunos casos a los colegas médicos que se ven involucrados. Y alertan a los médicos legistas para que tengan mucho cuidado en el ejercicio de su profesión.

Pero ¿qué pasa en el caso específico del perito? Éste tiene en el ejercicio profesional, una obligación de medios, no de resultado. Jamás podrá exigírsele al perito una obligación de resultado, porque él no arriba a ningún resultado, simplemente tiene que aportar, con los conocimientos válidos y fundamentados de raigambre científica, con idoneidad, unido indisolublemente a la lealtad y a la ética, para ilustrar al juzgador y que pueda llegar a proveer justicia .

Por otro lado ¿existe una responsabilidad contractual en el ejercicio de medicina legal? No, en general la responsabilidad es extracontractual, porque actúan como médicos de Tribunales, de la policía y como peritos de oficio. Podría haber una responsabilidad contractual cuando fueran contratados como peritos de parte o consultores técnicos.

b) VALORACIÓN DEL DAÑO CORPORAL.

La historia de la valoración del daño corporal, comienza en el año 2050 antes de Cristo, con la Ley de Ur Nammu o Tablas de Nipur, considerada como el baremo más antiguo del mundo de incapacidades; siendo la reparación proporcional al valor perdido. Si bien el primer tratado completo corresponde al Código de Hammurabí, artículos 196 a 201, en el año 2392 antes de Cristo, basado en la Ley del Talión; se trataba la reparación del daño físico, haciendo distinción entre el hombre libre y el esclavo, se aplicaba la ley del talión, por lo que la indemnización se ejecutaba por cantidad fija y se compensaba en función del valor del esclavo.

Por otra parte en las Sagradas Escrituras se recogen referencias a la evaluación e indemnización de daños. Es aquí donde se contempla la primer referencia histórica de daño estético, libro del Éxodo, XXI, 18 y siguientes, por ser un bien protegido para contemplar la belleza espiritual imprescindible para presentarse ante Dios. En el Levítico, se encuentran referencias más específicas a la deformidad (capítulo XIX, 28. Así mismo la Ley de Talmud, contiene amplias referencias, bajo los títulos hebraicos de Nezihim y Rhalabah. El Tratado de Nezikin de Babilonia, comprende cinco apartados que clasifican el daño de la siguiente forma:

a. El daño propiamente dicho y la evolución.

b. El dolor.

c. La curación: la cual establece la obligación de reparar por parte del responsable del daño y sus consecuencias laborales.

d. El desempleo.

e. La humillación.

En China hacia el año 1100 a 1200 a. de C., aparece el S´Yuan, redactada por el juez Sang T´Zu, donde se estudian las lesiones y las actuaciones de los médicos ante los Tribunales de Justicia.

En Grecia, Atenas, se distinguía el daño involuntario (culposo) del daño intencionado (doloso), este se valoraba en el doble. En las Leyes de Platón, se establece la indemnización del daño estético, (libro IX de Leyes. También es aquí, en Grecia, donde aparece la primera organización de ayuda al minusválido; se definía lo que se consideraba inválido (cobraba

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