PRESENTACIÓN
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NORMA TECNICA DE EDIFICACION
G.050 SEGURIDAD DURANTE LA
CONSTRUCCION
INDICE
1. GENERALIDADES.
2. OBJETO.
3. REFERENCIAS NORMATIVAS.
4. CAMPO DE APLICACIÓN.
5. CUMPLIMIENTO DE LA NORMA.
6. GLOSARIO.
7. REQUISITOS DEL LUGAR DE TRABAJO
8. COMITÉ TÉCNICO DE SEGURIDAD Y SALUD
9. PLAN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
10. INVESTIGACIÓN Y REPORTE DE ACCIDENTES Y ENFERMEDADES
OCUPACIONALES
11. ESTADÍSTICA DE ACCIDENTES Y ENFERMEDADES OCUPACIONALES
12. CALIFICACIÓN DE EMPRESAS CONTRATISTAS
13. EQUIPO DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL (EPI)
14. PROTECCIONES COLECTIVAS
15. ORDEN Y LIMPIEZA
16. GESTIÓN DE RESIDUOS
17. HERRAMIENTAS MANUALES Y EQUIPOS PORTÁTILES
18. TRABAJOS EN ESPACIOS CONFINADOS
19. ALMACENAMIENTO Y MANIPULEO DE MATERIALES
20. PROTECCIÓN EN TRABAJOS CON RIESGO DE CAÍDA
21. USO DE ANDAMIOS
22. MANEJO Y MOVIMIENTO DE CARGAS
23. EXCAVACIONES
24. PROTECCION CONTRA INCENDIOS
25. TRABAJOS DE DEMOLICION
26. ANEXO A (NORMATIVO). CLASIFICACIÓN INDUSTRIAL INTERNACIONAL
UNIFORME DE TODAS LAS ACTIVIDADES ECONÓMICAS – CIIU
27. ANEXO B (NORMATIVO). FORMAS DE ATENCION DE EMERGENCIAS EN CASO
DE ACCIDENTES
B.1 BOTIQUÍN DE PRIMEROS AUXILIOS
B.2 VEHICULO AMBULANCIA
28. ANEXO C (NORMATIVO). TARJETAS PARA CONTROL DE ANDAMIOS.
29. ANEXO D (INFORMATIVO). EQUIPO DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL
ANEXO D.1 TABLA DE SELECCIÓN DE RESPIRADORES-OSHA.
ANEXO D.2 SELECCIÓN DE RESPIRADORES.
ANEXO D.3 PELIGROS COMUNES DE POLVO EN LA INDUSTRIA DE LA
CONSTRUCCIÓN.
ANEXO D.4 ALGUNOS TIPOS DE NEUMOCONIOSIS, SEGÚN LA NATURALEZA
DEL POLVO Y LA REACCIÓN PULMONAR.
ANEXO D.5 FORMAS COMUNES DE LESIÓN EN MANOS.
ANEXO D.6 ESTÁNDARES NACIONALES DE CALIDAD AMBIENTAL PARA
RUIDO.
ANEXO D.7 PROTECCIÓN OCULAR
30. ANEXO E (INFORMATIVO). CÓDIGO DE COLORES PARA VERIFICAR ESTADO DE
HERRAMIENTAS MANUALES Y EQUIPOS PORTÁTILES.
31. ANEXO F (INFORMATIVO). PROTECCIÓN DE TRABAJOS CON RIESGO DE CAÍDA
ANEXO F.1 EQUIPO DE PROTECCIÓN PERSONAL. CONSIDERACIONES EN EL
USO.
ANEXO F.2 ESTÁNDARES ADICIONALES
32. ANEXO G (INFORMATIVO). CHALECO CON CINTAS DE MATERIAL REFLECTIVO
33. ANEXO H (INFORMATIVO). CÓDIGO DE SEÑALES PARA MOVIMIENTO DE
GRÚAS.
34. ANEXO I (INFORMATIVO). EXCAVACIONES
ANEXO I.1 MODELOS PARA EL DISEÑO DE TALUDES.
ANEXO I.2 MODELOS DE ENTIBADOS.
ANEXO I.3 TABLAS: REQUISITOS MÍNIMOS DE LA MADERA SEGÚN TIPO DE
SUELO.
35. ANEXO J (INFORMATIVO). MODELOS DE FORMATOS
ANEXO J.1 REGISTRO DE CONTROL E INSPECCIÓN DE ALMACENAMIENTO DE
MATERIALES.
ANEXO J.2 PERMISO DE TRABAJO EN ALTURA.
ANEXO J.3 REGISTRO DE INSPECCIÓN DE ANDAMIOS.
ANEXO J.4 PERMISO DE IZAJE.
ANEXO J.5 INSPECCIÓN DE GRÚAS.
ANEXO J.6 PERMISO DE TRABAJOS DE DEMOLICIÓN/EXCAVACIÓN.
ANEXO J.7 REPORTE DIARIO DE SEGURIDAD EN ZANJAS.
ANEXO J.8 REGISTRO DE CONTROL PARA PROTECCIÓN DE MANOS.
ANEXO J.9 REGISTRO DE CONTROL PARA PROTECCIÓN OCULAR.
ANEXO J.10 REGISTRO DE CONTROL PARA PROTECCIÓN DE LA CABEZA
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1. GENERALIDADES
Actualmente la construcción es uno de los principales motores de la economía.
Es una industria a partir de la cual se desarrollan diferentes actividades (directas o
indirectas) que coadyuvan a la generación de muchos puestos de trabajo.
Sin embargo, la diversidad de labores que se realizan en la construcción de una
edificación ocasiona muchas veces accidentes y enfermedades en los trabajadores y
hasta en los visitantes a la obra.
2. OBJETO.
Establecer los lineamientos técnicos necesarios para garantizar que las actividades
de construcción se desarrollen sin accidentes de trabajo ni causen enfermedades
ocupacionales.
3. REFERENCIAS NORMATIVAS.
Las siguientes normas contienen disposiciones que al ser citadas en este texto
constituyen requisitos de este Proyecto de Norma Técnica de Edificación.
Como toda norma está sujeta a revisión, se recomienda a aquellos que realicen
acuerdos en base a ellas, que analicen la conveniencia de usar las ediciones
vigentes de las normas citadas seguidamente.
Reglamento para la gestión de residuos sólidos de la construcción y demolición.
Reglamento Nacional de Vehículos.
Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo
Ley General de Inspección del Trabajo
Ley General de Residuos Sólidos
NTP 350.026 “Extintores portátiles manuales de polvo químico seco”
NTP 350.037 “Extintores portátiles sobre ruedas de polvo químico seco dentro del
área de trabajo”
NTP 350.043-1 “Extintores portátiles: Selección, distribución, inspección,
mantenimiento, recarga, y prueba hidrostática”.
NTP 833.026-1 “Extintores portátiles. Servicio de mantenimiento y recarga”.
NTP 833.034 “Extintores portátiles. Verificación”.
NTP 833.032 “Extintores portátiles para vehículos automotores”.
NTP 400.033 “Andamios. Definiciones y clasificación y sus modificaciones”.
NTP 400.034 “Andamios. Requisitos y sus modificaciones”.
NTP 399.010 “Señales de seguridad. Colores, símbolos, formas y dimensiones de
señales de seguridad. Parte 1: reglas para el diseño de las señales de seguridad”.
NTP 400.050 “Manejo de Residuos de la Actividad de la Construcción”
4. CAMPO DE APLICACIÓN.
La presente Norma se aplica a todas las actividades de construcción comprendidas
en los códigos: 451100, 451103, 452100, 452103, 452200, 452201, 452202, 452105,
453006, 453008, 453003, 452002, 453001 de la tercera revisión Clasificación
Industrial Internacional Uniforme de todas las actividades económicas (ver Anexo A).
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La construcción de obras de ingeniería civil que no estén comprendidas dentro del
alcance de la presente norma técnica, se regirá por lo establecido en los
reglamentos de seguridad y salud de los sectores en los que se lleven a cabo.
La presente Norma es de aplicación en todo el territorio nacional y de obligado
cumplimiento para los empleadores y trabajadores de la actividad pública y privada.
5. CUMPLIMIENTO DE LA NORMA.
La verificación del cumplimiento de la presente Norma, queda sujeta a lo dispuesto
en la Ley N° 28806 Ley General de Inspección del Trabajo y su reglamento así como
sus normas modificatorias.
El empleador o quien asuma el contrato principal de la obra debe aplicar lo
estipulado en el artículo 61 del Decreto Supremo Nº 009-2005-TR y sus normas
modificatorias.
6. GLOSARIO.
Para efectos de la presente norma técnica deben tomarse en cuenta las siguientes
definiciones:
6.1 AST (Análisis de Seguridad en el Trabajo): Es un método para identificar los riesgos
de accidentes potenciales relacionados con cada etapa de un trabajo y el desarrollo
de soluciones que en alguna forma eliminen o controlen estos riesgos.
6.2 Accesorio de izado: Mecanismo o aparejo por medio del cual se puede sujetar una
carga o un aparato elevador pero que no es parte integrante de éstos.
6.3 Alambre: es el componente básico del cable, el cual es fabricado en diferentes
calidades, según el uso al que se destine el cable.
6.4 Alma: es el eje central del cable donde se enrollan los torones. Esta alma puede ser
de acero, fibras naturales o de polipropileno.
6.5 Almacén: Lugar donde se guardan los materiales y equipos a utilizarse.
6.6 Anclaje: Estructura que soporta en forma segura las fuerzas generadas al momento
de la caída de una persona. Esta estructura puede ser una viga, columna o piso con
una resistencia mínima de 2 265 kg/F (5 000 lbs).
6.7 Andamio: Estructura fija, suspendida o móvil que sirve de soporte en el espacio a
trabajadores, equipos, herramientas y materiales instalada a mas de 1.50 m. de
altura con exclusión de los aparatos elevadores.
6.8 Aparato elevador: Todo aparato o montacarga, fijo o móvil, utilizado para izar o
descender personas o cargas.
6.9 Apilamiento: Amontonamiento.
6.10 Arnés de seguridad.- Dispositivo usado alrededor de algunas partes del cuerpo
(hombros, caderas, cintura y piernas), mediante una serie de correas, cinturones y
conexiones, que cuenta además con uno o dos anillos ¨D¨ (puede ubicarse en la
espalda y/o en el pecho) donde se conecta la linea de enganche con absorbedor de
impacto y dos anillos “D” a la altura de la cintura.
6.11 Caballete: Armazón simple que se dispone junto a otra para recibir a los listones de
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madera sobre los que se apoyan los trabajadores. Los caballetes son elementos que
forman el andamio.
6.12 Cable: es el producto final que está formado por varios torones, que son enrollados
helicoidalmente alrededor de una alma.
6.13 Carga: queda definida como la suma de los pesos de hombres, materiales y equipos
que soportará la superficie de trabajo.
6.14 Chaleco: Prenda de vestir de colores especifico y códigos alfa-numéricos.
6.15 Conector de anclaje.- es el medio por el cual los equipos de prevención de caídas se
fijan al punto de anclaje. El conector debe estar diseñado para asegurar que no se
desconecte involuntariamente (debe tener un seguro contra abertura) y ser capaz
además de soportar las tensiones generadas al momento de la caída de una
persona.
6.16 Demolición: Actividad destructiva de elementos construidos, la cual, dependiendo del
elemento a destruir, origina riesgos críticos según su naturaleza.
6.17 Desbroce: Remoción de troncos de árboles, arbustos, tierra vegetal y raíces del área
antes de excavaciones y zanjas.
6.18 Empleador: Abarca las siguientes acepciones: Persona natural o jurídica que emplea
uno o varios trabajadores en una obra, y según el caso: el propietario, el contratista
general, subcontratista y trabajadores independientes.
6.19 Entibar (entibado): Apuntalar con madera las excavaciones que ofrecen riesgo de
hundimiento.
6.20 Eslinga: Elemento de estrobamiento que puede estar compuesto de acero, nylón y
forro de lona. Cuerda trenzada prevista de ganchos para levantar grandes pesos.
6.21 Espacio Confinado: Para la presente norma, es un ambiente que tiene entrada y
salida limitada y que no ha sido construido para ser ocupado por tiempo prolongado
por seres humanos (tanques, cisternas, cámaras, recipientes, excavaciones
profundas, etc.).
6.22 Estrobo: Cabo unido por sus chicotes que sirve para suspender cosas pesadas.
6.23 Excavacion: Es el resultado extracción de tierra y otros materiales del terreno.
6.24 Grillete: arco metálico con dos agujeros por donde pasa un pin, usado para asegurar
un elemento de maniobra.
6.25 Ignición: Estado de un cuerpo que arde. Incandescencia.
6.26 Línea de vida.- Cable o cuerda horizontal o vertical estirada entre dos puntos de
anclaje, permitiendo una vía de tránsito entre estos dos puntos y manteniendo una
protección contra caída entre aquellos puntos. Cuando se usa en forma vertical,
requiere de un freno de soga que permita la conexión de la linea de enganche así
como su desplazamiento en sentido ascendente con traba descendente.
6.27 Lugar de trabajo: Sitio en el que los trabajadores laboran y que se halla bajo el
control de un empleador.
6.28 Plataforma de trabajo: cualquier superficie temporal para trabajo instalada a 1.50 m.
de altura o menos.
6.29 Permiso de excavación: Autorización por escrito que permite llevar a cabo trabajos
de excavaciones y zanjas.
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6.30 Persona competente (en seguridad y salud en el trabajo): Persona en posesión de
calificaciones adecuadas, tales como una formación apropiada, conocimientos,
habilidades y experiencia que ha sido designada expresamente por el empresario
para ejecutar funciones específicas en condiciones de seguridad.
6.31 Plataforma: Área restringida para uso de aeronaves y servicios aéreos.
6.32 Prevencionista: Persona con conocimientos y experiencia en prevención de riesgos
laborales.
6.32.1 Jefe de prevención de riesgos: Prevencionista con estudios de diplomado o
maestría en prevención de riesgos laborales certificados a nivel universitario
y experiencia acreditada no menor a cinco años en obras de construcción,
quién tendrá a su cargo la implementación y administración del Plan de
Seguridad y Salud en la obra.
6.32.2 Supervisor de prevención de riesgos: Prevencionista con experiencia
acreditada no menor a dos años en obras de construcción, quién asistirá al
personal de la obra en la correcta implementación de las medidas
preventivas propuestas en el plan de seguridad y salud de la obra.
6.33 Representante de los trabajadores (o del empleador): Persona elegida por las partes
y con conocimiento de la autoridad oficial de trabajo, autorizada para ejecutar
acciones y adquirir compromisos establecidos por los dispositivos legales vigentes,
en nombre de sus representados. Como condición indispensable debe ser un
trabajador de construcción que labore en la obra.
6.34 Rigger o señalero: Persona preparada para emitir señales, que permitan guiar el
traslado de objetos. Debe contar con conocimientos técnicos y experiencia para el
trabajo que va a realizar. Durante su labor, los riggers deben utilizar el Código
Internacional de Señales para manejo de grúas (ver Anexo H).
6.35 Roldana: Rodaje por donde corre la cuerda en una garrucha.
6.36 Ruma: Conjunto de materiales puestos uno sobre otros.
6.37 Torón: Esta formado por un número de alambres de acuerdo a su construcción, que
son enrollados helicoidalmente alrededor de un centro, en varias capas.
6.38 Trabajador: Persona empleada en la construcción.
6.39 Viento: Cabo de nylon de 5/8” o ¾” usado para direccionar las cargas.
7. REQUISITOS DEL LUGAR DE TRABAJO
El lugar de trabajo debe reunir las condiciones necesarias para garantizar la
seguridad y salud de los trabajadores y de terceras personas, para tal efecto, se
debe considerar:
7.1 Organización de las áreas de trabajo
El empleador debe delimitar las áreas de trabajo y asignar el espacio suficiente a
cada una de ellas con el fin de proveer ambientes seguros y saludables a sus
trabajadores. Para tal efecto se deben considerar como mínimo las siguientes áreas:
• Área dirección y administración (oficinas).
• Área de servicios (SSHH, comedor y vestuario).
• Área de parqueo de maquinarias de construcción (en caso aplique).
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• Área de almacenamiento de herramientas y equipos manuales.
• Área de almacenamiento de combustibles y lubricantes.
• Área de almacenamiento de cilindros de gas comprimido (en caso aplique).
• Área de almacenamiento de materiales comunes.
• Área de almacenamiento de materiales peligrosos.
• Área de operaciones de obra.
• Área de prefabricación y/o habilitación de materiales (en caso aplique).
• Área de acopio temporal de residuos.
• Área de guardianía.
• Vías de circulación peatonal.
• Vías de circulación de maquinarias de transporte y acarreo de materiales (en
caso aplique).
Asimismo, se debe contar en cada una de las áreas, con los medios de seguridad
necesarios, convenientemente distribuidos y señalizados.
7.2 Instalación de suministro de energía
La instalación del suministro de energía para la obra debe ajustarse a lo dispuesto
en la normativa específica vigente, debe diseñarse, realizarse y utilizarse de manera
que no entrañe peligro de explosión e incendio ni riesgo de electrocución por
contacto directo o indirecto para el personal de obra y terceros.
El diseño, la realización y la elección de los materiales y dispositivos de protección,
deben tener en cuenta el tipo y la potencia de la energía suministrada, las
condiciones de los factores externos y la competencia de las personas que tengan
acceso a partes de la instalación.
7.3 Instalaciones eléctricas provisionales
Las instalaciones eléctricas provisionales para la obra deben ser realizadas y
mantenidas por una persona de competencia acreditada.
Los tableros eléctricos deben contar con interruptores termomagnéticos e
interruptores diferenciales de alta (30 mA) y baja (300 mA) sensibilidad.
Los tableros eléctricos deben estar fabricados íntegramente con plancha de acero
laminado en frío (LAF) y aplicación de pintura electrostática. Deben contar con
puerta frontal, chapa, llave de seguridad y puesta a tierra.
Interiormente deben estar equipados con:
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