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Poder constituyente


Enviado por   •  23 de Mayo de 2022  •  Apuntes  •  683 Palabras (3 Páginas)  •  36 Visitas

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INTRODUCCIÓN

El Poder constituyente es la voluntad originaria, soberana, suprema y directa que tiene un pueblo, para constituir un Estado dándole una personalidad al mismo y darse la organización jurídica y política que más le convenga.

Si bien es cierto está unido al concepto de Constitución, un concepto que no tiene que ser necesariamente rígido. Es tradicional entender la Constitución como norma suprema escrita, condensada en un texto único.

Este trabajo  determina el concepto del poder constituyente, determinando sus elementos característicos, sus teorías, su titularidad, sus clases y sus límites, los cuales  son el punto dentro del cual el uso de una facultad o de un poder debe ejercerse.

PODER CONSTITUYENTE

  1. Introducción

El poder constituyente es en principio, un poder político existencial y fáctico, que brota de la comunidad, la que decide darse una Constitución. Tal como lo señala Vanossi, todo poder constituyente cumple cualquiera de las dos siguientes funciones:

-ya sea expresando un poder fundacional (creando el Estado) o

-a través del poder de revolución (el cambio de formas del Estado).

Los autores clásicos señalan que la validez jurídica del poder constituyente no deriva del ordenamiento previo, sino que se trata de una “ruptura” ideológica e institucional con las normas previas si es que éstas existen.

  1. Explicaciones del Poder constituyente

La teoría del poder constituyente ha tendido diversas vertientes.

2.1  Una de las primeras de carácter moderno fue la contractualista.

El origen del Estado y del Derecho es un pacto: la comunidad decide organizarse institucional y jurídicamente desde la libertad, sin vínculos sacramentales o derivados del poder de un sólo hombre.

        Ejm: el de los Estados Unidos, donde el poder constituyente fue el resultado de acuerdos y negociaciones para distribuir el poder al interior de la comunidad.

        John Wise ha explicado que en todo proceso constituyente han de distinguirse tres etapas:

  • En la primera etapa: En el momento de la libertad se determina la “libertad civil” que corresponde a los ciudadanos. Es decir, aquella que permanece en poder de los individuos una vez que éstos han abandonado el estado de naturaleza para entrar en la sociedad civil; se refiere a lo que hoy conocemos como los derechos fundamentales.

-En la segunda etapa: los distintos individuos de la comunidad ceden su soberanía o parte de ella a una entidad superior a cada uno de ellos. Se constituye lo que llamamos pueblo o nación; mismo que se afirma como el único sujeto titular de la soberanía en el Estado. En este contexto surge el concepto de “poder constituyente” cuya naturaleza inicial es de res facti, non iuris. Es decir, un poder político, existencial y fáctico que surge de la comunidad que decide darse una Constitución, cuya actuación no está constreñida por los límites del derecho previo, lo que no significa necesariamente la derogación total o absoluta de ese derecho, sino sólo de aquellas partes que se oponen materialmente al mismo.

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