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Prestaciones Sociales


Enviado por   •  4 de Junio de 2014  •  424 Palabras (2 Páginas)  •  221 Visitas

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ANTICIPO DE PRESTACIONES SOCIALES

Con la entrada en vigencia de la Ley Orgánica del Trabajo, las Trabajadoras y los Trabajadores y atendiendo a la voluntad del legislador establecida en el artículo 92 de la CRBV, es por lo que siendo que “Todos los trabajadores y trabajadoras tienen derecho a prestaciones sociales que les recompensen la antigüedad en el servicio y los ampare en caso de cesantía”, norma ésta expresamente consagrada en la nueva ley en su artículo 141. Siendo la finalidad de la Prestación de Antigüedad, hoy denominada Prestaciones Sociales, un Derecho Adquirido por el Trabajador por sus servicios durante la vigencia de la Relación laboral, recompensando su antigüedad por la prestación de su servicio, constituyendo un amparo económico, que permita su sustento y el de su familia en caso de Cesantía. En consecuencia, la actual ley, al igual que la anterior, permite al trabajador solicitar un anticipo de manera justificada, a los fines de satisfacer sus obligaciones, permitiendo hasta el 75% del monto acreditado en sus Prestaciones Sociales. En este sentido es necesario una solicitud escrita del trabajador requiriendo tal adelanto, a la cual deberá anexar los requisitos correspondientes, conforme al caso en concreto, siempre que se encuentre ajustado literales indicados en el artículo 144 de la LOTTT. Ante tales razonamientos, son requisitos necesarios para el otorgamiento de los Anticipos de Prestaciones Sociales, de acuerdo a cada caso descrito en los literales, del mencionado artículo 144 de la Ley Orgánica del Trabajo Vigente

Artículo 144 LOTTT:

a) La Construcción de Vivienda, La Adquisición de Vivienda, La Mejora y reparación de Vivienda para Él y su Familia. (Madre, padre o conyugue)

b) La liberación de Hipoteca o de Cualquier otro Gravamen sobre Vivienda de su Propiedad.

c) La inversión en Educación, para él, ella y su Familia

d) Los Gastos por Atención Médica y Hospitalaria para él, ella y su familia

El trabajador deberá consignar todos los documentos requeridos para su tramitación de lo contrario no será procesada la solicitud

FRECUENCIA DE ANTICIPO: de conformidad con lo establecido en el artículo 74 del aún vigente Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo (2006), El trabajador tendrá derecho a solicitar anticipo de prestaciones sociales UNA VEZ AL AÑO, exceptuando los casos que se refieran al literal d) referido a los gastos por atención médica y hospitalaria. DESTINO DEL ANTICIPO: Así mismo, aparte único del artículo 74 del Reglamento, permite al patrono, EXIGIR AL TRABAJADOR INFORMACION SOBRE EL DESTINO DE LA SUMA DE DINERO SOLICITADA EN ANTICIPO, O DEL CREDITO O AVAL SEGÚN FUERE EL CASO, Y LAS PRUEBAS QUE

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