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Prestaciones Sociales

yuranis101812 de Noviembre de 2013

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PRESTACIONES SOCIALES

1. CONCEPTO DE PRESTACIONES SOCIALES

Las prestaciones sociales son beneficios legales que el empleador debe pagar a sus trabajadores adicionalmente al salario ordinario, para atender necesidades o cubrir riesgos originados durante el desarrollo de su actividad laboral.

Las prestaciones sociales son los dineros adicionales al Salario que el empleador debe reconocer al trabajador vinculado mediante Contrato de trabajo por sus servicios prestados. Es el reconociendo a su aporte en la generación de ingresos y utilidad en la empresa o unidad económica.

Las prestaciones legales son:

Prima de servicios

Vacaciones

Auxilio de Cesantías

Intereses a las Cesantías

Subsidio Familiar

Subsidio de Transporte

Obligaciones del Empleador

Seguridad Social: Pensiones. Salud y Riesgos Profesionales

2. Naturaleza Jurídica

Jurídicamente constituyen derechos a los trabajadores y obligaciones para los empleadores, cuyo incumplimiento generara las debidas sanciones procesales correspondientes

Son de naturaleza pública legal debido a que esta estipulada en la ley y su origen yace de la ley que son las que garantizan los privilegios mínimos a que un empleado debe tener derecho, cualquiera que sea su trabajo. Estas son:

1. Jornada de Trabajo.

Diurna, nocturna o mixta. Con un máximo de 8 horas de trabajo y 7 en caso de ser turno nocturno.

2. Descansos.

Es obligatorio que el trabajador tenga por lo menos 1 día de descanso por cada 6 trabajados. También la Ley del Trabajo especifica los días festivos de descanso obligatorio.

3. Vacaciones.

La ley impone un mínimo de 6 días de vacaciones cuando el empleado tenga por lo menos 1 año laborando en la empresa.

4. Prima Vacacional.

Los empleados tendrán derecho a una prima mínima de 25% sobre los salarios que les correspondan durante el período de vacaciones.

5. Aguinaldo.

Un mínimo de 15 días de salario por año, pagaderos antes del 20 de Diciembre.

Concepto.

Las prestaciones sociales son un beneficio exclusivo para los trabajadores que están vinculadas a una empresa mediante un contrato de trabajo, los que están vinculados con un contrato de servicio, no tienen derecho a ningún tipo de prestaciones sociales. Estos beneficios legales que el empleador debe pagar a sus trabajadores a parte del sueldo ordinario.

La Corte suprema de justicia lo define como:

“Prestación social es lo que debe el patrono al trabajador en dinero, especie, servicios u otros beneficios, por ministerio de la ley, o por haberse pactado en convenciones colectivas o en pactos colectivos, o en el contrato de trabajo, o establecida en el reglamento interno del trabajo, en fallos arbitrales o en cualquier acto unilateral del patrono, para cubrir los riesgos o necesidades del trabajador que se originan durante la relación de trabajo o con motivo de la misma. Se diferencia del salario en que no es retributiva de los servicios prestados y de las indemnizaciones laborales en que no reparan perjuicios causados por el patrono”. Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Laboral, Sentencia de julio 18 de 1985.

Objetivos de las prestaciones sociales:

* Mejorar la calidad de vida de los empleados.

* Mejorar el clima organizacional.

* Disminuir la rotación de personal y el ausentismo.

* Facilitar la atracción y la retención de los recursos humanos.

* Aumentar la productividad en general.

TIPOS DE PRESTACIONES SOCIALES

Se ayuda al empleado en tres campos de su vida:

* En el ejercicio del puesto (gratificaciones, seguro de vida, premios de producción,

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