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¿Qué es una auditoria Tributaria?


Enviado por   •  23 de Junio de 2021  •  Tareas  •  564 Palabras (3 Páginas)  •  62 Visitas

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1) ¿Qué es una auditoria Tributaria?

La auditoría tributaria es una forma de fiscalizar el correcto cumplimiento por parte de los contribuyentes de su obligación tributaria, en donde se verifican las declaraciones de carácter sustancial y formal hechas por los contribuyentes, así como la veracidad de los resultados y su base imponible.

2) ¿Qué etapas tiene?

La auditoria tributaria tiene las siguientes etapas:

Notificación: en esta etapa el SII comunica al contribuyente que será fiscalizado y les solicita la documentación correspondiente, esto tiene como objetivo verificar la exactitud de las declaraciones, así como también puede solicitar inventarios, balances, los libros de contabilidad, entre otros.

La notificación hacia el contribuyente deberá ser entregada personalmente, por carta certificada o por cedula según lo establecido en los art. 11 al 14 de código tributario

Citación: es un medio de fiscalización, en donde el SII le notifica al contribuyente que mediante una declaración rectifique, aclare, amplié o confirme la anterior imputación. Así mismo el contribuyente puede solicitar una ampliación del plazo, pero esto solo se puede realizar una sola vez, el plazo máximo es de un mes y se resolverá a través de resolución simple, por otra parte es aquí es donde el contribuyente debe presentar toda la documentación requerida.

Liquidación: es la determinación de impuestos adecuados realizados o calculados por el SII, el cual considera el valor neto, reajustes, intereses y multas, incluida la determinación sobre la base de tasaciones, a su vez, cada liquidación hace referencia un determinado impuesto y periodo tributario, este debe ser notificado al contribuyente por carta certificada y en casos específicos personalmente o por cedula cuando el plazo este por vencer.

3)¿Qué plazos involucra?

Los plazos que involucra en la notificación son los que establecen el código tributario, en primer lugar los de citación, donde el contribuyente tiene plazo de un mes, pero puede optar a prorrogar la citación por un mes más, pero solo una vez, así mismo al solicitar la prorroga y ser concedida, el plazo aumentara por los días prorrogados, adicionales a los 3 meses de aumento por el hecho de notificar la citación. En la liquidación, en caso de que el contribuyente no esté de acuerdo puede optar a una revisión administrativa voluntaria, con plazo máximo de 15 días, o reclamar ante el Tribunal Tributario y Aduanero que corresponda a su jurisdicción, con plazo dentro de 90 días hábiles, los cuales se cuentan desde la notificación al contribuyente.

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