Auditoria tributaria
Claudia EspinozaApuntes1 de Abril de 2022
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[pic 3][pic 4][pic 5][pic 6]Escuela de Administración
y negocios
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ÍNDICE
INTRODUCCIÓN 2
CASO 1: AUDITORÍA TRIBUTARIA DE IMPUESTO A LA RENTA 3
Planificación 3
Balance 5
Propiedad, Planta y Equipo 6
Pagos Provisionales Mensuales 7
Renta Líquida Imponible 7
Capital Propio Tributario 9
Registro Empresarial 10
Formulario 22 12
Informe final de Auditoría 14
CONCLUSIÓN 15
INTRODUCCIÓN
En el presente caso se desarrollará el examen transversal de la asignatura Auditoría Tributaria, donde se ha solicitado llevar a cabo una auditoría tributaria de impuesto a la renta según la normativa legal vigente.
El caso corresponde a la empresa Rukal Limitada, la cual se dedica a la comercialización de lanas y tejidos. Ha estado presente en el mercado desde el 2 de diciembre del año 2018 con un régimen semi integrado art.14B. El SII ha notificado a la empresa sobre su deseo de verificar el correcto cumplimiento tributario, para lo cual la empresa ha presentado los documentos pertinentes para el desarrollo del trabajo, entre ellos: balance correspondiente al 31 de diciembre del 2019, renta líquida imponible, capital propio tributario, pagos provisionales mensuales, propiedad, planta y equipo, registro empresarial y formulario 22.
Teniendo estos documentos, se procederá a observarlos, recalcularlos y analizarlos para llevar a cabo la auditoría tributaria solicitada en base a la normativa legal vigente. En caso de encontrar errores en la información entregada por los contribuyentes, se procederá a rehacer estos papeles para su rectificación donde finalmente, el resultado quedará plasmado en el informe dirigido a la empresa con las observaciones pertinentes.
Una vez comprendido el contexto sobre el que se desarrolla el presente informe, se procederá a comenzar con el desglose de los análisis realizados para ambos casos.
CASO 1: AUDITORÍA TRIBUTARIA DE IMPUESTO A LA RENTA
Planificación
Procedimientos a aplicar en Auditoría de Impuesto a la Renta mes de diciembre 2019
Cliente | Sociedad Rukal Limitada |
Giro | Comercialización de lanas y tejidos |
Tributación | Semi integrado Art. 14B |
Objetivo de auditoría | Revisar correcto cumplimiento tributario y sus efectos |
Procedimiento | Actividades | Referencia de papel de Trabajo |
Revisión área Tributaria | Aplicar cuestionario de preguntas que abordan temas tributarios relacionados con la gestión de la empresa, a los trabajadores del área en cuestión | Oficina de Sociedad Rukal Limitada |
Solicitud Documentos a auditar | Recopilación de documentos de información general de la empresa. Solicitar al representante legal, documentos que acrediten la sociedad tales como certificado de inicio de actividades, títulos de los terrenos. Analizar las normativas de la ley del Impuesto a la Renta y demases, sobre dicha franquicia. Los mencionados documentos deben ser enviado al correo de los contadores en un plazo máximo de 4 días. | Oficina de Sociedad Rukal Limitada |
Revisión de la consistencia de los registros tributarios | Solicitar los documentos de sustento para poder contrastar lo que aparece en los documentos previamente solicitados, para corroborar si en los documentos existe información que no corresponda. | Registro de la empresa |
Revisión de las correcciones monetarias | En los documentos previamente solicitados, se revisarán si se han efectuado las correcciones monetarias correspondientes a ppm, propiedad, planta y equipos, entre otros. Y, además, se efectuarán los respectivos cálculos para verificar que los saldos sean correctos. | Registro documentos varios en el sistema de la empresa |
Revisión determinación de RLI | Revisar los antecedentes que componen el desarrollo de la RLI declarada por la empresa para verificar que los gastos aceptados y rechazados estén plasmados y clasificados correctamente. | Registro RLI de la empresa |
Revisión cálculo de RLI | Revisar y recalcular la estimación de la RLI determinada por la empresa para, de este modo, corroborar que el monto declarado a final del periodo sea el correcto. | Registro RLI de la empresa |
Revisión estimación de IDPC | Según la información obtenida en la RLI de la empresa, se revisará el monto informado y se verificará que el IDPC se encuentre bien calculado, ya que, si varía el resultado de la RLI, también variará el impuesto determinado. | Registro RLI de la empresa |
Revisión Registro empresarial presentado | Sobre los documentos solicitados, se verificará y validará o corregirá (de ser necesario) lo determinado por la empresa en la confección de su RREE. | Registro Empresarial |
Revisión del F22 de empresa y socios | Según los cálculos revisados previamente, se observarán los formularios declarados por la empresa por cualquier modificación que fuera necesaria. | Formulario 22 |
Generar resultado de la Auditoría (resumen e informe) | Posterior al análisis previo, cálculo y confección de RLI, CPT, RREE y formulario 22, se procede a desarrollar el informe de auditoría que será entregado presencialmente a la empresa. El mismo contendrá el detalle de las diferencias halladas, errores estipulados en los documentos y formularios, observaciones y recomendaciones. Además, se adjuntarán los nuevos documentos y el formulario a presentar. Se hace entrega formal del documento firmado por parte de los auditores. | Resumen resultados (Informe) |
A continuación, se desplegarán los recálculos realizados a los distintos documentos solicitados a la entidad para su revisión:
Balance
Se despliegan los totales del balance general presentados por la empresa para su auditoría
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Los totales del Balance se encuentran correctos, pero debemos destacar que la CM del PPM fue clasificada en la cuenta “otros ingresos”, el monto no refleja la corrección que se realizó al PPM del mes de octubre, el cual se detalla más adelante, la diferencia seria de $852 .
Monto reflejado en el balance
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Monto real
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Propiedad, Planta y Equipo
Las principales variaciones encontradas conforme a los totales determinados por la empresa, se encuentran en la depreciación tributaria del camión Kía, lo cual cambia también el total de ese apartado. La empresa declaró una depreciación tributaria de $2.948.817, totalizado junto a los demás activos en $3.464.893, sin embargo, según los nuevos cálculos efectuados, la depreciación tributaria del activo es de $3.216.891, lo cual sumado al otro activo declarado, entrega un resultado de depreciación tributaria total de $3.732.967, obteniendo una diferencia de $268.074. Por otro lado, la misma diferencia se encuentra también en la depreciación acumulada tributaria a final del periodo. Lo cual finalmente conlleva a una diferencia en el valor del activo tributario neto, por el mismo activo, encontrando una diferencia de $268.074 en el total final, ya que la empresa obtuvo un valor de activo neto de $19.569.423, mientras que en los nuevos cálculos efectuados se determinó un valor de $19.301.349.
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Pagos Provisionales Mensuales
En la corrección monetaria de los pagos provisionales mensuales, se encontró una diferencia en el mes de octubre, ya que la empresa determinó como corrección monetaria de dicho mes $95, obteniendo un valor actualizado de $946.784, sin embargo, en los nuevos cálculos efectuados por el equipo se determinó que la corrección monetaria del mes de octubre es de $947, lo cual entrega un valor actualizado de $947.636, debido a la diferencia de $852.
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Renta Líquida Imponible
En el cálculo de la renta líquida imponible por parte de la empresa, se encontraron algunas observaciones, por ejemplo, en los agregados si bien los montos estaban correctos, faltó agregar los Gastos por Impuestos Diferidos, la Corrección Monetaria del PPM, el ajuste del curso Sence y la Inversión, es por ello que con los nuevos montos incluidos se obtiene un total agregados de $63.583.245, el cual tiene una diferencia de $3.191.543 más con el monto presentado por la empresa. Por otro lado, en las deducciones se encontró diferencias de $68.710 determinados de más en la Corrección Monetaria del Capital Propio y $268.074 determinados menos en la Depreciación Tributaria (como ya se había mencionado en el recalculo del PPE), además faltó incluir el Mayor Valor por Venta de Acciones, por lo que el total deducciones queda en $13.577.315. Posteriormente, se encontraron diferencias en los montos de primer Resultado Tributario al 31-12-19, en el segundo Resultado Tributario al 31-12-19, en la Rebaja de Reinversión Art. 14 ter letra C, tercer Resultado Tributario al 31-12-19 y en la determinación del Impuesto de Primera Categoría. Finalmente, en los valores para determinar el impuesto a pagar faltó incluir el Crédito PPM, Crédito Activo Fijo y Crédito Sence. Con totas estas modificaciones se obtiene un valor de RLI de $146.881.902 y un total de Impuesto a Pagar de $28.168.350. A continuación, se puede ver la determinación de la RLI con las respectivas modificaciones:
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