Resumen constitución política de los estados unidos mexicanos
abrstudResumen19 de Noviembre de 2021
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Universidad de Guadalajara
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Prof. Saldaña Castillón Emmanuel Pablo
Abner Ramon Nuñez Gonzalez
Sección: D01 Código: 216570486
Antecedentes históricos
Como cualquier otro documento constitucional, este tiene una muy grande carga histórica la cual podemos extender hasta un poco antes de la independencia mexicana, hacia 1810, a continuación, serán explicados estos eventos que nos llevaron a la constitución que tenemos en la actualidad.
Ante la invasión del ejército francés, el Imperio Español formó juntas de gobierno con los representantes locales, los cuales asumieron el ejercicio de la soberanía y organizaron la resistencia contra el invasor.
Reunidos en una Junta Suprema Central Gubernativa del Reino, se convocó a diputados de todos los territorios del Imperio, bajo el principio de que los dominios americanos no eran colonias, sino parte de la monarquía.
Estos se reunieron en puerto de Cádiz en septiembre de 1810, e iniciaron sesiones de las cuales obtendríamos la promulgación de una constitución política “para el buen gobierno y recta administrativa del estado”. Fueron 21 participantes de la Nueva España.
Esta constitución, también llamada Constitución de Cádiz, fue publicada en el virreinato de la Nueva España el 30 de septiembre de 1812. Constaba de 284 artículos agrupados en 10 títulos y tuvo una vigencia de entre 1812 a 1814 y de nuevo en 1820 a 1824. Algunos de sus mayores principios constitucionales fueron:
- “La Nación española es la unión de todos los españoles” de Europa y América. (Art. 1)
- La soberanía “reside esencialmente en la Nación”, que tiene el derecho exclusivo de establecer sus leyes fundamentales. (Art. 1)
- “La Nación española es libre e independiente, y no es ni puede ser patrimonio de ninguna familia ni persona”. (Art. 2)
- Los derechos que la Nación está obligada a conservar y proteger mediante las leyes son la libertad civil, la propiedad y otros “derechos legítimos de todos los individuos que la componen”. (Art. 4)
- La “religión de la Nación española” es la católica y no se tolerará el ejercicio de otra.
- División de poderes: Ejecutivo (Rey), Legislativo (Rey y las Cortes) y Judicial (Tribunales).
- Definición de ciudadano, sus derechos y obligaciones.
Incluyó principios liberales y democráticos, atacó el absolutismo y se inspiró en la tradición jurídico-política española. Aceleró la desaparición del antiguo régimen.
Tras la llegada de la noticia de la abdicación de Carlos IV y Fernando VII a Nueva España, las autoridades fieles a la corona rechazaron la intervención de Napoleón. Por esto, desde 1808 un sector de criollos novohispanos habían promovido ideales independentistas para un gobierno imperial.
Evidentemente, estos hechos fueron calificados como conspiraciones, originando revueltas insurgentes encabezadas por Miguel Hidalgo e Ignacio Allende en septiembre de 1810. De la lucha surgieron varias ideas de organización, las más importantes fueron dos; Elementos de nuestra Constitución de Ignacio López Rayón en 1812 y Sentimientos de la nación por José María Morelos en 1813.
La primera reconocía como monarca a Fernando VII, causó una división entre los líderes insurgentes. Por esto Morelos convocó un Congreso Nacional en el que presentó su propuesta, la cual estaba a favor de la total independencia de la monarquía española.
Este congreso conocido como el Congreso de Anáhuac fue reunido en el pueblo de Chilpancingo, declaró la independencia de la corona española con la publicación del Acta Solemne de la Declaración de la Independencia de la América Septentrional el 6 de noviembre de 1813.
A los meses, resultado de la campaña militar entre el ejército insurgente y el realista, el Congreso mudó la sede a Apatzingán, Michoacán. Así, el 22 de octubre 1814, se promulgó la conocida Constitución de Apatzingán, con 242 artículos agrupados en dos títulos y vigencia hasta 1821. Algunos de sus principios constitucionales eran:
- “La Nación española es la unión de todos los españoles” de Europa y América. (Art. 1)
- La soberanía “reside esencialmente en la Nación”, que tiene el derecho exclusivo de establecer sus leyes fundamentales. (Art. 1)
- “La Nación española es libre e independiente, y no es ni puede ser patrimonio de ninguna familia ni persona”. (Art. 2)
- Los derechos que la Nación está obligada a conservar y proteger mediante las leyes son la libertad civil, la propiedad y otros “derechos legítimos de todos los individuos que la componen”. (Art. 4)
- La “religión de la Nación española” es la católica y no se tolerará el ejercicio de otra.
- División de poderes: Ejecutivo (Rey), Legislativo (Rey y las Cortes) y Judicial (Tribunales).
- Definición de ciudadano, sus derechos y obligaciones.
La guerra de independencia fue declarada como concluida a inicios de 1821 con la firma del Plan de Iguala. El plan fue un acuerdo entre la facción insurgente y la militante española. Proponía el establecimiento de un gobierno monárquico moderado con autonomía española, sin embargo, la corona sería administrada por un miembro de la casa imperial. Fue ratificado en agosto del mismo año con los Tratados de Córdoba.
Según estos tratados, se integró una Junta Provisional Gubernativa que inició sesiones el 22 de septiembre de 1821, la cual promulgó el Acta de Independencia del Imperio Mexicano en la que “la nación mexicana” declaraba soberanía e independencia ante España. Se nombró una Regencia para organizar las labores gubernamentales y se elaboraron unas Bases Constitucionales.
Desafortunadamente, estos tratados y la declaración de independencia fueron desconocidos en España por Fernando VII. Por esta razón, se tuvo que buscar un monarca mexicano. El 18 de mayo siguiente Agustín de Iturbide fue nombrado emperador. Esto llevó a un enfrentamiento al poco tiempo el cual llevó a la disolución del Congreso Constituyente en octubre. Para suplirlo, Agustín nombro una Junta Nacional Instituyente que elaboró un Proyecto de Reglamento Político del Gobierno del Imperio Mexicano. El cual incluía cosas como:
- Abolición de la Constitución de Cádiz.
- Intolerancia religiosa contra toda fe que no fuera católica cristiana. División de poderes. Ejecutivo (el Emperador), Legislativo (la Junta Nacional Instituyente) y Judicial (los Tribunales).
- “La nación mexicana es libre, independiente y soberana”. (Art. 5), y
- “El gobierno tiene por objeto la conservación, tranquilidad y prosperidad del Estado y sus individuos, garantiendo los derechos de libertad, propiedad, seguridad e igualdad legal, y exigiendo el cumplimiento de los deberes recíprocos”. (Art. 9)
A finales de 1822 la oposición se alzó en rebeldía. El principal reclamo fue la reinstalación del Congreso Nacional que había sido disuelto. Así mismo, surgieron voces a favor del establecimiento de un gobierno republicano, por lo que Iturbide ordenó la reunión de los representantes nacionales destituidos. Esta asamblea inició sesiones el 7 de febrero de 1823 para finalizar el primer gobierno monárquico de México el 20 de marzo del mismo año.
En noviembre del mismo año se reunió el Segundo Congreso Constituyente, que emitió el Acta Constitutiva de la Federación Mexicana. Estableciendo la República Federal como forma de gobierno y comenzando a elaborar la Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos, publicada el 4 de octubre de 1824, con 171 artículos agrupados en 7 títulos, vigente durante 1824 a 1836, y de 1847 a 1853.
Con base en esta se realizaron elecciones presidenciales y vicepresidenciales, quedando electos Guadalupe Victoria y Nicolás Bravo respectivamente para el periodo de 1824 a 1828.
Tras su gobierno hubo muchos comicios nuevos, dando un resultado electoral muy cuestionado. Los candidatos Manuel Gómez Pedraza y Vicente Guerrero, apoyados por sectores militares, iniciaron una confrontación que puso a Guerrero en la presidencia. La crisis política dio una sucesión irregular de presidentes. Esto fue constante durante el siglo XIX, dejando a muy pocos mandatarios con periodos concluidos.
La lucha entre federalistas y centralistas no fue el único problema Nacional. Estuvieron también las tentativas separatistas de varios estados, la crisis económica y las amenazas de intervención externa monárquicas.
Durante la presidencia de Antonio López Santa Anna, El congreso fue convocado a sesión extraordinaria para revisar el estatuto constitucional. Como resultado se suspendió la Constitución de 1824 y la elaboración de una nueva Carta Magna. Como resultado, la Republica Central fue regulada por dos documentos principales: Las siete leyes de 1836 y Las Bases Orgánicas de 1843.
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