Ricardo Dorado
anderliz9 de Octubre de 2013
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Ricardo Dorado
Credito: Agencias
12 de mayo de 2012.- El día adicional de descanso establecido en la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras (LOTTT), cuando es laborado, debe pagarse con 50% de recargo establecido en la ley para los días feriados, es decir, tal como se pagan los domingos trabajados, afirmó el exministro del Trabajo, Ricardo Dorado.
La LOTTT, vigente desde el martes pasado, establece que a partir del 1º de mayo de 2013 regirá una jornada laboral de 40 horas a la semana y ocho horas diarias, lo que implica dos días de descanso continuos obligatorios para el trabajador.
Sin embargo, aunque el artículo 119 estipula que el trabajador “tiene derecho a que se le pague el salario conforme a los días feriados o de descanso”, el 120 de la ley sólo fija el recargo para el día “feriado” y el 184 menciona únicamente como feriado el domingo, no el día adicional de descanso.
“El día de descanso debe pagarse igual al domingo, cuando se trabaja”, aclaró Dorado, quien asesoró en la elaboración de la nueva ley.
Precisó que la LOTTT no especifica cuáles son los dos días continuos de descanso; sin embargo, recordó que “lo que habitualmente ocurre es que el domingo se tome como día de descanso” y, además, está definido como feriado.
Dijo que en casos de trabajadores que incluyen el domingo dentro de su jornada ordinaria este debe ser pagado con recargo.
Recordó que en 2006, a raíz de un conflicto entre el Sindicato Único de Trabajadores de la Industria Siderúrgica y sus Similares (Sutiss) y Sidor, se produjo un dictamen del Ministerio del Trabajo, ratificado por el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), el cual determinó que el domingo trabajado, aunque fuera la jornada ordinaria para este grupo de trabajadores siderúrgicos, se debía pagar como feriado, bajo el argumento de que “tenían derecho al pago de un recargo como reconocimiento a que prestaban un servicio mientras el conjunto de la sociedad disfrutaba de su día de descanso”.
Precisó que la LOTTT no indica que el día de descanso tenga que ser el sábado, puede ser el lunes, que es el día posterior al domingo. Dijo que si en el centro de trabajo se determinara que el lunes es el día de descanso y se trabajara “este debe ser pagado con recargo”.
RESOLVER LAS DUDAS
Para el exministro, el Órgano Superior del Trabajo, cuya designación está pendiente, su reglamentación e integrantes, es la institución encargada de resolver las dudas en la aplicación de la nueva norma y en crear soluciones generales para los problemas comunes que favorezcan la buena práctica de la ley y el mejor ejercicio de los derechos de los trabajadores.
“El órgano superior tiene que ayudar a facilitar la transición socialista y brindar soluciones de interpretación y aplicación de la ley”.
SISTEMATIZAR LA PRÁCTICA
El exfuncionario destacó que la LOTTT tiene el valor de sistematizar prácticas que se han venido desarrollando en los años de Gobierno revolucionario.
Citó que el Ministerio del Trabajo ya venía ejecutando dictámenes contra modalidades de fraude a la ley, formas de tercerización y quiebras provocadas para desmejorar las condiciones laborales o para desestabilizar. Explicó que todas las normas y soluciones que fueron usadas en estos casos, han sido incorporadas a la ley. “Es el caso de Invepal, Invetubo, donde los empleadores fueron protagonistas de cierres unilaterales, incluso con propósitos desestabilizadores. En la LOTTT hay una norma que establece que cuando se recuperen las empresas se nombren juntas administradoras especiales con participación de los trabajadores”.
Afirmó que estas juntas que en la práctica se tradujeron en formas
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