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SALA REGIONAL EN TURNO DEL TRIBUNAL FEDERAL

jorge.1Tesis9 de Noviembre de 2012

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H. SALA REGIONAL EN TURNO DEL TRIBUNAL FEDERAL

DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA.

P R E S E N T E.

JORGE ROJAS TEYER, mexicano, mayor de edad, señalando como domicilio para oír y recibir notificaciones el ubicado en SUPERMANZANA 68 (Sesenta y ocho), MANZANA 8 (ocho), CALLE 33 (treinta y tres), LOTE 87 (ochenta y siete) de esta ciudad CANCÚN MUNICIPIO DE BENITO JUAREZ EN EL ESTADO DE QUINTANA ROO; autorizando, en términos del artículo 5 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, a los CC. Lic. JAVIER PERALTA, respetuosamente comparezco para exponer:

Por medio del presente ocurso y con fundamento en los artículos 1, 2, 3, 4, 5 y demás relativos y aplicables de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, 1°, 2°, 11, fracciones XIV y XVI, 30 y 31 de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, ocurro a promover juicio de nulidad.

l. RESOLUCIÓN QUE SE IMPUGNA

Negativa ficta recaída a recurso de inconformidad promovido con fecha veinticinco de mayo del año en curso, ante la Comisión de Inconformidades y de Valuación del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores en contra de los requerimientos de aportaciones patronales y/o amortizaciones omisas, folios número 000012345, 000012346, 000012347, 000012348, 000012349 y 000012350, así como de sus respectivas diligencias de notificación.

II. AUTORIDADES DEMANDADAS

1. Comisión de inconformidades y de valuación del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.

2. C. Director general del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.

1. TERCERO INTERESADO

En virtud de la naturaleza del acto que se viene controvirtiendo, no existe.

HECHOS

1.En fecha doce de mayo, mediante diligencias de requerimiento de pago y embargo de bienes de esa misma fecha se tuvo conocimiento de la existencia de los requerimientos de aportaciones patronales y/o amortizaciones omisas, folios número 000012345, 000012346, 000012347, 000012348, 000012349 y 000012350,

2. Por escrito presentado el veinticinco de mayo del año en curso, se interpuso ante la comisión de inconformidades y de valuación del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores un recurso de inconformidad en contra de los seis requerimientos de aportaciones patronales y/o amortizaciones omisas señalados en el punto inmediato anterior, así como de sus respectivas diligencias de notificación.

3. Que no obstante que a la fecha han transcurrido más de CUATRO meses de que se promovió la instancia administrativa de referencia, la autoridad demandada no ha hecho pronunciamiento expreso alguno, razón por la cual se surte en la especie la hipótesis de negativa ficta prevista en el artículo 123 del Código Fiscal Federal.

V. CONCEPTOS DE NULIDAD

De conformidad con lo normado por el aludido en el atículo123 del Código Fiscal Federal y tomando en cuenta lo expuesto en el apartado de Hechos, acorde con los diversos artículos 17 fracción I, y 21, segundo párrafo, de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo hago reserva expresa al derecho de plantear conceptos de anulación en vía de ampliación de la demanda, en contra de los fundamentos jurídicos y motivacionales en que la autoridad enjuiciada, en contestación a este ocurso sustente la resolución negativa ficta impugnada.

VI. PRUEBAS

Se ofrecen y se exhiben las siguientes:

1. En relación con el punto de Hechos, número 1, seis actas de diligencias de requerimiento de pago y embargo de bienes con fechas todas del 12 de mayo de 2012.

2. En relación con el punto de Hechos número 2, recurso de inconformidad del 25 de mayo de 2012.

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