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Salud Publica


Enviado por   •  23 de Abril de 2013  •  1.745 Palabras (7 Páginas)  •  228 Visitas

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1- Afiliados al Sistema General de Seguridad Social en Salud.

Son afiliados al Sistema General de Seguridad Social en Salud, todos los residentes en Colombia que se encuentren afiliados al Régimen Contributivo o al Régimen Subsidiado y los vinculados temporalmente según lo dispuesto en el presente Decreto.

La afiliación al Sistema General de Seguridad Social en Salud, es obligatoria y se efectuará a través de los regímenes contributivo y subsidiado..

2- Comisión reguladora de salud (CRES) :

es una unidad administrativa especial, con personería jurídica, autonomía administrativa, técnica y patrimonial, adscrita al Ministerio de la Protección Social, creada por la Ley 1122 de 2007.

El objetivo es Consolidar a la CRES como el Organismo Técnico de Regulación del Sistema General de Seguridad Social en Salud, con la independencia indispensable en el desarrollo de sus procesos y autonomía en la toma de decisiones.

3- Copago :

en general, es una vía de financiación de un servicio por la cual el usuario paga una cantidad cada vez que lo utiliza. Se denomina «copago» porque se complementa este pago con otra vía de financiación - los impuestos (por ejemplo, para financiar el sistema público de salud) o una cuota periódica (por ejemplo, en el caso de un seguro médico privado). Los objetivos del copago son contribuir a financiar el sistema y contener su uso innecesario.

4- COMITÉ TÉCNICO-CIENTÍFICO DE LA ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD

Para acceder a la provisión de servicios por condiciones particulares, extraordinarios y que se requieren con necesidad, la prescripción del profesional de la salud tratante deberá someterse al Comité Técnico-Científico de la Entidad Promotora de Salud con autonomía de sus miembros, que se pronunciará sobre la insuficiencia de las prestaciones explícitas, la necesidad de la provisión de servicios extraordinarios, en un plazo no superior a dos (2) días calendario desde la solicitud del concepto.

5- Cuota moderadora:

Son los aportes en dinero que tienen como objeto regular la utilización de los servicios de salud y estimular su buen uso. Deben ser pagadas por los cotizantes y beneficiarios, a partir de la primera utilización en el año. (Por disposición del Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud).Las Cuotas Moderadoras se aplican tanto a cotizantes como a beneficiarios, en los siguientes servicios:

-Consulta externa médica, odontológica y paramédica

-Consulta externa médico especialista

-Atención en el servicio de urgencias cuando no se compromete la vida o funcionalidad de la persona

6- Empresa social del estado :

institución prestadora de servicio de salud que en el sgsss tiene la función de prestar los servicios en el respectivo nivel de atención a los afiliados y beneficiarios de los distintos regímenes que se divide el sistema.

7- Entidad promotora de salud : Es la entidad encargada de la afiliación y el registro de los afiliados al SGSSS, el recaudo de las cotizaciones por delegación del Estado y la responsable de organizar y garantizar directa, o indirectamente, la prestación del Plan Obligatorio de Salud a los afiliados. Así mismo, se ocupa de girar la diferencia entre los ingresos por cotizaciones de sus afiliados y el valor que le corresponde por concepto de las Unidades de Pago por Capitación (UPC) que el Estado le reconoce por su gestión como su delegataria .No prestan servicios médicos, sino que promueven barreras en la atención a dichos servicios a usuarios en un esquema de mal llamado aseguramiento.

8- Fondo de solidaridad y garantía : es una cuenta adscrita al Ministerio de la Protección Social manejada por encargo fiduciario, sin personería jurídica ni planta de personal propia, cuyos recursos se destinan a la inversión en salud.Está a cargo del recaudo de las cotizaciones que delegan las entidades promotoras de salud

9- Institución prestadora en salud: son los hospitales, clínicas, laboratorios, consultorios, etc. que prestan el servicio de salud. Pueden ser públicas o privadas. Para efectos de clasificación en niveles de complejidad y de atención se caracterizan según el tipo de servicios que habiliten y acreditan, es decir su capacidad instalada, tecnología y personal y según los procedimientos e intervenciones que están en capacidad de realizar

10- Instituto nacional de salud: Investigación, Vigilancia, Producción y Redes en Salud Pública Se encargan conocimiento científico sobre la naturaleza, la etiología, las causas, la fisiopatología, la patogénesis, la epidemiología y los riesgos de enfermedades de prioridad en salud pública, que permita acelerar el uso de ese conocimiento en estrategias de predicción, prevención, diagnóstico, tratamiento y control oportunos para el beneficio de la salud de la población humana,

11- Instituto nacional de vigilancia de medicamentos y alimentos(INVIMA)

En el INVIMA trabajamos por garantizar la salud de los colombianos y los extranjeros que viven en nuestro País, vigilando las fábricas y a las personas o empresas que traen productos de otros países, como alimentos, medicamentos, productos de aseo, implementos que usan los médicos, entre otros productos, para que sean de buena calidad, estén en las condiciones necesarias para cumplir su función y no perjudiquen nuestra salud. Proteger y promover la salud de la población, mediante la gestión del riesgo asociada al consumo y uso de alimentos, medicamentos, dispositivos médicos y otros productos objeto de vigilancia sanitaria.

12- Plan de intervenciones colectivas:

El Plan de Salud de Intervenciones Colectivas (PIC), incluye un conjunto de intervenciones, procedimientos y actividades que debe desarrollar el Estado, dirigidas a promover la salud y la calidad de vida, la prevención

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