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Sanciones a NEGSUR PERU I.R.L


Enviado por   •  5 de Mayo de 2022  •  Informes  •  457 Palabras (2 Páginas)  •  92 Visitas

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NEGSUR PERU S.R.L. es una empresa ubicada en Puno especializada en la fabricación de productos metálicos para uso estructural, entre los cuales se incluyen impresoras, consumibles, repuestos, y accesorios de oficina (Compuempresa, s.f.). Esta empresa viene trabajando desde el 2015, ya sea con personas del departamento, o, en el caso que hablaremos hoy, con el estado.

En el año 2021, El tribunal de contrataciones del estado sanciona a NEGSUR PERU S.R.L. debido a que, cuando realiza contrataciones por el método especial, deben seguirse ciertos lineamientos, entre los cuales está el pago de la garantía de fiel cumplimiento, un aspecto importante para poder suscribir el acuerdo marco. En caso esto no se concretase, generaría efectos negativos para la oferta de los productos, en este caso, maquinaria, impresoras, entre otros. Es por ello, que en caso no se realice este pago, se procedería a una sanción.

Esta vez no sería la primera en la que NEGSUR PERU S.R.L. es multada, pues en 2020, a través de la resolución 580-2020-TCE-S4, fue multada debido a que presentó información inexacta a las Entidades, al Tribunal de Contrataciones del Estado, al Registro Nacional de Proveedores (RNP), al Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE) y a la Central de Compras Públicas de Perú Compras, la cual la imposibilitó de recibir nuevas contrataciones hasta el 25 de agosto de 2020. (OSCE, s.f.)

El tribunal, luego de analizar el caso, presentó los siguientes puntos por los cuales la sanción a NEGSUR PERU S.R.L. debería efectuarse. El primero, según el numeral 8.2 de las “Disposiciones Aplicables a los Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marcos”, es que todos los proveedores seleccionados deben formalizar los respectivos Acuerdos Marcos. El segundo, es que el proveedor tiene toda la responsabilidad de garantizar el deposito de la garantía de fiel cumplimiento se realice. El tercero, es que, al no haberse concretado el contrato, se generan efectos negativos, por cuanto el rango de las ofertas adjudicadas son el resultado de un procedimiento de evaluación y podría afectarse potencialmente a otros proveedores, y además porque se afectaría el nivel de competencia en los catálogos electrónicos pues al existir menos proveedores el precio del producto se incrementa. Y, por último, al no haberse realizado un acercamiento de un representante para realizar los descargos correspondientes de NEGSUR PERU S.R.L., siendo que se le informó con anterioridad.

Como opinión personal, luego de haber analizado la sanción realizada por el Tribunal de Contrataciones del Estado, se podría decir que si está indicado dentro del reglamento las reglas que se deben seguir, está correctamente aplicada la sanción. Y, como punto a resaltar, luego de la sanción que se realizó, unas semanas después, se volvió a sancionar a NEGSUR PERU S.R.L. por el mismo error, generando que

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