TEORIA DEL CASO- POR PARTE DEL FISCAL
brayanneiraApuntes2 de Octubre de 2018
633 Palabras (3 Páginas)224 Visitas
TEORIA DEL CASO- POR PARTE DEL FISCAL
1.- RECONOCIMIENTO DE LOS SUJETOS
a) Sujeto Activo: KELVIN EDUARDO GONZALES LORABUENA
b) Sujetos pasivos: EDITH YOVANA MELENDEZ PAREDES
MILAGROS CARMEN ARROLLO MILLA.
CESAR WILLIAM CONTRERAS CONTRERAS
2.- NARRACION DE LOS HECHOS
a) Hechos Precedentes: el presente caso se refiere a un hecho delictual que se viene dando en la ciudad de Abancay y a nivel nacional. Hechos delictuales que aún no han sido controlados por los órganos de control formal hasta ahora.
Se trata señores magistrados de un robo cometido a mano armada con el concurso de dos personas durante la noche y causando lesiones
b) Hechos concomitantes: El día 14 de enero del 2018 a horas 19 aproximadamente en circunstancias en que las agraviadass Edith Meléndez Paredes Y Milagros Carmen Arrollo Milla, Se encontraban al frontis de la puerta de emergencia del hospital de essalud donde se encontraban Esperando a la propietaria de la farmacia villa salud. Ubicada en la puerta de este hospital fueron interceptados por el acusado y una persona más, donde el acusado kelvin Eduardo Gonzales Lorabuena Presente en este acto, primero pretendió arrebatarle la cartera a la agraviada Edith Meléndez Paredes Al ver que desistía le propino un golpe de puño en la cara pero no logro quitarle la cartera solo logro quitarle la casaca, porque esta agraviada lanza la cartera al agraviado cesar William Contreras Contreras, el acusado continuando con el acto criminal se dirige cuchillo en mano a la agraviada Milagros Carmen Arrollo Milla, A quien le sustrae su equipo celular y un canguro con 300 nuevos soles. Y luego se dirige hacia la posición del agraviado Cesar William Contreras Contreras a quien le lesiona causando una lesión perforante en el abdomen, le quita la cartera de la agraviada Edith Meléndez Paredes, ya que ella le había lanzado su cartera que contenía un celular marca zt y 250 soles y además le quita el canguro del agraviado Cesar William Contreras Contreras Que contenía 1500 nuevos soles, una calculadora marca casio, facturas y boletas. Todo este acto lo realiza mientras el otro sujeto le cubría todo este acto de sustracción. En el trascurso de la comisión de estos actos causa lesiones a cada uno de ellos tanto a la agravia Edith yovana Meléndez Paredes a la agraviada milagros Carmen Arrollo Milla, Igualmente de manera perforante a Cesar William Contreras Contreras.
3.- TIPIFICACION
Que todo lo actuado por el acusado KELVIN EDUARDO GONZALES LORABUENA, se adecua al siguiente tipo penal incisos 2,3 y 4 del primer párrafo, inciso 1 del segundo párrafo del artículo 189 del código penal, como tipo base el artículo 188. Precisándose señores magistrados que existe concurso ideal de delitos ya que los objetos materiales de la acción delictual son distintas 3 agraviadas ,3 objetos materiales en lesiones distintas.
4.- MEDIOS PROBATORIOS
- La declaración testimonial de EDITH YOVANA MELENDEZ PAREDES
- La declaración testimonial de MILAGROS CARMEN ARROLLO MILLA.
- La declaración testimonial de CESAR WILLIAM CONTRERAS CONTRERAS.
- La declaración testimonial de Wilson Luis Córdova vega
- La declaración testimonial de Alex Jhoel linares Pérez
- Pruebas periciales de los médicos legistas, Liseth Yovana Guevara Guszman y Mario Edgar Zabaleta del valle.
- acta de intervención.
- acta de reconocimiento fotográfico realizado por las tres agraviadas donde se establece que la persona que participo en la sustracción causando lesiones fue el acusado.
...