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TRANSPORTE DE CARGA POR CARRETERA-OPERADOR LOGISTICO

cesarsp10Documentos de Investigación4 de Septiembre de 2020

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 CONDICIONES  DE COTIZACION

POLIZA AUTOMATICA DE TRANSPORTE DE MERCANCIA

CONDICIONES GENERALES, PARTICULARES, CLAUSULAS Y ANEXOS SEGÚN TEXTOS Y FORMAS DE SEGUROS COMERCIALES BOLIVAR S.A.

Respaldo Póliza: Seguros Comerciales Bolívar S.A: 100%

Tomador, Asegurado y Beneficiario: ALIANZA LOGISTICA

NIT: 901.282.530

Dirección:

Contacto:

Teléfono:

Intermediario: CERTAIN Y ASOCIADOS  Clave:

Actividad Económica: TRANSPORTE DE CARGA POR CARRETERA-OPERADOR LOGISTICO

Vigencia: Desde: PENDIENTE 2020 Hasta: PENDIENTE- 2021

PROPIEDAD E INTERÉS ASEGURADO: todos los bienes e intereses del asegurado o bajo su responsabilidad que  movilice en Colombia (en adelante Movilizaciones) por cualquier medio de transporte, consistentes principalmente pero no limitados a mercancías de propiedad de los clientes del asegurado  y en general cualquier otros bienes que sean su interés asegurable, y se encuentren definidas para la realización de su actividad y dentro del giro normal del negocio.

Para trasteos, mudanzas o traslados  de activos propios entre sedes del asegurado, deberá solicitarse  autorización previa a la compañía de seguros.

CLAUSULADO CONDICIONES GENERALES, PARTICULARES, CLAUSULAS Y ANEXOS SEGÚN TEXTOS Y FORMAS DE SEGUROS COMERCIALES BOLIVAR S.A. - Póliza 27/04/2017-1327-P-10-TR-0000000000009 / 160695-1327-P-15-TR_009 / 1509201-1327- A-10_TR-055 / 1509201-1327- A-10_TR-056 / 1509201-1327- A-10_TR-057 / 1509201-1327- A-10_TR-058 / 1509201-1327- A-10_TR-059 / 1509201-1327- A-10_TR-060.

BASE DE VALORACIÓN:

MOVILIZACIONES NACIONALES Y URBANAS: se aseguran las mercancías declaradas en éstos trayectos según factura  a valor costo + Fletes interiores.

TRASLADOS ENTRE SEDES DEL ASEGURADO: se aseguran las mercancías declaradas en éstos trayectos a valor costo + Fletes interiores.

Mercancía o Maquinaria Usada: Se aseguran las mercancías o maquinaria usada declaradas según  

Valor Real: Es el equivalente al valor del bien en el momento en que se efectúe el despacho; es decir, el valor de reposición, menos la depreciación o demérito.

La valoración de mercancías acá mencionada es utilizada tanto para el cobro de la prima como para el pago de siniestros.

NOTA: En caso de siniestro, para reconocer los anteriores componentes de la suma asegurada en la indemnización, es obligación del asegurado incluir la totalidad de estos valores en los informes de movilizaciones que se reportan a Seguros Bolívar. En caso que alguno de estos valores no sea declarado, estos no serán tenidos en cuenta como parte de la suma asegurada en el momento de la liquidación del siniestro.

Ámbito Territorial: COLOMBIA

Jurisdicción: Colombia.

Valores De Diferenciación: Programa de prevención de riesgos  sin costo para el asegurado +ASISTENCIA CARGA categoría según la contrate el cliente y con costo adicional Ver anexo

Modalidad Del Seguro Póliza Global Automática. Basada en presupuesto de movilizaciones anuales.

MODALIDAD DEL SEGURO

Las primas serán cobradas MES ANTICIPADO, calculado sobre el valor del presupuesto anual. Una vez terminada la vigencia envían el reporte de las movilizaciones REALES para realizar el ajuste de las primas correspondiente.

El cobro tendrá un valor de COP $ 3.000.000 + IVA. Prima Minima

Cláusula de cobro de prima mínima anual del 90% del valor de la prima resultante de la aplicación de la tasa sobre los presupuestos anuales aquí consignados, que se cobrará en ajuste por realizar al final de la vigencia. Es decir, en el ajuste nunca podrá hacerse devolución de más del 10% del valor de las primas pagadas.

De acuerdo con la modalidad de pago contratada, se realizarían doce cobros y ajustados según las movilizaciones reales realizadas durante el año de vigencia del seguro.

Nota: Se considerará para el ajuste todos los cobros especiales realizados durante la vigencia.

En caso de no recibir el reporte de las movilizaciones REALES la aseguradora podrá revisar la base de datos de la DIAN y reportes públicos de venta para corroborar las movilizaciones realizadas por el asegurado.

No obstante lo pactado en las condiciones generales de la póliza en el numeral 10, se acuerda que el asegurado deberá declarar el 100% de las movilizaciones reales al finalizar la vigencia para cada uno de los trayectos pactados. Para facturación con periodos vencidos el asegurado deberá enviar las movilizaciones dentro de los primeros 10 (diez) días hábiles de cada mes. En caso contrario Seguros Comerciales Bolívar queda autorizado a efectuar los ajustes de prima correspondientes basados en la información de las autoridades competentes (bases de datos de la DIAN, reportes públicos de venta).

DECLARACIONES: de acuerdo A LA BASE DE VALORACIÓN de este documento.

COBERTURAS Texto Tradicional Colombiano Cobertura Completa para cubrir pérdidas y Daños Materiales con ocasión del Transporte, incluyendo Averia General, Común o Gruesa operacione de Cargue y descargue, huelga, motín, conmoción civil o popular, asonada, actos mal intecionados de terceros, Terrorismo, Guerra y eventos de la naturaleza.

Aclaración Cobertura Avería Gruesa:  La cobertura de Avería Común, General o Gruesa, opera por despacho y en caso de siniestro no se requiere pago de prima por parte del asegurado para su restablecimiento.

Eventos de la naturaleza y terremoto

se amparan mercancías bajo la modlidad Multimodal

MOVILIZACIONES NACIONALES Y  URBANAS

Movilizaciones Nacionales: Cobertura Completa + Huelga

Movilizaciones Urbanas: Cobertura Completa + Huelga

TRAYECTOS ASEGURADOS

MOVILIZACIONES NACIONALES Y URBANAS

Movilizaciones Nacionales: La cobertura inicia desde cualquier lugar en Colombia, incluyendo los despachos realizados desde las instalaciones de sus proveedores, distribuidores y otro sitio diferente a sus bodegas hasta el destino final convenido, sus devoluciones y redespachos.

Movilizaciones Urbanas: desde bodegas del asegurado o terceros en cualquier lugar de las principales ciudades de Colombia donde el asegurado tenga operación, hasta cualquier punto en el perímetro urbano de las ciudades y los municipios circunvecinos, que no esté comprendido en la distribución Naciona sus devoluciones y redespachos.

LIMITES ASEGURADOS POR DESPACHO:

MOVILIZACIONES NACIONALES Y URBANAS

Movilizaciones Nacionales:

Transportadora legalmente constituida: COP $ 60.000.000

Propios y/o terceros: COP $ 60.000.000

Movilizaciones Urbanas:

Transportadora legalmente constituida: COP $ 60.000.000

Propios y/o terceros: COP $ 60.000.000

Paqueteo: $60.000.000

* Para los trayectos nacionales, y urbanos, la cobertura incluye los movimientos entre bodegas del asegurado

Nota: Cuando se cubran los redespachos y devoluciones, se consideraran un despacho adicional y deben estar declarados en el mes que los realicen para el cobro de prima correpondiente.

  • Para efectos de esta cobertura se presentan entre otras devoluciones los siguientes casos:
  • Devolución en el momento de la entrega cuando aún no se ha transmitido la responsabilidad de la carga y el producto regresa a las instalaciones del asegurado.
  • Devolución post entrega, caso en el que el cliente devuelve el producto luego de recibido, aceptado y haber efectuado el pago.

* Definición de Despacho: De acuerdo con el numeral 23 en las condiciones generales de la póliza los límites por despacho descritos anteriormente, corresponden al límite máximo de responsabilidad de la compañía por evento en un solo vehículo transportador (entiéndase Buque, Avión, Camión, Tren).

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