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Teoría del Estado es sociología


Enviado por   •  24 de Octubre de 2018  •  Biografías  •  772 Palabras (4 Páginas)  •  119 Visitas

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Nombre:  Ahychell  Escalante

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Hemon héller teoría del Estado es sociología, ciencia de realidad la doctrina dominante rechaza, casi unánimemente, la consideración de la teoría del Estado como una ciencia de la naturaleza, en esta doctrina hay desempeñar  con todo empeño que tampoco el Estado puede ser un objetivo, esto es aplicable tanto a las formaciones o estructuras culturales  insertas, en la realidad física como a las llamadas estructuras de sentido. Los objetivos de la naturaleza extra – psíquicas que aparece independiente del hecho de que alguien lo perviven y son sus objetivo ideales, como lenguaje, moral, derecho,etc…son exclusivamente, objetos ideales y solo bienes existen al ser pensado y vividos, la formación social que se llama Estado debe ser diferenciada tajantemente, no solo desde un punto de vista objetivo, sino, además , metodológico, de toda estructura de sentido. El Estado no es otra cosa que una forma de vida humana- social, vida .M WEBER proclamo la existencia de una Ciencia social como ‘’ La Ciencia Realidad’’ comprende la circundante realidad de la vida en que estamos insertos, pero, previamente, había vaciado, por  decirle así, d realidad a su ciencia de la realidad, al limitarlo  a lo comprensible a contenido de sentido. La teoría del Estado es investigar, el estado en cuanto realidad si su objetivo es el Estado, resulta obvio que no hace referencia solo a una conexión de sentido a un contenido afectivo, que tenga su expresión en el estado, ni tampoco a las causas psíquicas de actividad estadal. No existe, se capta partiendo de la conexión de la realidad. Para la ciencia del sentido, el problema de la causalidad carece de significación. Sus conexiones de sentidos son para ella, por ejemplo, bajo la forma de jurisprudencia dogmática, forma valida y definitiva y plenamente emancipadas, en la posible, de las condiciones reales e sus apariciones, es decir, independientes en primer término del proceso real, de producción, de la condiciones de ambiente y real psicológicas, se posible, del sujeto de conocimiento; pues tampoco este mantiene. En la actitud respecto del conocimiento, que es característica de las ciencia de lo real, no existe ni la separación entre el que conoce y lo conocido, ni l posición de un objeto independiente del sujeto. La formación social que queremos conocer sobre nosotros mismos.

Alf Ross derecho vigente la vida humana social es una comunidad no es un cao de acciones individuales mutua es una comunidad. Ejemplo: imaginemos que dos personas están jugando el ajedrez, mientras una tercera las observa, si el observador ni sabe nada del ajedrez no entenderá lo que está pasando. Probablemente inferirá, a partir de sus conocimientos de otros juegos, que este es algún tipo de juego, pero no será capaz de comprender las movidas individuales ni de ver ninguna conexión entre ellas, menos todavía tendrá noción alguna de los problemas implicados en cualquier posición particular de las piezas en el tablero no solo las reglas y las movidas del ajedrez, si no también un cierto conocimiento de la teoría del juego. La probabilidad de poder predecir la movida. Al igual que el derecho implica 2 elementos. Es vivida como motivadora yo obligatoria. Como el derecho vigente que es el verdadero objeto de nuestra consideración preliminar consiste parcialmente en fenómenos jurídicos y en normas jurídicas, en correlación mutua, son consideradas en relación con las normas jurídicas. Las diversas acciones están mutuamente motivadas del mimo modo que lo están movidas en ajedrez, el jue ejemplo: esta motivad por el papel que desempeñan en la transacción al igual que el <> está regido por normas mucho más complicadas que el ajedrez, el derecho como tal funciona en la sociedad, gran número de acciones humanas son interpretadas como un todo coherente de significado y motivación por medio de normas jurídicas que configuran un esquema de interpretación. Es decir el derecho vigente significa el conjunto abstracto de ideas normativas que sirven como un derecho de interpretación para los fenómenos del derecho en acción, lo que a su vez significa que están normas son efectivamente obedecidas  y que lo son porque ellas son vivida oficialmente obligatorias, la gran mayoría de los autores filosóficos sostienen hasta hoy, que el derecho vigente no puede ser explicado in hace referencia a la metafísica, no es simplemente un fenómeno empírico ,cuando decimos que una regla del derecho, nos referimos no solo a algo factico; a algo que puede ser observado si no a una validez de carácter metafísico, se sostiene que esta validez, es un puro concepto de la razón, de origen divino, o que existe en la naturaleza racional del hombre

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