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Transparencia En La Constitucion Politica Del Estado


Enviado por   •  28 de Octubre de 2013  •  2.130 Palabras (9 Páginas)  •  467 Visitas

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ÉTICA Y TRANSPARENCIA DE LA CPE, TRANSPARENCIA DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS Y TRANSPARENCIA EN LA GESTIÓN PÚBLICA

TRANSPARENCIA

En los últimos años, la democracia y la transparencia han conseguido establecer vínculos que las mantienen estrechamente relacionas, especialmente porque el acceso a la información, eleva la exigencia de la gestión pública.

La transparencia desempeña un papel importante en la relación al sistema democrático por cuanto establece lo siguiente:

A)Evaluación de los gobernantes: en el contexto de una democracia representativa, los electores pueden premiar o castigar el desempeño de sus gobernantes y representantes.

B) Rendición de Cuentas: la transparencia está fuertemente asociada a la idea de rendición de cuentas. Por rendición de cuentas se entiende a la obligación de los funcionarios de responder por lo que hacen en el ejercicio de sus cargos públicos.

C) Control del Poder Público: la transparencia sirve para limitar el poder del gobierno. Este control se efectúa a través de la vigilancia y la fiscalización de las acciones de los políticos y funcionarios públicos. Asimismo, la vigilancia desalienta las malas conductas por parte de los servidores públicos.

D) Fortalecimiento de la autoridad política: la transparencia sirve para generar confianza en el electorado y aumenta la posibilidad de que el pueblo apoye las políticas que adopta el gobierno.

E) Detección y Corrección de Errores: a transparencia permite que la toma de decisiones sea más meditada y hace más sencillo aprender de los errores para corregirlos. Impide a los poderosos invocar discrecionalmente el “secreto de Estado” y aislarse de las críticas, argumento e ideas alternativas.

Una sociedad informada es una sociedad más democrática y participativa, pero además es un arma eficaz contra la corrupción. En síntesis el concepto de transparencia se refiere al deber de los poderes públicos de exponer y someter el análisis de la ciudadanía la información relativa a su gestión.

Caracterización del Estado

La caracterización del Estado como unitario social de derecho plurinacional y comunitario es nueva, no se encuentra esta descripción amplia y compleja en la antigua Constitución. La caracterización del Estado es espinosa e integra, articula la dimensión jurídica con las emergencias políticas, el Estado unitario social de derecho con el carácter plurinacional y comunitario e intercultural, ratificando su condición de libre, independiente, soberano y democrático. Se funda en la pluralidad y el pluralismo que se mueve en distintas dimensiones: política, económica, jurídica, cultural y lingüística. Se basa en el reconocimiento de la preexistencia de los pueblos y naciones indígenas originarios, lo que conlleva reconocer su derecho a la libre determinación. La caracterización del Estado hace una descripción del pueblo en su diversidad y multiplicidad, identificando su composición abigarrada en tanto naciones, clases y estratos sociales, dispersos en las ciudades y el campo.

La caracterización del Estado asume una forma de gobierno democrática y participativa, además de abrirse a múltiples formas de representación, directa, universal y comunitaria. Por otra parte, combina valores culturales de los pueblos y naciones originarias con principios liberales. Esta concepción compuesta de la caracterización del Estado recoge la evolución constitucional liberal y se enriquece con el aporte indígena a las nuevas formas constitucionales y políticas.

La Constitución de Transición

Puede decirse que la nueva Constitución Política del Estado es una Constitución en transición. Se trata del tránsito de un Estado unitario y social a un Estado plurinacional. De un Estado que ha renunciado al federalismo después de la guerra de fines del siglo XIX y principios del siglo XX (la llamada Guerra Federal) y que ha optado por el unitarismo. Un Estado que ha construido un modelo de Estado populista, después de la Guerra del Chaco, consolidándolo como un Estado de Bienestar, al estilo latinoamericano, puesto en escena durante los doce años de la Revolución Nacional (1952-1964). Lo unitario y lo social, entonces, son una herencia del pasado. Esta es la forma en que, en Bolivia, se afrontó la modernidad. Lo nuevo en la nueva Constitución es el carácter plurinacional y comunitario, lo nuevo es la descentralización administrativa política y el sistema de autonomías. El carácter plurinacional tiene que ver con el eje descolonizador como ruta reconstructora del Estado republicano, colonial y liberal. Lo plurinacional tiene que ver con el reconocimiento de la preexistencia colonial de las naciones indígenas originarias, es decir, el reconocimiento de la matriz poblacional del pueblo boliviano.. El pueblo boliviano viene caracterizado descriptivamente por su diversidad etnográfica y sociológica. Este pluralismo estatal, que es además un pluralismo de naciones, es un avance sustantivo en el pluralismo democrático, construido a partir del despliegue de las identidades colectivas y el comunitarismo político.

El carácter comunitario de la nueva Constitución se basa en el reconocimiento de las instituciones culturales que estructuran los comportamientos y conductas de las comunidades no sólo rurales, sino también urbanas. Hablamos, además, de los ayllus, las tentas, las capitanías, las estructuras estructurantes que codifican las migraciones, los asentamientos migratorios, las fiestas, las ferias, las challas, los ritos y las ceremonias, donde anida el simbolismo colectivo.

Una primera conclusión podría ser la siguiente: se trata de una transición del carácter unitario y social del Estado al carácter plural-nacional y comunitario. También se trata de una transición constitucional debido a la composición combinada de desarrollos evolutivos de los derechos, deberes y garantías liberales con demandas indígenas constitucionalizadas y formas jurídico políticas que le dan un marco constitucional al proceso de nacionalización y recuperación de los recursos naturales.

En otras palabras, no deja de ser una constitución liberal, aunque en su versión más bien pluralista, incorporando cuatro generaciones de derechos: derechos individuales, derechos sociales, derechos colectivos y derechos relativos al medio ambiente. Es también una constitución indígena y popular en tanto que incorpora la institucionalidad propia de las naciones y pueblos indígenas originarios, sus estructuras y prácticas autóctonas. Del mismo modo, es una constitución que reconoce el rol primordial de lo público en forma de estado interventor, de bienestar e

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