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Actividad Integradora “Las garantías Individuales”


Enviado por   •  6 de Enero de 2017  •  Biografías  •  3.980 Palabras (16 Páginas)  •  714 Visitas

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[pic 1]     Escuela Preparatoria Estatal No. 03 CTM

                          Derecho I

                                                          BLOQUE 3

“Las ramas del Derecho y el Derecho Constitucional en México”

Actividad Integradora “Las garantías Individuales”

Profesora. Gina Araujo

Integrantes del equipo:

Alcocer Euan Manuel #01

Ancona Pech Alondra #02

Ancona Vázquez Daniel #03

Aragón Pacheco Guadalupe #04

 Ojeda Hernández Ricardo #28

Núñez Martínez América #29

3°A

Matutino

Mérida, Yucatán, México a 06 de Enero del 2017

“Las garantías individuales”

  1. Escoltas de por vida 

Con la modificación a la Ley de Seguridad Pública de Puebla se garantiza a todos los ex gobernadores que haya tenido el estado y que sigan con vida, contar con seguridad vitalicia.

De acuerdo con e-consulta,  la decisión del Congreso de dotar al gobernador Rafael Moreno Valle, una vez que finalice su gestión, de un cuerpo de seguridad de ocho escoltas, con cargo al erario, por un periodo de 12 años o en forma vitalicia si así lo solicita, ha generado gran polémica.

El rotativo también indica que según fuentes legislativas, un escolta recibiría un salario promedio de 10 mil pesos mensuales, por lo que luego de 12 años de servicio, el erario habrá gastado más de 11 millones de pesos en los salarios de los guardias.

La iniciativa fue propuesta por el diputado de Nueva Alianza Héctor Alonso Granados, quien planteó modificar la Ley.

  • Rama del derecho con la que se vincula

Derecho privado externo/derecho internacional privado

  • Artículo constitucional violado

Artículo 39

La soberanía nacional reside esencial y originariamente en el pueblo. Todo poder público dimana del pueblo y se instituye para beneficio de este. El pueblo tiene en todo tiempo el inalienable derecho de alterar o modificar la forma de su gobierno.

  • Garantías

25° Rectoría económica del estado

  • Juicios de amparo
  1. Agravado o quejoso: las personas del estado de puebla
  2. Autoridad responsable: los ex gobernadores
  3. El o los terceros perjudicados: las familias debido a la baja economía como resultado al alto pago de protección innecesaria
  • Tipo de amparo

Amparo indirecto: este amparo es el que procedería debido a que es una queja lo que pudiese presentarse, aunque debido a que en el país en el que nos encontramos, el cual es lo suficientemente corrupto para no responder a cada queja del pueblo que deben regir, nuca procedería a una resolución una queja en este tipo de cosas.


2. Las propuestas de Duarte

El 24 de julio pasado, el gobernador de Veracruz, el priista Javier Duarte, envió una iniciativa al Congreso local que proponía castigar a los medios de comunicación que hablen mal de algún partido o político. El artículo 48 de esta propuesta de Código Electoral señala que los medios deberán registrarse ante el Consejo General del Instituto Electoral del Estado para vender publicidad y prohíbe a las organizaciones políticas comprar espacios publicitarios en medios adversos; además, incluye una cláusula que algunos detractores calificaron como anti “132” (por el movimiento #YoSoy132) ya que especifica que los ciudadanos no pueden tener vínculos con formas democráticas de expresión, que se produzcan en contra de cualquier candidato, y reducen el plazo para la inscripción de los observadores electorales.

Siete días después de ser presentada, el Congreso de Veracruz aprobó con 49 votos a favor, cero en contra y cero en abstención la nueva Ley Electoral que modifica, principalmente, el marco jurídico para los comicios. Sin embargo, tras la presión de los legisladores de todas las corrientes, hubo cambios en la redacción para respetar la libertad de expresión en los mensajes contra partidos o candidatos, siempre y cuando no denigren o calumnien.

Apenas el 20 de septiembre de 2011, se aprobó la Ley de Perturbación, también llamada “Ley Duarte”, que tipifica como delito la perturbación del orden social y la difusión de rumores a través de las redes sociales.

La iniciativa fue propuesta por Duarte después de que el pasado 25 de agosto del año pasado los tuiteros María de Jesús “Maruchi” Bravo Pagola y Gilberto Martínez Vera, fueran arrestados y condenados a prisión por los supuestos “delitos de terrorismo equiparado y sabotaje”, ya que difundieron, a través de las redes sociales, mensajes de supuestos ataques del crimen organizado en centros escolares de la zona conurbada Veracruz-Boca del Río. Ambos fueron puestos en libertad días más tarde.

  • Rama del derecho

 Derecho Público-Interno-Derecho Penal

  • Articulo Violado

 16°Garantia de legalidad

  • Clasificación de las garantías

 16° garantía de legalidad

  • Partes del Juicio de amparo:
  1. Agraviado o quejoso: Gobernador de veracruz
  2. Autoridad Responsable: Maria de Jesús “Maruchi” Bravo Pagola y Gilberto Martinez Vera
  3. Tercero (s) Perjudicado (s):Los diputados o partidos políticos

  • Tipo de Amparo: Directo debido a que la decisión afectara a un numero pequeño de individuos en un caso

3.  Matanza de perros

El 19 de marzo de 2012, el diario El Debate reveló que a nueve sesiones de presentarse la iniciativa que plantearía el exterminio de animales callejeros de Sinaloa, principalmente perros, los diputados locales mantenían en hermetismo la propuesta de ley.

La Asociación de Refugios y Protección de Animales (ARPA), organismo defensor de los derechos de los animales, acusó al cuerpo legislativo de falta de transparencia.

“Es echarlos en agua; le meten un cable por el ano, otro en el hocico, hasta que el animal muere de dolor”, señaló ARPA, al considerar que esta práctica ya se realiza en Los Mochis y cuya propuesta plantean aplicarla en todo el estado. “Según el dictamen se va a recoger, traiga placa, tenga dueño o no”, dijo.

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