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Generalidades del Convenio


Enviado por   •  29 de Abril de 2015  •  379 Palabras (2 Páginas)  •  146 Visitas

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Convenio 81: Inspección del Trabajo en la Industria

Generalidades del Convenio.

Entró en vigor el 07 de abril de 1950.

C81 Convenio sobre la inspección del trabajo, 1947 15:06:1995 ratificado

El Salvador ha ratificado el Convenio 81 en 1995. En relación con el Convenio 81, se ha elaborado un Plan de Fortalecimiento de la Inspección de Trabajo que ha permitido la reestructuración de esta área: se han revisado y reformulado los pasos del procedimiento de inspección, tanto de normas de trabajo como de Seguridad y Salud Ocupacional, con el fin de agilizar y acortar los tiempos de respuesta a los usuarios. Es decir, para hacer accesibles a los trabajadores y empleadores los servicios que presta, especialmente los relativos a la vigilancia del cumplimiento de la legislación laboral.

Además, y según la Comisión de Expertos en Aplicación de Convenios y Recomendaciones (CEACR), se ha desarrollado un Programa de Capacitación Especializado destinado al personal antiguo y nuevo con el fin de reforzar los conocimientos necesarios para la realización de sus funciones. 8 La primera prioridad de las definidas en la consulta tripartita de 26 de octubre de 2007 impulsada por la Oficina Subregional de la OIT para Centroamérica, Haití, Panamá y República Dominicana, fue promover el cumplimiento efectivo y aplicación de las normas internacionales del trabajo y de la legislación laboral nacional. En esta consulta, El Salvador adoptó los lineamientos generales de su Programa Nacional de Trabajo Decente.

Este sistema está encargado en velar por la protección de los trabajadores en el ejercicio de su profesión y el cumplimiento de las disposiciones legales tales como: horas de trabajo, salarios, seguridad, higiene y bienestar, empleo de menores, etc.

La inspección del trabajo tiene como función principal el cumplimiento de las Normas de Trabajo Fundamentales de la OIT y los Convenios de la OIT

Derechos que reconoce:

Para que los inspectores de trabajo para que puedan desempeñar con efectividad las funciones de inspección tendrán una serie de derechos.

- Derecho de ingresar libremente en cualquier horario, en cualquier establecimiento sujeto a inspección.

- Derecho para proceder a cualquier prueba y para interrogar al empleador, a su representante y al personal de la empresa.

- Derecho a tomar y sacar muestras de materiales y sustancias utilizadas o manipuladas, previa notificación al empleador o a su representante.

- Derecho a exigir la colocación de ciertos avisos requeridos por la Ley.

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