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LEGISLATIVO


Enviado por   •  7 de Marzo de 2014  •  1.777 Palabras (8 Páginas)  •  210 Visitas

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INTRODUCCIÓN

En el presente trabajo de investigación expondremos los conceptos y a qué se refieren las garantías constitucionales y sus divisiones: garantías individuales y garantías sociales.

Los derechos individuales del hombre son garantías constitucionales, que se conceden a favor de todos los habitantes del Estado. Estas garantías deben cumplirse y respetarse y no se deben privar al individuo de las mismas, salvo en casos excepcionales, y con arreglo a ley expresa. Dentro de las garantías individuales encontramos una serie de derechos entre los que cabe mencionar la libertad del individuo y libertad de practicar cualquier religión o culto. Dichas libertades son fundamentales para el desarrollo de cada ser humano como persona y deben respetarse.

Otros derechos son los que se ejercen colectivamente, cabe mencionar dentro de estos derechos el derecho de la libertad política y el derecho de libertad de reunión y de prensa, estos derechos se ejercen de manera colectiva y son de gran importancia.

La garantías deriva de la necesidad de poner un límite a la violencia, ya que sus efectos destructores pueden socavar las bases de la convivencia, en tal sentido, así como el delito puede entenderse como una agresión a bienes imprescindibles para la coexistencia, así como es preciso evitar que el hombre sea lobo del hombre y para ello se requiere de un poder general que controle a los individuos, cuando tal poder se ejerce indiscriminadamente se genera el mismo efecto que se pretendía evitar.

GARANTIAS CONSTITUCIONALES

Se denominan garantías constitucionales a los medios que la ley dispone para proteger los derechos de las personas, pues su simple declaración, sin los correspondientes remedios previstos para el caso de violación, resultaría una utopía. Son Derechos fundamentales del ser humano , que actualmente forman una parte integrante de la constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, han sido objeto fenómenos sociales, tanto nacionales como internacionales , pues se ha buscado su reconocimiento y protección. Son acciones que tienen como propósito proteger los derechos reconocidos por la Constitución. Su fin esencial es garantizar la primacía de la Constitución. Es la facultad de los individuos para disfrutar de la igualdad, de la libertad, de la propiedad y de la seguridad. Las Garantías Constitucionales, pueden clasificarse:

Igualdad. Libertad. Propiedad. Seguridad Pública

IGUALDAD

Consiste en que varias personas cuya situación coincida puedan ser sujetos de los mismos derechos y obligaciones y se consigna en los siguientes artículos:

Art. 1° Establece textualmente “En los Estados Unidos Mexicanos todo individuo gozará de las garantías que otorga ésta Constitución, los cuales no podrán restringirse, ni suspenderse, sino en los casos y en las condiciones que ella misma establece” Este artículo dispone una verdadera garantía de igualdad, puesto que barca a todos los individuos que se encuentren en el territorio nacional, tienen la protección absoluta de las leyes.

Art. 2° Se refiere a la prohibición de la esclavitud, esta garantía descansa en que todos los hombres deben de ser iguales, sin importar raza, sexo, o condición social. Art. 4° Se refiere precisamente a la igualdad entre el hombre y la mujer. Al disponer que el varón y la mujer sean iguales ante la ley, queda plenamente establecida la igualdad jurídica de las personas. Art. 12° Dispone que en los Estados Unidos Mexicanos no se concederán títulos de nobleza, ni prerrogativas y honores hereditarios. En la gran familia mexicana nadie es noble ni tampoco plebeyo, todos los hombres estamos colocados en una misma situación de igualdad social.

LIBERTAD

Art. 4°. En éste precepto se proclama como derecho fundamental de toda persona, varón o mujer, siguiendo con la consecuencia de la igualdad jurídica la garantía de decidir de manera libre, informada y responsable sobre el número de hijos que desean tener. Art. 5°. Libertad del trabajo., es una contribución a la superación de los hombres, pues mediante ésta actividad se satisfacen las necesidades por la retribución económica que representa. Art. 6°. Libre expresión de las ideas. Se señala en su texto, que la manifestación de las ideas, no será la expresión del pensamiento objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa.

PROPIEDAD

Art. 27° Primer párrafo “la propiedad de las tierras y aguas comprendidas dentro el territorio de la nacional corresponde originalmente a la Nación, la cual ha tenido y tiene el derecho de transmitir el dominio de ellas a los particulares constituyendo la propiedad privada.

SEGURIDAD PÚBLICA

La vida pública mexicana, está sucedida de infinidad de actos que se relacionan el estado y los individuos; para que no arrastre con su conducta el Estado al individuo, es necesario que se ajuste a una serie de normas, requisitos o circunstancias preestablecidas. Toda acción del Estado que no observe exactamente lo que la ley ha ordenado, no será válida. El individuo, goza de seguridad frente a la actividad del Estado, misma que se encuentra consagrada en los artículos 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22,23, y 26 de la Constitución.

GARANTIAS INDIVIDUALES

Las garantías individuales son “derechos públicos subjetivos consignados a favor de todo habitante de la República que dan a sus titulares la potestad de exigirlos jurídicamente a través de la verdadera garantía de los derechos públicos fundamentales del hombre que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos consigna, esto es, la acción constitución de amparo.” Son ese conjunto de facultades, prerrogativas y facultades que le corresponden al hombre por su misma naturaleza. Consiste en que varias personas cuya situación coincida puedan ser sujetos de los mismos derechos

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