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Ley 20.001, Articulo 63. Regula el peso máximo para la carga humana

kapaillao16 de Abril de 2015

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Ley 20.001, Articulo 63. Regula el peso máximo para la carga humana

A quien aplica: Aplica a las empresas, Las cuales tienen que cumplir con las condiciones entregadas en dicho artículo.

Quien fiscaliza: Los organismos administradores de la ley 16.744.

Qué ministerio la regula: Ministerio del trabajo y previsión social.

Fundamento a quien trata: Trata de la manipulación de carga humana y los riesgos que este presente, y sobre la obligación de la empresa de proteger a los trabajadores que realicen esta labor.

Los criterios de evaluación y control de los riesgos derivados del manejo y manipulación de carga.

Las actividades de manejo manual implica esfuerzo físico, en consecuencia, los trabajadores que habitual mente lo realizan, se encuentran expuestos a factores de riesgo específicos asociados

(Músculos esqueléticos y problemas lumbares)

Decreto supremo 160

A quien aplica: A toda empresa asociadas a la producción, refinación, transporte, almacenamiento, distribución y abastecimiento de Combustibles líquidos.

Quien fiscaliza: La superintendencia de electricidad y combustible. Fiscaliza y supervigila el cumplimiento del reglamento.

Qué ministerio lo regula: Ministerio de economía.

Fundamento a quien trata: Trata a los trabajadores que manipulan durante el traslado, almacenamiento, distribución, abastecimiento y refinamiento de combustible liquido.

Se obliga al trabajador a cumplir con los procedimientos de trabajo para el manejo o manipulación de Combustibles líquidos, con la obligación y prohibición que para efecto se contenga en el reglamento interno.

Decreto supremo 132 Seguridad minera

A quien aplica: A toda las actividades que se desarrollan en la industria extractiva minera.

Quien fiscaliza: Servicio nacional de geología y minería.

Qué ministerio lo regula: Ministerio de minería, con el Reglamento de seguridad minera.

Fundamento a quien trata: Establece el marco regulador que deben someterse las faenas de la industria extractiva minera nacional.

Protege la vida y la integridad de las personas que desempañen en dicha industria.

Protege las instalaciones e infraestructura que hace posible las operaciones mineras.

Decreto supremo 78: Almacenamiento de sustancias peligrosas.

A quien aplica: A toda empresa la cual tenga almacenamiento, distribución y abastecimiento de sustancias peligrosas

Quien fiscaliza: secretarías regionales ministeriales de salud.

Qué ministerio lo regula: Ministerio de economía, fomento y reconstrucción.

Fundamento a quien trata: Establece las condiciones de seguridad de las instalaciones de almacenamiento de sustancias peligrosas.

Almacenamiento:

Análisis de consecuencia Evaluación cuantitativa de variables (Concentración térmica, sobrepresión) que representan distintos tipos de accidentes,

Envase Sustancias clasificadas según el grado de peligro que presente,

Muro corta fuego Aquel que se prolonga a lo menos 0,5m Más arriba de la cubierta del techo y 0,2m mas hacia delante,

Pila Conjunto de envases dispuestos de tal forma que su separación es mínima o nula

pila a granel Acopio de sustancias solidas, sin envasar.

Hasta 600 kg o L En estantería o piso.

Sobre los 600 Kg hasta 12 Ton Almacenamiento en bodega común.

Bodega:

Adyacente: Dividida con 2 muros.

Adyacente: Dividida con 1 muro.

Separadas: Se encuentran separadas de otras.

Decreto supremo 594 Condiciones sanitarias y ambientales básicas en lugares de trabajo

Quien fiscaliza: Servicio de salud.

A

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