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Posesion De Estado


Enviado por   •  30 de Enero de 2013  •  878 Palabras (4 Páginas)  •  343 Visitas

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Posesión de Estado

Concepto: Es la apariencia de ser titular de un estado civil determinado y consiste en gozar de las ventajas inherentes a dicho estado, así como en soportar las cargas que de él deriven. Aún cuando todos los estados pueden ser poseídos, la única posesión que produce efectos jurídicos es la posesión de los estados familiares.

Elementos de la posesión de Estado:

Se llaman elementos de la posesión de estado a todos aquellos hechos que crean la apariencia de que una persona tiene un estado civil determinado.

Elementos de la posesión de estado de hijo:

Al respecto el Código Civil consagra: (Art 214)

La posesión de estado del hijo se establece por la existencia suficiente de hachos que indiquen las relaciones de filiación y parentesco de un individuo con las personas que se señalan como sus progenitores y la familia a la que dice pertenecer.

Los principales de estos hechos son:

1. Que la persona haya usado el apellido de quien pretende tener por padre o madre.

2. Que estos le hayan dado el trato de hijo, y el a su vez, los haya tratado como padre o madre.

3. Que haya sido reconocido como hijo de tales personas por la sociedad.

Los hechos enumerados se resumen entonces en tres elementos:

Nombre: Consiste en que la persona haya usado el nombre o el apellido de quien se pretende tener como padre o madre.

Trato: Que el pretendido padre o madre le haya tratado como hijo y el, a su vez, los haya tratado como tal.

Fama: Es que haya sido reconocido como hijo de tales personas por la sociedad.

Es importante destacar, que esta enumeración es enunciativa, mas no taxativa, tal como lo demuestra el texto legal al consagrar: los principales de estos hechos son….(Art. 214cc). De igual modo, tampoco es necesaria la concurrencia de todos los elementos enumerados por la ley para que exista posesión de estado.

Elementos de la posesión de estado del cónyuge

Aún cuando la posesión de estado de cónyuge produce efectos jurídicos, la reforma, al igual que el Código derogado, no señala los hechos que constituyen esa posesión. En consecuencia, habrá que aplicar en la medida en que exista analogía, lo dispuesto a materia de filiación.

En cuando al elemento fama, este no presenta peculiaridades. En cambio el nombre no puede exigirse al marido y su

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