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APLICACION DE LEYES


Enviado por   •  13 de Mayo de 2014  •  1.077 Palabras (5 Páginas)  •  216 Visitas

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APLICACION DEL DERECHO EXTRANJERO

FUNDAMENTO Según la doctrina de Savigny, el Juez debe aplicar el derecho más conforme con la naturaleza propia de la relación; es decir, tal Derecho podrá ser local, del país del Juez (lex fori-ley del foro), o podrá ser el Derecho de un país extranjero.

En todo caso, el juzgador, juez o tribunal, para la decisión de un asunto controvertido, sometido a su jurisdicción, debe aplicar una ley, o un derecho, sin distinguir si es nacional o extranjero.

A efectos de discernir entre la norma de conflicto o derecho aplicable, con carácter previo debemos distinguir dos aspectos:

1. El de la naturaleza del Derecho Extranjero; es decir, saber si el mismo es un derecho o si por el contrario tiene naturaleza fáctica, es decir, es un hecho

2. El del tratamiento procesal del Derecho Extranjero; es decir, si corresponde su aplicación de oficio, o si solo debe ser judicialmente aplicado

Finalmente para la decisión de un asunto controvertido, el Juez puede encontrarse ante la aplicación de una ley extranjera.

NATURALEZA DEL DERECHO EXTRANJERO

A.- Teoría Normativista o Jurídica;

- La teoría normativista, consideran al Derecho extranjero como ordenamiento normativo, o sea es un derecho; y, que para su aplicación, se debe incorporarlo al ordenamiento nacional

1) Tesis de la Extranjería del Derecho Extranjero;

- La tesis de la extranjería, considera que el Derecho extranjero no pierde su naturaleza normativa por las circunstancia de la extraterritorialidad, por tanto, se aplica como derecho y como extranjero

2) Tesis de la incorporación, nacionalización o apropiación;

• La tesis de la incorporación, estima que el Derecho extranjero supone para su aplicación, la incorporación o inserción del mismo al sistema jurídico nacional

• Teorías Realistas o Vitalistas; concibe al Derecho extranjero como un hecho y, el fundamento de la aplicación extraterritorial se basa en la cortesía internacional

1. Tesis de la cortesía internacional; - El fundamento de la explicación extraterritorial se basa en la cortesía

2. Tesis del uso jurídico; - La norma del DIPr. señala como hecho decisivo la sentencia de fondo que con mayor grado de probabilidad dictaría el juez extranjero sobre el particular sometido a su derecho, en la hipótesis de que le hubiera tocado resolverlo

TRATAMIENTO PROCESAL DE LA APLICACION DEL DERECHO EXTRANJERO

- El tema nos enfrenta ante dos criterios perfectamente diferenciados, aplicación a instancia de parte y aplicación de oficio:

a) Sistema de aplicación a Instancia de Parte;

- Según este sistema, los Estados no se encuentran obligados a aplicar las leyes extranjeras y, si deciden hacerlo, es en virtud de la cortesía internacional. Asimismo, según esta tesis, la ley extranjera es un hecho que debe ser invocado y probado por las partes

b) Sistema de aplicación de Oficio;

- Según este sistema, se basa en el fundamento jurídico de la aplicación del Derecho extranjero; se impone al juez, la obligación de aplicar de oficio el Derecho extranjero

Se abre en Bolivia la sucesión de súbdito aleman que ha fallecido en Alemania que tiene bienes en Bolivia. El súbdito aleman tiene hijos en Alemania y Bolivia.

Si el hijo alemán no solicita que se aplique la norma indirecta, en la sucesión por ser el último domicilio (ley alemana), el juez no está obligado a fijarse en la norma indirecta. El hijo alemán deberá probar e invocar la ley alemana

NORMATIVA CONVENCIONAL INTERNACIONAL

A.- Tratado de Montevideo, 1889 y 1940;

- Art., 2 del Protocolo Adicional,

- Establece que las leyes

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