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APLICACION LEY DE CONTRATACIONES


Enviado por   •  25 de Junio de 2014  •  1.602 Palabras (7 Páginas)  •  235 Visitas

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Liquidación de Sociedades.

Se entiende por liquidación de una sociedad, la terminación de sus actividades mercantiles, la realización de sus activos, para pagar la totalidad de sus pasivos y finalmente la distribución del remanente entre sus socios.

La decisión de liquidar una sociedad puede deberse a las siguientes causas:

Cumplimiento del propósito para el cual fue formada la sociedad.

Incapacidad de la sociedad para producir ganancias y pagar sus deudas cuando vence el tiempo acordado.

Desacuerdo interno entre los socios.

Quiebra definitiva de la sociedad.

Un negocio que no pueda pagar sus obligaciones cuando están se vencen, pueden incurrir los siguientes procedimientos:

Procedimientos extra judiciales.

Prorrogas en los términos de pagos.

Quita voluntaria.

Sección voluntaria.

Procedimientos judiciales.

Administración judicial.

Procedimientos bajo la ley como son: liquidación, reorganización, y los convenios.

Sin que importe la razón por la cual se disuelve una sociedad, el procedimiento de liquidación exige lo siguiente:

Un estado de liquidación el cual revela la situación financiera de un negocio insolvente.

Todos los activos se convierten en activos.

Que se pague a todos los acreedores de la sociedad.

El efectivo restante se paga entre los socios.

Las empresas en liquidación mientras no ejecuta su liquidación final continúan sujetas a disposiciones de la ley.

Los administradores o gerentes harán entrega a los liquidadores de todos los bienes, libros y documentos, mediante el inventario que deberá contener el activo y el pasivo atribuible a los liquidadores:

Concluir las operaciones que hubieran quedado pendientes

Perseguir el cobro de los créditos

Vender los bienes

Liquidar a cada socio

Practicar el balance final de liquidación, el será sometido a aprobación de los socios.

Liquidación de una empresa por decisión de los dueños:

1. La Quiebra:

Es un proceso de ejecución general que tiene por objeto realizar el patrimonio de un deudor comerciante que sobresee el pago de sus obligaciones de un modo definitivo, a fin de repartir el importe entre sus acreedores en proporción a sus créditos.

2. Convenio en la quiebra:

Es un acto de voluntad por medio del cual las partes (deudor y acreedor) se ponen de acuerdo en determinadas condiciones para suspender o cesar el procedimiento de quiebra. El tribunal lo sanciona, homologando y dándole relevancia jurídica. Necesariamente el tribunal tiene que intervenir.

Disuelta la sociedad, dice el artículo 234 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, se pondrá en liquidación. La liquidación constituye la fase final del estado de disolución.

Pasos para realizar la liquidación de la empresa:

1) Luego que se ha decidido la liquidación de la sociedad, se nombrará un liquidador.

2) Informar al tribunal de comercio de la situación.

3) Se suspenderán todas las operaciones y se procede al levante de inventario de todos los bienes.

4) Se realizaran los activos, a precios de la demanda en el mercado.

5) Se cancelaran todas las deudas en su orden de prioridad legales.

6) Se repartirá el remanente a todos los socios entre sus capitales aportados.

Por ser declarada insolvente:

Incapacidad de pagar las deudas. Una empresa deviene en insolvente cuando no puede hacer frente al pago de sus obligaciones en los correspondientes vencimientos. Existen, sin embargo, diferentes tipos o grados de insolvencia.

Se denomina insolvencia técnica o suspensión de pagos a aquella situación en la que, aun siendo el activo superior al pasivo, la empresa no puede hacer frente al pago de sus deudas por falta de liquidez. Cuando además de sobreseer o cesar en el pago de sus obligaciones

Los pasivo es superior los activo y, por consiguiente, el neto patrimonial negativo, se dice que la empresas halla en la situación de insolvencia económica o quiebra técnica. Al igual que ocurre con la suspensión de pagos, para que exista quiebra legal o simplemente quiebra, ésta habrá de ser declarada formalmente por una autoridad judicial competente, a instancia del propio empresario o por solicitud fundada de un acreedor legítimo, de acuerdo con el correspondiente procedimiento. Mientras que la quiebra supone la muerte o desaparición de la empresa, esto es, su liquidación, promedio del procedimiento de la suspensión de pagos lo que se trata de evitar es precisamente la desaparición definitiva de la empresa, haciendo que ésta y los acreedores lleguen a algún tipo de acuerdo, consistente normalmente en aplazamiento o moratoria para el pago de sus deudas, en una quita o rebaja de las mismas, o en ambas cosas a la vez

Tipos de Quiebras:

1) Quiebra fortuita:

La quiebra fortuita es conocida como la insolvencia fortuita, basándose en el hecho de que pueden incurrir hechos inesperados que pueden afectar la totalidad en parte de su capital y bienes. Por lo consiguiente en esta quiebra existen penalidades para los culpables, lo que también se denominaría quiebra casual.

2) Quiebra culpable:

Es aquella Originada por actos dolosos del comerciante, en perjuicio de sus acreedores

Es una quiebra que se produce por los gestores de la empresa, y se da por las razones siguientes:

Gastos excesivos con relación a la liquidez

Cuando se vendan los bienes fiado a perdida, por lo menos el dinero estimado.

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