Act Integradora
Enviado por barbiie1708 • 28 de Mayo de 2012 • 2.435 Palabras (10 Páginas) • 878 Visitas
• Formación profesional.
o Conocimiento y habilidades técnicas
o Competencia profesional
o Preparación y formación continúa art. 11, art
• Aspectos éticos
o Responsabilidad
o Honestidad
o Ética profesional
o Prestar servicio a la sociedad
o Rechazo a tareas fuera de la moral
o Respeto
o Calidad profesional en el trabajo
• Ejercicio profesional
o Documentos requeridos oficialmente
o Retribución económica
TÍTULO CUARTO
DE LA FORMACIÓN Y DEL EJERCICIO PROFESIONAL
Capítulo I
De la Planeación
Artículo 11. La planeación de la formación y del ejercicio profesional,
impulsarán la producción y difusión del conocimiento, así como su
aplicación al bienestar social y a la producción económica, buscando
favorecer la generación de empleos, la mejor estructura del aparato
productivo y la ocupación de los profesionistas.
La planeación de la formación y del ejercicio profesional atenderá a la
ocupación de los profesionistas en sus áreas de conocimiento.
Artículo 12. La planeación de la formación y del ejercicio profesional
es la estructuración racional y sistemática de las políticas del Estado
y la inducción de las acciones públicas y privadas para lograr:
I. La distribución social de los conocimientos y las tecnologías
que se derivan del propio ejercicio profesional, como elementos de bienestar
de la población, de transformación racional de la naturaleza y del uso
inteligente, equilibrado y juicioso de los recursos, en el marco ético-ecológico
como base para el desarrollo económico y social del país;
II. La identificación de las demandas sociales y productivas que
deben ser cubiertas por los servicios profesionales, a fin de alcanzar el
equilibrio entre éstas, la formación y la distribución de los profesionistas;
III. La vinculación estrecha y racional del ejercicio profesional con
la formación de profesionistas, para que responda a las necesidades sociales
y productivas;
IV. La participación creciente de los profesionistas en el avance
científico nacional y en el mundial, para transformar esos conocimientos en
aplicaciones útiles a la Nación;
V. El desarrollo de la capacidad de los cuadros científicos y
técnicos mediante la elevación sistemática del nivel de desempeño de los
profesionistas y el aumento de la calidad de los servicios profesionales;
17 VI. El impulso a las oportunidades de los profesionistas a fin de
incrementar su autodefinición, su autogestión y su autorregulación, como
medios para la profesionalización que contribuya con mayor calidad y
continuidad al progreso de la Nación;
VII. El apoyo de los profesionistas en la aplicación de acciones
continuas que eleven la capacidad de la micro, pequeña y mediana empresas
para innovar, adaptar, usar y difundir los avances tecnológicos;
VIII. La coordinación para adquirir y crear respuestas útiles e
inmediatas a necesidades productivas, así como la concurrencia de fondos
públicos y privados a la investigación y desarrollo;
IX. La orientación de la ciencia y la tecnología que aplican los
profesionistas hacia la satisfacción de las demandas sociales, impulsando una
mayor interrelación de los centros de investigación con los sectores
productivos y de servicios;
X. La participación sistemática de los profesionistas en la
educación, la capacitación y el desarrollo de la infraestructura tecnológica;
XI. La enseñanza de la ciencia y la técnica para que fomente, en
todos los niveles educativos, el desarrollo del sentido de la investigación, la
innovación y las aplicaciones que mejoren la calidad de vida de la población.
XII. La actualización y capacitación continuas impulsadas por los
Colegios de profesionistas.
Artículo 13. La planeación de la formación y del ejercicio profesional
considerará los programas siguientes: desarrollo de la calidad de la
educación, desarrollo de la ciencia y la tecnología, vinculación de la
técnica con la micro, pequeña y mediana empresas y sistematización
de la actualización y la capacitación profesionales. Los Colegios de
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