Adagios juridicos. Expresiones con A
sonia458 de Septiembre de 2014
726 Palabras (3 Páginas)589 Visitas
EXPRESIONES CON A
A contrario sensu.- interpretación en sentido contrario (A.G.)
A fortiori.- Argumento por razón del más fuerte.
Agere non valenti non currit praescriptio.- No corre la prescripción contra quien no tiene virtud (está legitimado) para actuar
A limine litis.- Expresión latina que significa la inadmisión de una demanda por carecer de los requisitos legales o adolecer de defectos formales.
A maiori ad minus.- Argumento de mayor a menor
a mensa et toro: divorcio vincular
A minori ad maius.-Argumento de menor a mayor
A non domino.-Argumento del que no es propietario
A pari.- Argumento fundado en razones de semejanza e igualdad
A posteriori.- Argumento según las consecuencias
A priori.- Argumento de lo que precede
A quo.- De quien
Ab absurdo, ab absurdum .- Por lo absurdo (Alejandro Garzo)
Ab contraris.- Por los contrarios (A.G.)
Ab initio.- Desde el principio
Ab intestato.- Sin haber hecho testamento. 2.-Sucesión hereditaria regulada por la ley cuando una persona fallece sin testamento válido. 3.- Procedimiento para distribuir los bienes de esa persona
ab irato: airadamente.
Ab origine.- Desde el origen (A.G.)
Ab ovo.- Desde el huevo (A.G.)
Ab uno disce omnes.- Por uno solo conoce a los demás (A.G.)
Ab utraque parte.-De una parte y de la otra
Aberratio ictus: cuando lo ocurrido no concuerda con lo pensado
abiuratio: negación jurada de la tenencia o débito de una cosa
Abusus non tollit usum. El abuso no quita el uso (A.G.)
Abusus non usus, sed corruptela.- El abuso no es uso, es corruptela
Accesorium non ducit, sed sequitur suum principalei.- Lo accesorio sigue la suerte de lo principal
Accesorium sequitur principale: Lo accesorio depende de lo principal y sigue la suerte de éste.
acceptilatio: extinción de una obligación nacida de stipulatio.
accessio: modo de adquisición de la propiedad.
accessio possessionis: facultad del sucesor a título particular.
accessoritum cedit principali: lo accesorio sigue a lo principal.
acessorium sequitur principale: las cosas accesorias deben sacrificarse y seguir el destino de las principales.
Accipiens: sujeto que recibe el pago.
Actio: medio jurídico utilizado por el particular para poder entrar en un proceso determinado con el fin de proteger sus intereses.
Acta publica probanti se ipsa.- Los instrumentos públicos se prueban por sí mismos
Actio ad exhibendum.- Facultad que tiene todo el que pretende entablar demanda sobre una cosa mueble, de pedir a su poseedor que se la muestre con el fin de identificarla debidamente.
Actio aestimatoria.-La que corresponde al comprador para exigir del vendedor una rebaja del precio cuando la cosa vendida adolece de vicios o defectos ocultos
Actio aquae pluviae arcendae: acción por la que el que varió el curso natural de las aguas, causando daño al demandante, ha de volver éstas a su curso normal.
actio auctoritatis: acción en virtud de la cual el enajenante, que en realidad no era propietario de la cosa, en una mancipatio, había de pagar el doble del valor de esta al demandante y adquirente, si este había perdido la cosa por la reivindicación del verdadero dueño.
actio capitalis: acción penal en virtud de la cual se pide la imposición de un castigo corporal a un esclavo.
actio certae creditae pecuniae: acción concedida al acreedor para reclamar al deudor una determinada cantidad dada a título de prestamo.
actio communi dividundo: Procedimiento para la división de la propiedad.
actio comodati: Acción concedida al comodante para exigir la devolución del objeto del contrato en la forma convenida.
actio conducti: Acción de buena
...