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Codigo Civil I


Enviado por   •  28 de Enero de 2015  •  765 Palabras (4 Páginas)  •  191 Visitas

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SEGUNDO BIMESTRE

Dentro del matrimonio no es necesario guardarse fe entre los cónyuges. F

La residencia de los cónyuges la fijará el Director del Registro Civil cuando celebre el matrimonio civil. F

Los derechos y obligaciones de los cónyuges se mantienen de igual forma luego de disolverse el matrimonio. F

Si una pareja de esposos se casó en México y luego deciden domiciliarse en Ecuador, se genera la sociedad de bienes en el Ecuador, sin haberlo establecido en México. F

La administración ordinaria de la sociedad conyugal le corresponde únicamente al esposo. F

El esposo no necesita autorización de su esposa para disponer de sus bienes adquiridos por acto testamentario. V

Puede el cónyuge administrador de la sociedad conyugal autorizar a su cónyuge para realizar actos sobre un negocio determinado. V

El cónyuge menor de 18 años necesita de curador para administrar la sociedad conyugal.v

Las convenciones que realizan los esposos durante el matrimonio sobre bienes, donaciones, concesiones se llaman capitulaciones matrimoniales.

Las capitulaciones matrimoniales son otorgadas a través de escritura pública. V

En las capitulaciones matrimoniales se hará constar los bienes que por reglas generales no ingresarían a la sociedad conyugal. V

La sociedad conyugal no se establece por el simple hecho del matrimonio. F

Los frutos, réditos, pensiones, intereses y lucro de cualquier naturaleza que provengan de los bienes sociales conforman el haber de la sociedad conyugal. V

El derecho de usufructo que se consolida con la propiedad que pertenece al mismo cónyuge corresponde a la sociedad conyugal. F

Las cargas y reparaciones usufructuarias de los bienes sociales o de cada cónyuge corresponden al pasivo de la sociedad conyugal. V

La ausencia por más de tres años del cónyuge que administra la sociedad conyugal no le habilita al otro cónyuge realizar la administración sino a un curador especial designado por el Juez de lo Civil. F

La sociedad conyugal se disuelve por la declaración de nulidad del matrimonio. V

Disuelta la sociedad conyugal los herederos mayores de edad pueden renunciar los gananciales a los que tuvieran derecho. V

Se denomina donaciones por causa de matrimonio a las que el esposo le hace al otro antes de celebrarse el matrimonio y en consideración a él. V

Los cónyuges pueden realizar contratos de mandato entre sí. V

Se denomina unión de hecho a una relación esporádica entre un hombre y una mujer. F

La unión de hecho termina por mutuo consentimiento de los convivientes a través de instrumento público. V

Uno

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