Comparación de rastros odoríferos

Dai CmntyInforme31 de Mayo de 2026

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Protocolo Unificado de Actuación para la

Recolección y Comparación de Rastros

Odoríferos

Secretaría de Lucha contra el Narcotráfico y la Criminalidad Organizada

Subsecretaría de Investigación Criminal

Dirección Nacional de Investigaciones de Delitos FederalesProtocolo Unificado de Actuación para la Recolección y

Comparación de Rastros Odoríferos | 1

Autoridades

| Ministerio de Seguridad Nacional

Ministra de Seguridad Nacional

Dra. Patricia BULLRICH

Secretario de Lucha contra el Narcotráfico y la Criminalidad Organizada

Mag. Martín VERRIER

Subsecretario de Investigación Criminal

Dr. Marcelo ROMERO

Director Nacional de Investigaciones de Delitos Federales

Dr. Pablo ARGIBAY MOLINAProtocolo Unificado de Actuación para la Recolección y

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Índice

Autoridades ............................................................................................................................................ 1

Introducción ........................................................................................................................................... 3

Objetivo .................................................................................................................................................. 3

Capítulo I - Conceptos Generales ......................................................................................................... 3

Capítulo II – Competencias................................................................................................................... 6

Capítulo III - Levantamiento de la Huella Odorífera......................................................................... 7

❖ Nociones generales ................................................................................................................. 7

❖ Consideraciones generales para el levantamiento ................................................................... 9

❖ Levantamientos de rastros odoríficos dúbitos ....................................................................... 10

Capítulo IV - Obtención de Olores Indubitados y Testigos ............................................................. 13

Capítulo V - Cadena de Custodia ....................................................................................................... 15

Capítulo VI - Análisis Odorológico .................................................................................................... 17

Agradecimientos y Colaboraciones .................................................................................................... 20

Anexo Bibliográfico ............................................................................................................................. 22Protocolo Unificado de Actuación para la Recolección y

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Introducción

La “odorología forense” es definida como la técnica que identifica el olor humano existente en

objetos, estructuras, personas o cadáveres vinculados a una investigación criminal mediante el

empleo de Equipos Cinotécnicos compuestos por canes adiestrados y operadores cinotécnicos

instruidos. Este recurso investigativo desarrollado en laboratorios controlados se cimienta en la

posibilidad de colectar las huellas olorosas humanas con el fin de vincular a los individuos con

un elemento o un lugar determinado.

La técnica empleada en esta disciplina ha ido perfeccionándose a través del tiempo, lo que

permitió su incorporación progresiva en los laboratorios policiales más prestigiosos del mundo

que alcanzaron también a nuestro País que, en los últimos años, viene trabajado en la formación

de Equipos Cinotécnicos especializados, los cuales han tenido participación en diversas

investigaciones complejas y de trascendencia pública.

Por lo cual, resulta indispensable que su implementación quede encuadrada dentro de

procedimientos estandarizados y comprobados en el ámbito científico que permitan la

obtención de resultados eficientes que garanticen el aporte de prueba fiable en el marco de

cualquier investigación judicial.

Objetivo

Este protocolo define los procedimientos adecuados para la especialidad que van desde el

levantamiento de posibles rastros de olores en el lugar del hecho hasta el análisis comparativo

en el laboratorio odorológico a fin de aplicar la metodología de línea de exploración (Line up),

lo cual permitirá vincular a un individuo conocido con un elemento o espacio determinado a

través de indicios objetivos incorporados a la pesquisa.

Capítulo I - Conceptos Generales

1.1.

ODOROTIPO: Combinación de compuestos orgánicos volátiles, producto de la

secreción de las glándulas epidérmicas y otros procesos metabólicos exteriorizados por el

cuerpo humano, los cuales originan diferentes tipos y combinaciones únicos para cada

individuo.Protocolo Unificado de Actuación para la Recolección y

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1.2. COMPUESTOS ORGÁNICOS VOLÁTILES (COV): emanaciones imperceptibles por los

sentidos humanos, producidas principalmente por células y flora bacteriana presentes en el

extracto córneo, distinguibles para un can adiestrado en odorología forense.

1.3. HUELLA o RASTRO DE OLOR / OLOROSO /ODORÍFERO: conjunto de trazas

constituidas por COV presentes en objetos, estructuras, personas y/o cadáveres vinculados a

una investigación judicial que pueden ser objeto de levantamiento y posterior identificación a

través del análisis odorológico.

1.4. LEVANTAMIENTO DE HUELLA DE OLOR: es la acción de extraer una posible huella

odorífera de un elemento, individuo o espacio objeto de examen técnico pericial, para poder

trasladarla al banco de olor y poder someterla, finalmente, al análisis odorológico. Estos

levantamientos pueden clasificarse como:

1.4.1. LEVANTAMIENTO DIRECTO: es el procedimiento a través del cual el objeto o

estructura que porta el posible rastro de olor es colectado en su totalidad o en parte, para

luego remitirlo y resguardarlo en el banco de olor.

1.4.2. LEVANTAMIENTO INDIRECTO: es el procedimiento que tiene por objetivo

transferir a un soporte adecuado (ej. gasas, hisopos) el posible rastro de olor depositado

sobre la superficie de objetos, estructuras, personas y/o cadáveres vinculados a una

investigación.

1.4.3. LEVANTAMIENTO INSTRUMENTAL: es el procedimiento de levantamiento

de posible rastro de olor existente en objetos, estructuras, personas y/o cadáveres

vinculados a una investigación, con el empleo de equipamientos y tecnologías específicas

(ej. Unidad de Transferencia de Olores Humanos - Scent Transfer Unit) siguiendo las

instrucciones de los fabricantes para su utilización.

1.5. ANÁLISIS ODOROLÓGICO: es el procedimiento a través del cual los canes adiestrados

registran y comparan el olor dubitado con los olores indubitados y testigos obtenidos para la

diligencia con el objeto de determinar correspondencia entre los olores dúbito-indubitados.

1.5.1. OLOR DUBITADO (O.D.): es aquella posible huella/rastro de olor colectado o

contenido en los objetos, estructuras, personas y/o cadáveres vinculados a la

investigación, sobre el cual no se tiene certeza del origen o procedencia.Protocolo Unificado de Actuación para la Recolección y

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1.5.2. OLOR INDUBITADO (O.I.): es el odorotipo obtenido de persona/s conocida/s y

relacionada/s con la investigación judicial (ej., sospechoso, imputado, víctima, etc.) cuyo

fin es someterlo al análisis odorológico confrontando el mismo con el olor dubitado.

1.5.3. OLOR TESTIGO (O.T.): es el odorotipo obtenido de persona/s ajena/s a la

investigación con el objeto de integrar la línea de exploración al momento de realizar el

análisis odorológico o utilizarlas como olor de control (O.C.) antes de iniciar dicho

análisis.

1.5.4. OLOR DE CONTROL (O.C.): muestras de olor testigo sometidas al

reconocimiento del can adiestrado de manera previa al inicio del análisis odorológico a

efectos de constatar el desempeño del Equipo Cinotécnico.

1.6. EQUIPO CINOTÉCNICO: binomio conformado por el can adiestrado para el

reconocimiento y la discriminación de odorotipos y el operador cinotécnico capacitado en

odorología forense que conduce e interpreta las marcaciones realizadas por el animal.

1.7. BANCO DE OLOR: es el recinto donde se almacenan transitoriamente los objetos,

estructuras, fragmentos, gasas, hisopos o cualquier otro elemento portante de huellas odoríferas,

muestras de olor indúbitas o testigos, y que reúne determinadas características edilicias,

ambientales y de seguridad.

1.8. SALA DE PERICIA: es el recinto con características edilicias y ambientales adecuadas,

donde se dispone la línea de exploración y se lleva a cabo el análisis odorológico por medio de

los Equipos Cinotécnicos especializados en odorología forense.

1.9. LÍNEA DE EXPLORACIÓN: es el emplazamiento lineal de los recipientes contenedores

...

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