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Confiscacion Y Decomiso


Enviado por   •  15 de Agosto de 2013  •  545 Palabras (3 Páginas)  •  426 Visitas

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Hace algunos meses que en Bolivia se discute en diferentes escenarios el tema de la confiscación de bienes a narcotraficantes y personas que tengan que ver con este delito. En este sentido, se tiene elaborado el proyecto de Ley de Extinción de Dominio de Bienes a Favor del Estado, que en el último tramo del 2012 originó diferencias de concepción entre la expresidenta de la Cámara de Diputados, Rebeca Delgado, y el ministro de Gobierno, Carlos Romero.

Por otra parte, el documento provocó el rechazo de sectores de comerciantes, contrabandistas, transportistas y otros, que vieron en la propuesta un mecanismo perjudicial para sus intereses, interpretando que sus pertenencias podrían ser afectadas si se promulga la ley; debido a esta presión sectorial, el presidente del Estado, Evo Morales, dispuso en noviembre último que el anteproyecto sea sometido al control de constitucionalidad en el Tribunal Constitucional Plurinacional, de donde todavía no se conoce resultados.

La parte central de propuesta hace referencia a que las personas que sean sorprendidas en actos relacionados con el narcotráfico tienen pocos días para demostrar la posesión legal de sus bienes, caso contrario, éstos pasarán de manera inmediata a poder del Estado, que se ocupará de definir un destino. Este tipo de normas ya existen en varios países, incluso en Bolivia de acuerdo a la Ley 1008 del Régimen de la coca y sustancias controladas, del 19 de julio 1988, que en su artículo 71, de confiscación de bienes, señala que entre otras sanciones también se impondrá la confiscación a favor del Estado de las tierras donde se fabriquen sustancias controladas y cultiven plantas especificadas prohibidas en esa ley, que las tierras fiscales dadas por dotación se revertirán al Estado, además se confiscará inmuebles, muebles, enseres, armas, dineros y valores, medios de transporte, equipos, materias primas y laboratorios y cualquier medio que haya servido para elaborar, procesar, fabricar y transportar sustancias controladas; los aviones, avionetas, helicópteros y material de vuelo y las embarcaciones fluviales, lacustres y material de navegación a favor de las Fuerzas Armadas. Los artículos 103, 104 y 119 señalan otras determinaciones al respecto, lo mismo que en acápites del Reglamento de la Ley 1008.

Sin embargo, desde la aplicación de estas sanciones hubo bastantes problemas debido a la corrupción y enriquecimiento ilícito de funcionarios encargados de incautaciones, custodia y administración de bienes incautados hasta que sean entregados a destino final o devueltos a los propietarios que demostraban su legalidad, si es que lo lograban. Tal vez este antecedente es el más funesto para que esas organizaciones demuestren su rechazo a la intención de aprobar ese documento como nueva norma.

En todo caso, el foro “Extinción de dominio: Herramienta eficaz en la lucha contra el crimen organizado”, que es anunciado para este jueves y viernes en La Paz, servirá para el análisis de esta materia, pues en él participarán representantes de instancias estatales de Bolivia, Brasil, Perú y Colombia y expertos de la onu. De ahí deberá salir algo que sirva para hacer eco en el país sobre las incautaciones, pues, entre otras cosas, el Estado debe garantizar que esta acción sea aplicada sin que medie la corrupción, además que se sea apropiada; por otra parte, en los sectores que mantienen su rechazo deberá trascender que “quien nada tiene, nada teme”.

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