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La ley de decomiso


Enviado por   •  30 de Noviembre de 2013  •  Trabajos  •  1.237 Palabras (5 Páginas)  •  386 Visitas

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DECOMISO

ANTECEDENTES

A) LEY DE MOISES - “DEODAND”

Desde la ley de Moisés, en el “deodand”, se podría encontrar el antecedente más remoto del decomiso. En efecto, esta institución implicaba el sacrificio u ofrenda a una deidad en señal de expiación; por ejemplo, si un toro embestía a una persona y la mataba, su propietario lo perdía, con lo cual este se liberaba de culpa ante los ojos de Dios, es decir, se daba una privación de la cosa como medio de liberar de la responsabilidad en la que se había incurrido. No obstante lo anterior, como se explicara más adelante, en el siglo XVI, en Inglaterra, el Derecho Común desvirtuara la institución de “deodand” para llevarla a consecuencias absurdas, como el hecho de que el objeto con el que se perpetraba el delito era encausado, independientemente de la inocencia o culpabilidad del dueño, lo que llevaba a decomisar, por ejemplo, el vehículo de una persona inocente por el hecho de instituirse un procedimiento “in rem” contra dicho vehículo.

B) DERECHO ROMANO

El derecho romano, “Commissum” equivalía a “Confiscatio”, es decir, se trataba de una verdadera pena que afectaba el patrimonio entero del reo y se aplicaba a los proscritos y a los condenados por crímenes ajenos a la policía. Era una forma de adquisición para el Estado per universitatem, es decir, adquiría una universalidad de derecho, lo cual significa que hacia suyo todo un patrimonio, todo un lazo jurídico y virtual de los bienes que lo conforman, sin que se consideren en lo individual sino en masa.

La confiscación “Tuvo su origen en la Roma con la palabra latina “confisatio”, a su vez derivada de “fiscus” con la que se designaba, primero una canasta destinada a contener dinero y posteriormente al Tesoro Imperial. En el último siglo de la Republica Romana, Lucio Cornelio Sila la aplico en su significación actual, como un sistema de castigo y persecución política a los proseritos” a quienes previamente se declaraba fuera de la ley y privados de todo sus derechos políticos y civiles”

C) EDAD MEDIA

Durante la Edad Media la confiscación seguía aplicándose, ahora a los excomulgados, con la conformidad de la Iglesia, Es de observarse que en aquellos tiempos el poder se encontraba disperso en pequeñas unidades territoriales denominadas feudos, motivo por el cual la Iglesia encontró una hegemonía sin límites al concentrar su poder frente al pequeño núcleo y ello lleva a explicar su influencia en relación con la confiscación que se decretaba contra quienes había sido excomulgados.

D) MÉXICO

Ya en el siglo XIX, a partir del año de 1810 México iniciaba su guerra de independencia que culminaría en 1821. Se vendrían gestando una serie de acontecimientos políticos y sociales que influirían en nuestra legislación hasta culminar con el artículo 22 de la constitución política de los Estados Unidos Mexicanos, vigente a partir de 1917.

1.- Primer antecedente. “Elementos constitucionales” en 1811 por Ignacio Rayón, en su punto 27 disponía que “Toda persona que haya sido perjura a la Nación, sin perjucio de la pena que se le aplique, se declara infame y sus bienes pertenecientes a la Nación”

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2.- Segundo antecedente. “Constitución Política de la Monarquía Española”, promulga en Cadiz el 19 de marzo de 1812, establece que “Solo se hará embargo de bienes cuando se proceda por delitos que lleven consigo responsabilidad pecuniaria, y en proporción a la cantidad a que esta puede extenderse”.

3.- Tercer antecedente. “Reglamento Provisional Político del Imperio Mexicano” el 18 de diciembre del 1822; en su artículo 75 se manifiesta que “No se hará embargo de bienes, sino cuando el delito induzca responsabilidad pecuniaria y solo en proporción a la cantidad a que debe extenderse”.

(mas de 19 antecedentes, el ultimo fue la Reforma de 1999, adicionando con un tercer párrafo.

CLASIDICACION

A) Decomiso Penal

En el Derecho Penal Mexicano, el decomiso se puede definir como la pena accesoria, por virtud de la cual, sin mediar indemnización, instrumentos, objetos y productos del delito son privados de la propiedad

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