Convenio General de la Industria Química
evasevaTarea27 de Junio de 2021
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El Convenio Colectivo elegido es el XX Convenio General de la Industria Química publicado el 8 de agosto del 2018 en el BOE. En él, se clasifican los puestos de trabajos en distintos grupos profesionales y para ello se utilizan cinco criterios que son:
Conocimientos: Además de la formación básica necesaria para poder cumplir el cometido, el grado de conocimiento y la experiencia adquiridos, así como la dificultad en la adquisición de dichos conocimientos o experiencias.
Iniciativa/ Autonomía: Se tiene en cuenta la mayor o menor dependencia a directrices o normas y la mayor o menor subordinación en el desempeño de la función que se desarrolle. Comprende tanto la necesidad de detectar problemas como la de improvisar soluciones a los mismos.
Complejidad: Cuya valoración depende del mayor o menor número, así como del mayor o menor grado de integración de los restantes criterios enumerados en la tarea o puesto encomendado. Se valoran la dificultad en el trabajo, las habilidades especiales que se requieren en determinados trabajos y el ambiente de trabajo bajo las que debe efectuarse el trabajo.
Responsabilidad: Se tiene en cuenta el grado de autonomía de acción del titular de la función y el grado de influencia sobre los resultados e importancia de las consecuencias de la gestión. Este criterio abarca la responsabilidad sobre la gestión y los resultados y la capacidad de interrelación asumida por el ocupante del puesto sobre contactos oficiales con otras personas, de dentro y de fuera de la empresa.
Mando: Es el conjunto de tareas de planificación, organización, control y dirección de las actividades de otros, asignadas por la Dirección de la Empresa, que requieren de los conocimientos necesarios para comprender, motivar y desarrollar a las personas que dependen jerárquicamente del puesto. Para ello se tiene en cuenta la capacidad de ordenación de tareas, las características del equipo de trabajo y el número de personas a cargo.
A partir de estos criterios, se crean nueve grupos profesionales que son:
Grupo profesional 0: Los trabajadores de este grupo planifican, dirigen, coordinan y controlan las actividades propias del desenvolvimiento de la empresa. Es la alta dirección.
Grupo profesional 1: Operaciones que se ejecuten según instrucciones concretas, claramente establecidas, con un alto grado de dependencia, que requieren esfuerzo o atención que no necesitan de formación específica. Categorías profesionales: Actividades manuales en acondicionado y/o envasado, operaciones elementales de máquinas sencillas, entendiendo por tales aquellas que no requieren adiestramiento y conocimientos específicos, operaciones de limpieza, aun utilizando maquinaria a tal efecto, tareas que consisten en efectuar recados, encargos, transporte manual, llevar o recoger correspondencia.
Grupo Profesional 2: Se recogen aquellos cuyas funciones consisten en operaciones realizadas siguiendo un método de trabajo preciso y concreto, con alto grado de supervisión, que normalmente exigen conocimientos profesionales de carácter elemental. Categorías profesionales que se incluyen en este grupo: actividades auxiliares en proceso de elaboración de productos, incluyendo vigilancia de maquinaria, actividades operatorias en acondicionado y/o envasado con regulación y puesta a punto en procesos elementales, tareas auxiliares en cocina y comedor, tareas de albañilería, carpintería, electricidad, mecánica, pintura, etc.; actividades elementales de laboratorio: preparación de material de análisis y muestras, limpieza y ayuda a las taras de análisis; funciones de portería-consejería; trabajos elementales en tareas de administración; labores de embalaje y etiquetado.
Grupo Profesional 3: Aquellos cuyas funciones consisten en la ejecución de operaciones que, aun cuando se realicen bajo instrucciones precisas, requieren adecuados conocimientos profesionales y aptitudes prácticas y cuya responsabilidad está limitada por una supervisión directa y sistemática. Categorías profesionales: operario de albañilería, electricidad, carpintería, pintura, mecánica, uso del torno, fresadora, etc; tareas administrativas que requieran algún grado de iniciativa; conductores con permiso de Clase B; telefonista – recepcionista; funciones de pago y cobro a domicilio; tareas de lectura, anotación, vigilancia y regulación bajo instrucciones detalladas de los procesos industriales o del suministro de servicios generales de fabricación; trabajos de redacción de correspondencia según instrucciones; actividades de almacén; tareas de transporte y paletización, realizados con elementos mecánicos.
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