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Criminologia

alejua1 de Septiembre de 2014

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Definición de Criminología

"Ciencia empírica e interdisciplinaria que se ocupa del crimen, del delincuente, de la víctima y del control social del comportamiento desviado."

Antonio García-Pablos de Molina.

Criminología: La Criminología puede definirse como la disciplina científica que tiene por objeto el estudio de los factores del delito, de las conductas desviadas relacionadas con él, del delincuente y de su víctima.

La Criminología es una Ciencia. Aporta una información válida, fiable y contrastada sobre el problema criminal; información obtenida gracias a un método (empírico) que descansa en el análisis y observación de la realidad. En consecuencia, la cientificidad de la Criminología solo significa que esta disciplina, por el método que utiliza, está en condiciones de ofrecer una información viable y fiable (no refutada) sobre el complejo problema del crimen, insertando los numerosos y fragmentarios datos obtenidos del examen de éste en un marco teórico definido. es una ciencia Causal-Explicativa, Empírica e Interdisciplinaria,

La Criminología adquirió autonomía y rango de ciencia cuando el Positivismo generalizó el empleo del Método Empírico, esto es, cuando el análisis, la observación, y la inducción sustituyeron a la especulación y el silogismo, superando el razonamiento abstracto, formal y deductivo del mundo clásico. Someter la imaginación a la observación y los fenómenos sociales a las leyes implacables de la naturaleza era una de las virtudes según Comte, del método positivo, del método empírico.

Diferencias de la Criminología con otras ciencias

Criminología y Derecho

La Criminología es una ciencia del "ser", Empírica; el derecho, una ciencia cultural del "deber ser".

Criminología y Criminalística

De manera fácil y con un criterio de practicidad se puede captar la gran diferencia existente entre la criminalística y la criminología, así la primera se ocupa fundamentalmente del “como” y “quien” del delito; mientras que en la segunda profundiza más en su estudio y se plantea la interrogante del “por que” del delito.

En Criminalística siempre se estudiarán hechos concretos; se verificará científicamente el delito y el delincuente, se identificará alguna persona, objeto o materia, pero nunca se estudiará ni opinará sobre móviles o conductas del sujeto activo, que es campo estrictamente de la Criminología.

La Escuela Clásica

Defenderá unas ideas contrarias a la escuela positiva. Defiende ante todo la idea del hombre como un ser libre, racional e igual, defiende la idea del libre albedrío (autonomía de la voluntad), esto supone que el hombre tiene capacidad de decisión, capacidad de autodeterminación, el hombre no está sujeto a determinismos, no está sujeto a fuerzas divinas. Partiendo de esta idea, para los clásicos no hay diferencias entre el hombre delincuente del que no lo es, el hombre elige libremente su carrera criminal.

Su objeto de estudio: prescindirá del estudio del delincuente, se centrarán en el hecho.

Postulados de la escuela clásica.

Normalidad del delincuente, no existen diferencias cualitativas entre el delincuente del que no lo és.

Irracionalidad del crimen, el crimen es un acto irracional e incomprensible y a que el hombre con su libertad y capacidad de decisión no ha sabido elegir el camino que más le convenía.

Establecen una prioridad del hecho sobre el autor, el delincuente sólo aparecerá como el sujeto activo del delito y no se le prestará mayor atención.

Explicación situacional del hecho delictivo, el crimen es consecuencia d un mal uso de la libertad, todos los ciudadanos son criminales en potencia porque todos son libres.

Tienen un enfoque reactivo del problema criminal. La aportación penológica ha sido su mayor éxito, fundamentan la legitimación y delimitación del castigo. Sacan conclusiones sobre el cuando, el cómo y el porqué se castigan los delitos.

Aportación en el ámbito de la política criminal, donde la escuela clásica sí legitima el uso sistemático del castigo como instrumento del control del crimen.

Escuela positiva.

Origen

La escuela positiva nace en el siglo XIX. Su creador fue Ezequiel Cesare Lombroso como una reacción contra la Escuela Clásica.

Concepto: Cuerpo orgánico de concepciones que estudian al delincuente, al delito y su sanción, primero en su génesis natural, y después en sus efectos jurídicos, para adaptar jurídicamente a las varias causas que lo producen los diversos remedios, que por consiguientes serán eficaces. (Ferri)

“La escuela criminal positiva no consiste únicamente, en el estudio antropológico del criminal, pues constituye una renovación completa, un cambio radical de método científico en el estudio de la patología social criminal, y de los que hay de más eficaz entre los remedios sociales y jurídicos que nos ofrece.

La ciencia de los delitos y de las penas era una exposición doctrinal de silogismos, dados a luz por la fuerza exclusiva de la fantasía lógica; nuestra escuela ha hecho de ello una ciencia de observación positiva, que, fundándose en la antropología, la psicología y la estadística criminal, y así de como el derecho penal y los estudios penitenciarios, llega ha ser la ciencia sintética que yo mismo la llamo sociología criminal, y así esta ciencia, aplicando el método positivo al estudio del delito, del delincuente y del medio, no hace otra cosa que llevar a la ciencia criminal clásica el soplo vivificador de las ultimas e irrefragables conquistas hechas por la ciencia del hombre y de la sociedad, renovada por las doctrinas evolucionistas”(Ferri)

El principal medio de difusión de esta escuela fue la revista Archivi di psichiatria, scienze penali e antropología crimínale.

Postulados

Son:

Ius puniendi. El derecho a imponer sanciones pertenece al Estado a titulo de defensa social.

Método. El método es inductivo – experimental. La escuela Positiva se caracteriza por su método científico.

Delito. El delito es un hecho de la naturaleza y debe estudiarse como un ente real, actual y existente.

Delincuente. El delincuente es aquella persona que comete delitos por influencias del medio en que vive. Busca la readaptación del delincuente. Y para estos establece los Sustitutivos Penales.

Determinismo. La voluntad del hombre no juega ninguna papel en sus actos. El hombre no tiene libre albedrío. El ser humano esta determinado a cometer delitos.

La responsabilidad penal. Sustituye la responsabilidad moral por la responsabilidad social, puesto que el hombre vive en sociedad y será responsablemente social mientras viva en sociedad. El hecho de que si no hay responsabilidad moral, no quiere decir que se pueden quedar excluido del derecho.

La Pena. El concepto de Pena se sustituye por el de sanción. La sanción va de acuerdo a la peligrosidad del criminal. Las sanciones deben durar mientras dure la peligrosidad del delincuente, y por eso son de duración indeterminada.

Proporcionalidad de la pena. Busca la proporcionalidad de la pena, no se debe castigar conforme a lo que dicen los Códigos, sino que tiene que haber Sustitutivos Penales. P.ej., menor que comete asesinato no se lo puede sancionar con 30 años de reclusión (CP, 252) antes debe estudiar sus antecedentes, las causa porque cometió tal acto, las atenuantes, etc., Antes se debe buscar su readaptación.

Substitutivos penales. Mas importante que las penas son los substitutivos penales.

Tipos de delincuentes. Acepta "tipos" criminales.

Legislación penal . La legislación penal debe estar basada en los estudios antropológicos y sociológicos.

La ley penal. La ley penal no restablece el orden jurídico, sino que tiene por misión la de combatir la criminalidad considerada como fenómeno social.

Escuela Social

Esta apoyada por el filosofo DURKHEIM, esta escuela no tiene su fundamento en el contrato sino en la dialéctica . Esta escuela tiene antecedentes en la Lyon, en especial en Lacassagne, en la cartográfica y en la de intersicologia con Tarde. Son famosas las sentencias lapidarias de Lacassagne: "Las sociedades tienen los criminales que se merecen y el medio social es el caldo del cultivo de la criminalidad mientras que el microbio es el criminal" .

Para la escuela social, el presupuesto operante es el de la desigualdad material y la división del trabajo, y no el de la igualdad del contrato.

La responsabilidad penal es individual, pero requiere una depuración de las fuerzas sociales.

Su sistema jurídico busca ante todo una justicia social y tiene un criterio político que busca la comprensión y mejoras sociales.

Tratándose del delincuente, la escuela social realiza los estudios de estos bajo un enfoque sociológico., la patología se desplaza del campo individual al social. Esta escuela introduce el estudio de la motivación en el delincuente y hace la medición punitiva con base en factores objetivos y subjetivos., desde luego la lista de factores subjetivos la amplia, y a mas de esto, no solo reconoce la atenuación punitiva derivada de ambas factores sino que llega también a admitir la exclusión de responsabilidad. La escuela social fue la primera en hacer la distinción entre lo patológico y lo no patológico, con énfasis en lo no patológico.

La clasificación de delito y delincuente, Esta escuela nos dice que es normal, quedando a salvo la anormalidad biológica y sicología del delincuente. Tiene una interpretación legal sicosociojuridica.

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