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DERECHO PENAL


Enviado por   •  19 de Enero de 2015  •  1.987 Palabras (8 Páginas)  •  267 Visitas

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Cuestiones:

1.- Si la secuencia de hechos finalizara en el momento en que José acepta el ofrecimiento efectuado por Paquita, ¿cómo calificarías la conducta de Paquita y José?. Razona la respuesta.

Si la secuencia de hechos finalizara en el momento en que José acepta el ofrecimiento efectuado por Paquita, la conducta de ambos seria calificada solo como tentativa. Se dice que la tentativa está presente cuando, con el objetivo de cometer un delito, ha comenzado alguien su ejecución por medios apropiados y no ha realizado todo lo que es necesario para la consumación del mismo.

A diferencia del Código Penal de 1924, en el que la atenuación de la pena para la tentativa tiene nada más que una aplicación facultativa, en el actual Código Penal, la benignidad anotada asume un sentido de obligatoriedad para el juzgador (artículo 16º).

Actualmente se ha previsto la impunidad de la tentativa cuando es absolutamente inidónea , ya sea por la ineficacia del medio empleado o por la impropiedad del objeto sobre el que recae la acción (artículo 17º). Es así como desaparecerá de nuestro ordenamiento jurídico la punibilidad del delito imposible (que se sustenta en la peligrosidad del autor), tanto por no existir bien jurídico alguno dañado o arriesgado, como también por la falta de alarma social.

2.- ¿Cambiaría la calificación de los hechos si lo que Paquita hubiera ideado no hubiera sido violar a Pilar, sino que José hubiera matado a la chica una vez que ella lo hubiera llevado a la habitación del hotel? (para responder esta pregunta partimos también que la secuencia de hechos acaba en el momento en que José acepta el ofrecimiento). Razona la respuesta

Sobre la base de lo expuesto en la pregunta anterior, debemos indicar que asi lo ideado por Paquita hubiera sido violar, matar o cualquier otro delito contra la libertad o vida de Pilar, la calificación de los hechos no cambiaria dado que al no concretarse permanecería igual como tentativa.

Si voluntariamente desiste el agente de continuar en la tentativa, solo incurre en pena cuando los actos ya realizados constituyan, de por si otro u otros delitos o faltas.

Si bien siempre que se comienza a actuar se entra en el ámbito de la punibilidad, aquí la persona no llega a ejecutarlo y por lo tanto se le perdona.

3.- ¿Y si en la variante del caso planteada en la pregunta 2 la oferta de Paquita se hubiera limitado a prometer la cantidad de dinero a José con el fin de matar a Pilar sin intervenir ella para nada en la ejecución de los hechos?. Se trataría en este supuesto de calificar los hechos si Paquita simplemente busca a alguien dispuesto a matar Pilar, le ofrece el dinero, y éste acepta, pero siendo el plan el de que Jose la mataría esperándola a la puerta de su casa, sin que Paquita interviniera para nada en conducirla hasta José.

Definitivamente si el delito se llegara a producir, aquí Paquita tendría posiblemente menos participación que si condujera a la victima al hotel, dado que solo interviene al prometer el dinero a Jose, y la pena atribuible en este caso seria lógicamente menor, pero en cualquiera de los tres supuestos solo queda como tentativa y al no producirse el delito, no hay responsabilidad penal.

¿Cómo calificaría los hechos, tanto por lo que hace José como a Paquita, si

1.- La violación no se lleva finalmente a cabo, aunque José ya ha atemorizado a la chica, le ha sacado parte de la ropa y lo ha tirado sobre la cama, porque cuando José quiere proceder finalmente a penetrarla vaginalmente no es capaz de hacerlo, al no conseguir tener una erección en aquella situación tan tensa.

¿Y si no lo hace porque al ver a la chica en aquella situación no puede evitar tener remordimientos?

Si voluntariamente desiste el agente de continuar en la tentativa, solo incurre en pena cuando los actos ya realizados constituyan, de por si otro u otros delitos o faltas.

Si bien siempre que se comienza a actuar se entra en el ámbito de la punibilidad, aquí la persona no llega a ejecutarlo y por lo tanto se le perdona

El primer punto en relación a esto se refiere al por que se le da esta salida al autor. Existen varias teorías. Se premia al delincuente si desiste y no realiza el hecho.

Modolell piensa que la razón es de política criminal, de conveniencia, se le deja al autor esa salida de desistir y no ser castigado. Se le castigo por lo que hasta ese momento (del desistimiento) era punible, era delito en sí mismo

El punto central del desistimiento es cuando se puede catalogar como voluntario. Si es involuntario si se castiga la tentativa.

Para determinar esto existen varias teorías:

1. La fórmula de Frank: el desistimiento es voluntario, no se castiga la tentativa, cuando el autor puede continuar el hecho pero no quiere hacerlo. Seria involuntario cuando el autor quiere continuar la ejecución pero no puede hacerlo. Es una fórmula de carácter psicológico. Tiene sentido en la teoría, en abstracto, pero en la practica presenta problemas: por ejemplo en el caso 1, el ladrón que ya abrió la puerta del carro para robárselo y escucha las sirenas de la policía a una distancia bastante larga, todavía tiene tiempo para llevarse el vehículo; podría continuar y no quiso hacerlo por razones de precaución, no se debería catalogar como voluntario porque un policía le impide realizar el hecho. Entonces se puede llega a soluciones injustas: el ladrón puede alegar que el podía llevarse el carro y no lo hizo.

2. Fórmula de carácter valorativo: Roxin pensaba que el desistimiento es voluntario cuando contradice la normalidad del delincuente. Es involuntario cuando se adecúa a dicha normalidad. ¿qué quiere decir normalidad del delincuente? El delincuente medio siempre actúa de una forma determinada, por lo tanto cuando en el caso concreto contradice esa forma de actuar, el desistimiento es voluntario. Por ejemplo en el segundo caso, un delincuente normal no desistiría cuando la víctima se pone a llorar. Pero en el primer caso, un delincuente medio, queriendo que no lo capturen, se iría cuando oye las sirenas de la policía, entonces en este caso seria involuntario, precisar cuan ese modelo el delincuente medio es bastante difícil en la practica, porque ellos actúan de formas muy diversas.

3. La posición correcta para Modolell es la de Muñoz Conde, la teoría de la valoración del motivo. Para determinar cuando un desistimiento es voluntario o no hay que valorar el motivo del autor para desistir. La valoración consiste en determinar si el aguar manifiesta su voluntad de volver a la legalidad.

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