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Derecho Penal


Enviado por   •  21 de Julio de 2014  •  897 Palabras (4 Páginas)  •  288 Visitas

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UNIVERSIDAD DEL SUR

CUESTIONARIO DE DERECHO PENAL PARA PLATAFORMA DE EDMODO

Presenta: Lic. Mirna Miriam Tovar Azuara.

Asesor Académico: Mtra. Teresita de Jesús Rocillo Esparza.

Cancún, Quintana Roo, México 08 julio 2014.

1.- ¿EN QUÉ CONSISTELA IMPUTABILIDAD?

R= La imputabilidad es la capacidad de entender y querer en el campo del derecho penal. Implica salud mental, aptitud psíquica de actuar en el ámbito penal, precisamente en el momento de cometer el delito. Por otra parte, el sujeto primero tiene que ser imputable para luego ser culpable; no puede haber culpabilidad si antes no se es imputable. A esto se refiere, entre otras cosas, el tema de la prelación lógica de los elementos del delito.

Es imputable quien goza de salud mental, no se encuentra afectado por sustancias que alteren su comprensión y tiene edad que la ley señala para considerar a las personas con la capacidad mental para ser responsables de delito; en los estados de la República Mexicana, en el Distrito Federal y en materia federal, es a partir de los 18 años, pues así lo establece el art. 18, párrafo 4°, de la CPEUM.

2.- ¿QUÉ SON LAS ACCIONES LIBRES EN SU CAUSA?

R= Las acciones liberae in causa son aquellas libres en su causa y consisten en que el sujeto, antes de cometer el delito, realiza actos de manera voluntaria o culposa que lo colocan en un estado en el cual no es imputable y comete un acto criminal. Por tanto, la ley lo considera responsable del delito; por ejemplo, quien bebe inmoderadamente y después lesiona o mata, en el momento del ilícito no es imputable, pero antes sí. Se llaman de este modo porque son acciones libres en cuanto a su causa, pero determinadas en lo referente a su efecto. A ellas se refieren los arts. 15, fracc. VII, del CPF, y 29, fracc. VII, del CPDF.

3.- ¿CUÁLES SON LAS CAUSAS DE INIMPUTABILIDAD?

R= Concretamente, las causas de inimputabilidad son las siguientes: trastorno mental, desarrollo intelectual retardado, miedo grave y minoría de edad.

Trastorno mental:El trastorno mental incluye cualquier alteración o mal funcionamiento de las facultades psíquicas, siempre que impidan al agente comprender el carácter ilícito del hecho o conducirse acorde con esa comprensión. Puede ser transitorio o permanente, por ingestión de alguna sustancia nociva o por un proceso patológico interno. Sólo se excluye el caso en que el propio sujeto haya provocado esa incapacidad, ya sea intencional o culposamente. En la legislación penal mexicana, la fracc. VII del art. 15 del CPF señala:

Al momento de realizar el hecho típico, el agente no tenga la capacidad de comprender el carácter ilícito de aquél o de conducirse de acuerdo con esa comprensión, en virtud de padecer trastorno mental o desarrollo intelectual retardado, a

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