Derecho Penal
pipe475 de Julio de 2013
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1.Qué es el Derecho Penal?.
Son normas que fundamentan el derecho a castigar que tiene el Estado. Normas que fundamentan el Derecho Penal como tal y señalan sanciones frente a las infracciones que comete un individuo (imputable o inimputable). Es un derecho represivo que utiliza el Estado para el control social de sus asociados. El ejercicio del derecho a castigar que tiene el Estado se llama IUS PUNIENDI.
2.Cómo se divide el Derecho Penal?
Se divide en Derecho Penal Sustantivo y Derecho Penal Adjetivo.
3.Qué es Derecho Penal Adjetivo?
Es el procedimiento por medio del cual el Estado hace cumplir el Derecho Penal Sustantivo. Son los procedimientos que el juez debe seguir para poder dictar sentencia. Es metódico y sistemático.
4.Qué es Derecho Penal Sustantivo?
Es la parte del Derecho Penal que muestra en primer lugar los principios fundamentales en que se limita el poder sancionador del Estado. Contiene las normas integradoras, las dogmáticas, las directivas, etc, del Código Penal y también enuncia los tipos penales que conforman conductas prohibidas. Las normas incriminadoras y las prohibitivas, entre otras.
5.Qué es Derecho Penal Especial?
Es el compendio o catálogo de delitos enunciados en el libro segundo del Código Penal. También se denomina Derecho Penal Especial a aquellos sistemas punitivos con sujetos especiales y para los cuales se ha diseñado un catálogo y/o un procedimiento particular y propio: como el Régimen Penal Militar, el Sistema Penal de Responsabilidad Juvenil (Código del Menor), el Sistema Penal Aduanero, el Derecho Penal Internacional, el Sistema Penal Administrativo, el Derecho Penal Canónico.
6.Quiénes son destinatarios de la Ley Penal?
Todos los ciudadanos, habitantes, residentes y transeúntes que se encuentren en el territorio colombiano (Art. 14 CP.). También los que cometan delito en el territorio por extensión (Art. 15 CP.), también se aplica extraterritorialmente en loseventos del Artículo 16 del CP.
7.Qué hemos de entender por Escuelas del Pensamiento Penal?
Son sistemas de pensamiento donde sus participantes están conectados en similares conceptos que les permiten integrar un conocimiento y elaborar teorías penales dirigidas a solucionar los problemas que el derecho presenta.
8.Enuncie algunas escuelas, las más conocidas.
Clásica, Positiva, Terza Scuola, Sicológica o Político Criminal, la Dogmática Jurídica, la Técnico-Jurídica o Dogmática también llamada Neoclásica, la Correccionalista, la Finalista o de la Acción Final, las Abolicionistas, las Funcionalistas, entre otras.
9.Qué se conoce como Escuela Clásica?
Es un movimiento jurídico penal iniciado en el siglo XVIII. Y con prevalencia e influencia en el siglo XIX. Nace de las injusticias que implicaba la aplicación de las penas inhumanas sin control y llenas de barbarie. Su postulado o misión fue hacer digna la justicia penal y convertir en realidad las libertades de los individuos y la colectividad. Buscaba la armonía entre el derecho objetivo y e subjetivo. Becaria, Carrara, Pagano, Filangieri, Romanogsi, Pessina, Elero, etc. algunos representantes. Para ellos el Derecho es un sistema armónico. Con organización superior a cualquiera otra realizada por el hombre. La fuente del Derecho esta en Dios.
10.Cómo conciben los clásicos el delito?
No es un ente de Hecho. No es un hecho realizado por un ser humano simplemente. Lo ven como una elaboración jurídica, es un ente jurídico producto del conflicto entre la prohibición emanada del Estado y la realización del hecho prohibido, porque es equivalente a la violación de un derecho. Hay un choque entre la realización del hombre y la Ley. El delito (Carrara) es una infracción proveniente hecho voluntario y consciente que viola el Derecho Objetivo, es decir, la Ley. Solo pueden delinquir los capaces de comprender la ilicitud de un hecho y ser libres en su albedrío y pueden actuar con dolo y culpa. No son responsables penales los enfermos de la mente por incapacidad de discernir, los menores sicológicamente inmaduros. Como la responsabilidad se funda en el libre albedrío, es una responsabilidad moral. Los Clásicos no utilizaron los términos de imputable e inimputable, pero los consideraron.
11.Qué es la pena para los Clásicos?
La pena, cuya función es el restablecimiento del Derecho, es considerada por los Clásicos como un castigo. Es una retribución moral, es una expiación, un mal que, regulado por cánones legales, es impuesta por los funcionarios del Estado, a los capaces de actuar con dolo y con culpa y que son declarados responsables de cometer una infracción penal. La pena será proporcionada al delito imputado. Es un mal y una defensa del derecho objetivo.
12.Para la Escuela Clásica cual es el fin de la pena?
Es el restablecimiento del orden jurídico violado por el delito. La pena debe ser temible, aflictiva, reparadora, divisible y proporcional al daño causado.
13.Acepta la Escuela Clásica la responsabilidad de los inimputables?
No. Admitían su discapacidad para comprender. El responsable penal debía poder prever, tener capacidad de elegir, voluntad de actuar contra Derecho. No hablaban de inimputables como se hace hoy, pero los consideraban por fuera del Derecho sancionatorio.
14.Cual fue el principal aporte de la Escuela Clásica al Derecho Penal?
La defensa del principio universal de que no puede haber delito ni sanción si no esta vigente una Ley que previamente lo disponga, (Principio de Legalidad) “Nullum crime, sine lege, sine poena...”
15.Por qué surge la Escuela Clásica?
Como una reacción contra la barbarie y arbitrariedad de la justicia penal del siglo XVIII. Se ampara en los postulados de la Revolución Francesa, recoge lo mejor del Ilusionismo Antiheretico, del racionalismo alemán y de la escolástica. Elaboro no solo lo penal, sino también lo penitenciario. Amparada en el Derecho Natural propone destruir las absurdas y anacrónicas instituciones criminales vigentes. u método es deductivo racional. (Leer “De los delitos y de las penas” de Cesar de Becaria.)
16.A qué se conoció como Escuela Positivista (Positiva)?
Esta escuela es un movimiento italiano de mediados del siglo XIX, nace como consecuencia de los estudios de Cesar Lombroso y de la reacción surgida contra la Escuela Clásica. sus representantes, Lombroso, Garofalo, Ferri. Florian, Crispigni, Alatavilla, Puglia, Berenini, etc. Lombroso era un antropólogo y en su obra “L¨ HOMO DELINCUENTE” (1875) dice que el delincuente lo es por naturaleza. Nace delincuente, el delincuente es un predestinado al delito. Ferri escribe una obra que es una negación del libre albedrío. Interesante es que Lombroso abre el camino de la Antropología Criminal. Garofalo y en especial Ferri, dan lugar a la Sociología Criminal.
17.A quién llaman los positivistas delincuente?
Al principal actor del Derecho Penal. El delincuente es un enfermo. Un anómalo. Sobre el sujeto que el Derecho Penal habrá de mantenerse y actuar. Toda persona que viola la Ley Penal. Este actor es un ser defectuoso desde el punto de vista psicológico, considerado como Anormal al menos en el momento en que viola la Ley Penal. La enfermedad que padece puede ser permanente o transitoria, adquirida o congénita. Así las cosas, la razón de ser del Derecho Penal es la defensa de la sociedad de este tipo de sujetos. Debe ser apartados del seno de la sociedad, darle un tratamientoadecuado y rehabilitarlo, para ello habrá de ser necesaria una buena política estatal. Para los positivistas todos los delincuentes son iguales ante la Ley. Los clasifican en habituales, ocasionales, pasionales, natos, enfermos mentales, etc. El habitual lo será por instinto o por tendencia. Moral y Derecho son hechos sociales naturales que cambian según las causas.
18.Para los positivistas qué es el delito?
El delito es un fenómeno natural, producido por el medio social en que se desarrolla el hombre que lo comete, con las necesarias consecuencias para la sociedad. Por eso es importante para los positivistas el estudio del hombre y de todos sus factores individuales y sociales que lo rodean. El delito es un hecho natural del hombre que puede tener por causas o factores antropológicos, físicos, telúricos o sociales; como la edad, la raza, el sexo, el estado civil, el clima, las estaciones, la altura, la miseria, la riqueza, el analfabetismo, la droga, las organizaciones políticas, la carestía de insumos, las necesidades insatisfechas, la religión, la economía....etc.
19.Cómo elaboran los positivistas la responsabilidad?
La responsabilidad es legal o social. Tiene su germen en la actividad psicofísica del agente. Ferri: “Todo sujeto activo de un delito es siempre penalmente responsable, sean cuales sean las condiciones físico – síquicas, en las que ha deliberado y cometido el hecho” así las cosas responde el que comprende la ilicitud tanto como el que no.
20 Cómo elaboran la pena los positivistas?
La pena equivale a una medida de seguridad social y a una manera de readaptar al delincuente. La pena es preventiva y no puede tener carácter retributivo o expiatorio, sino de defensa colectiva. Se debe imponer a todo desadaptado social. La pena es un mecanismo de defensa social.
21.Cual es el fundamento de la culpabilidad para la Escuela de los positivistas?
No ubican los
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