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Derecho Sunjetivo Y Objetivo


Enviado por   •  28 de Octubre de 2013  •  1.926 Palabras (8 Páginas)  •  417 Visitas

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DERECHO OBJETIVO Y SUBJETIVO

Entendido como materia de estudio de una ciencia, el Derecho puede ser abordado desde tres perspectivas distintas: como facultad perteneciente a un individuo (derecho subjetivo), como conjunto de normas que regulan la actividad humana en su dimensión social (Derecho objetivo), y como equivalente a justicia. El Derecho objetivo, al que en sentido amplio se puede asimilar el objeto de esta ciencia, se corresponde con las normas jurídicas vigentes en un espacio y tiempo determinado.

• Derecho objetivo: La identificación antes mencionada permite que se emplee simplemente la palabra Derecho (en mayúsculas) para denominar al Derecho objetivo, aunque la moderna doctrina no es partidaria de la total identidad de éste con la norma jurídica ya que, en su opinión, el Derecho no está integrado sólo por normas y, a sensu contrario, existen normas que no son propiamente Derecho. Al referirse al Derecho objetivo se le está diferenciando del derecho subjetivo (o derecho, en minúsculas), que es un poder o facultad atribuido por aquél a un sujeto individualmente considerado.

Existen rasgos inherentes al Derecho objetivo, como la coercibilidad y generalidad, que son comúnmente aceptados y aparecen en cualquier definición. La coercibilidad es intrínseca al Derecho, ya que el cumplimiento del mandato contenido en una norma jurídica puede ser impuesto a sus destinatarios mediante coacción ejercida por el poder del que emana aquélla (no siempre el Derecho es coactivo, aunque sí es susceptible de serlo). Por otra parte, el Derecho está dirigido a una colectividad, a una pluralidad de individuos, lo cual le otorga carácter general. De las normas que conforman el Derecho objetivo, generales y coercibles, proviene el derecho subjetivo, que, como se analizará a continuación, equivale a la posibilidad lícita (es decir, de acuerdo con el Derecho objetivo) de hacer o dejar de hacer algo. La tercera dimensión del Derecho es la moral, ya que toda norma jurídica incorpora una determinada concepción de la justicia vigente en la colectividad que la elabora. Sin embargo, Derecho y moral no pueden ser equiparados, ya que ésta se sitúa en la esfera de lo individual y no reúne el requisito de la coercibilidad. En efecto, el deber moral existe para cada hombre singularmente considerado, que es libre para cumplirlo o no, pues no puede serle impuesto coactivamente.

• Derecho subjetivo: Está conformado por el conjunto de poderes y facultades atribuidos por el ordenamiento (o Derecho objetivo) a un individuo, el cual puede ejercitar o dejar de ejercitarlos siguiendo su libre albedrío. Se configura así, frente al Derecho (con mayúscula; entendido como norma), como una posibilidad de hacer o no hacer, que es la que expresamos al afirmar que "tenemos un derecho". A lo largo de la historia de la ciencia jurídica han sido numerosas las teorías acerca de su esencia, algunas de las cuales han negado incluso su existencia. La doctrina más moderna no pone en duda la misma, pero rechaza la consideración aislada del derecho subjetivo. En su opinión, éste debe ser estudiado como expresión de una relación jurídica, ya que comparte la característica esencial del Derecho: su carácter social. En efecto, se trata de un poder reconocido por la sociedad a sus miembros, que debe ser puesto en relación con su correlato: el deber jurídico.

En lo que respecta a las clases de derechos subjetivos, existen diversos criterios de distinción. Los más comúnmente aceptados son los siguientes: por la condición de los sujetos titulares y sus intereses, se distingue entre derechos públicos y privados; por el contenido, derechos personales y patrimoniales; por su eficacia, derechos absolutos, que tienen energía suficiente para impedir a cualquiera la perturbación del disfrute del derecho (como los derechos reales), y derechos relativos, para cuyo disfrute es necesaria la cooperación de un tercero (es el caso de los derechos de crédito); por la posibilidad o no de enajenación, derechos transmisibles e intransmisibles, y por su dependencia frente a otros derechos, derechos principales y derechos accesorios.

DERECHO OBJETIVO

El concepto Derecho Objetivo, significa, conjunto de reglas jurídicas consideradas en sí mismas; son las normas jurídicas que regulan las conductas sociales; se dice también que son aquellas normas que integran el sistema jurídico de un pueblo; de lo anterior se desprende que es el conjunto de normas que en si forman la maquinaria jurídica.

Derecho Público

Está compuesto por el conjunto de normas jurídicas que regulan la actuación de los individuos frente al Estado, así como las relaciones de los Estados como entidades soberanas entre sí; es decir, cuando existen relaciones entre los particulares con el Estado, pero considerando éste con su potestad soberana, o bien de Estado a Estado.

El Derecho Público se subdivide en las siguientes ramas:

a) Derecho Administrativo: conjunto de reglas que regulan los servicios públicos, o bien es el conjunto de normas que regulan la organización y funciones del Poder Ejecutivo.

b) Derecho Constitucional: regula la estructura de la administración pública, así como el funcionamiento de los órganos políticos supremos; establece también la situación del ciudadano frente al Estado; además señala la forma de gobierno.

c) Derecho Penal: comprende el conjunto de normas jurídicas que establecen los delitos, así como la sanción correspondiente. En el Derecho Penal están contenidas una variedad de disposiciones que se aplican a los delincuentes, cuando cometen algún delito.

d) Derecho Procesal: es el conjunto de normas jurídicas que regulan los procedimientos que deben seguirse para hacer posible la aplicación del Derecho.

e) Derecho del Trabajo: es el conjunto de normas jurídicas destinadas a regular las relaciones entre obreros y patrones. Además reglamenta las diversas formas de prestación de servicios, así como a las autoridades que deben invertir en dichas relaciones.

f) Derecho Agrario: regula todas aquellas relaciones jurídicas derivadas del campo.

g) Derecho Internacional Público: conjunto de reglas jurídicas que fijan los derechos y los deberes de los Estados entre sí.

Derecho Privado

Lo componen todas aquellas normas jurídicas que regulan las relaciones de los individuos en su carácter particular,

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