ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN COLOMBIANA DE MORFOLOGÍA
Tupull21 de Agosto de 2011
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CAPÍTULO I
NOMBRE, NATURALEZA, DURACION, OBJETO, DOMICIILIO Y PATRIMONIO
Artículo 1. NOMBRE, NATURALEZA Y DURACIÓN
La entidad que por medio de estos estatutos se reglamenta denominada ASOCIACIÓN COLOMBIANA DE MORFOLOGÍA, cuya sigla será ASCOM, es una institución sin ánimo de lucro, autónoma, de carácter científico, de derecho privado, que actuará de conformidad con los principios universales de la fraternidad, solidaridad y el respeto a la dignidad humana, bajo el amparo de las leyes y la Constitución de Colombia, con duración de 100 años. Estará organizada bajo la forma de regionales, a su vez conformadas por Seccionales Departamentales.
Artículo 2. OBJETO Y FINES ESPECÍFICOS
Su objetivo general es asociar a profesionales del área de la morfología interesados en fomentar la optimización del conocimiento en este campo del saber y en velar por el engrandecimiento de esta actividad profesional, para que se proyecte a contribuir al desarrollo del país. Para alcanzar su objetivo general, la Asociación tendrá como objetivos específicos los siguientes:
a. Fomentar el desarrollo de la Morfología Humana y Animal, y de sus especialidades, en los aspectos de formación, docencia e investigación.
b. Colaborar con entidades públicas y privadas que contribuyan al desarrollo del conocimiento científico y humano.
c. Promover la acreditación y la reglamentación del ejercicio de la especialidad.
d. Velar por que sus asociados cumplan con las normas de la Ética y con el ejercicio idóneo de la profesión.
e. Defender activamente los intereses y derechos gremiales de los profesionales morfólogos y afines a nivel nacional.
f. Impulsar, apoyar, defender y procurar el mejoramiento de las condiciones de trabajo y la calidad de vida de sus asociados ante la legislación colombiana y ante las diferentes instituciones estatales, semiestatales y privadas que se benefician de sus servicios.
g. Promover que la intervención de la morfología se haga dentro de los mejores niveles humanísticos, científicos, tecnológicos y de bienestar para los profesionales de la salud que la prestan.
h. Propender por la unificación, solidaridad y fraternidad de sus asociados.
i. Promover y propiciar la agrupación de los profesionales del área de la morfología humana y animal, y especialidades afines, extendiendo su radio de acción a todo el territorio nacional.
j. Auspiciar el permanente acercamiento y cooperación de sus asociados con pares internacionales y con asociaciones afines.
k. Celebrar convenios y alianzas con otras entidades del orden nacional e internacional que redunden en el beneficio de los asociados a ASCOM.
l. Contribuir a la enseñanza, difusión y progreso del saber científico en el campo de la morfología, bien sea directamente o en asocio con universidades, hospitales y entidades educativas afines, mediante la modalidad de educación informal, tanto en pre como en postgrado, así como en educación continua e investigación.
m. Programar congresos, conferencias, seminarios y foros especializados, en asocio con potenciales patrocinadores.
n. Desarrollar acciones culturales, cívicas y sociales que beneficien a los asociados y sus familias, así como a instituciones y fundaciones que trabajen a favor de grupos sociales como los niños y los ancianos.
o. Colaborar y asesorar a los organismos estatales y privados en los campos que le competen a la Morfología, emitiendo su opinión aún cuando no haya sido solicitada.
p. Crear e impulsar el funcionamiento de los Comités que sean necesarios para el logro de los fines de la Asociación.
q. Divulgar ampliamente los fines y las acciones de la Asociación entre sus miembros y la comunidad en general.
r. Desarrollar, estimular y fortalecer sus órganos de difusión.
s. Las demás que señale la Asamblea General de Delegados o la normatividad vigente.
Artículo 3. DOMICILIO
El domicilio principal de ASCOM es la ciudad de Cali, Departamento del Valle del Cauca, con radio de acción en la República de Colombia. El presidente de la Asociación Colombiana de Morfología podrá residir en cualquier ciudad de Colombia y allí quedará la sede administrativa.
PARÁGRAFO. La Asociación podrá cambiar su domicilio cuando las circunstancias así lo requieran, informando a las autoridades competentes sobre su nuevo domicilio y sede.
Artículo 4. PATRIMONIO
El patrimonio de la Asociación estará representado por los aportes pagados por los asociados y por todos los bienes apreciables en dinero, valores y especies monetarias de toda índole, que sean propiedad de la Asociación y que se obtengan a partir de su constitución y en períodos posteriores. Constituirá el patrimonio de la Asociación los siguientes:
a) Las cuotas ordinarias y extraordinarias pagadas por concepto de la membresía activa a las Regionales.
b) Los aportes voluntarios, auxilios, donaciones y legados que hagan a su favor las personas naturales o jurídicas.
c) Las ganancias económicas de los Congresos y Jornadas Morfológicas que realice la Asociación.
d) El producido por concepto de propaganda y avisos en sus sistemas de difusión.
e) Los bienes muebles o inmuebles de su propiedad.
f) Otras entradas por operaciones contables, avales y eventuales.
g) Los rendimientos, utilidades y beneficios económicos derivados de los actos de comercio y de las otras acciones derivadas de las actividades contempladas en estos estatutos.
PARÁGRAFO 1. La Asociación Colombiana de Morfología podrá efectuar operaciones o actos de comercio tendientes a incrementar su patrimonio, tales como comprar, alquilar, vender, enajenar, gravar, avalar, constituir encargos fiduciarios o títulos de valor, participar con otras personas jurídicas y los demás actos y negocios jurídicos que la ley autorice.
PARÁGRAFO 2. La Asamblea General de Delegados otorgará facultades a la Junta Directiva Nacional para el funcionamiento, administración y ejecución de los actos, contratos y negocios señalados en precedencia, sujetándose en todo caso a los topes establecidos por la Asamblea y estipulados en estos estatutos.
CAPÍTULO II
ADOPCIÓN DEL CÓDIGO DE ÉTICA PROFESIONAL
Artículo 5. NORMAS DE ÉTICA PROFESIONAL
Para cumplimiento obligatorio por parte de todos sus miembros, ASCOM adopta como Código de Ética Profesional las normas generales relativas a las actividades de la salud y su universo logístico.
Artículo 6. PRINCIPIOS Y VALORES
Los miembros de ASCOM observarán los siguientes principios y valores: Integridad, Honorabilidad, Solidaridad, Lealtad, Respeto, Cumplimiento, Tolerancia, Transparencia, Honradez, Responsabilidad, Diligencia, Laboriosidad, Eficacia e Innovación.
CAPÍTULO III
ESTRUCTURA DE ASCOM
Artículo 7. CONDICIONES DE ADMISIÓN DE LOS ASOCIADOS
Podrán pertenecer a ASCOM aquellas personas que llenen los requisitos de ingreso de acuerdo con las categorías establecidas por los presentes estatutos y que sean aceptadas. Para efectos de la admisión se tendrá en cuenta el siguiente procedimiento:
a) Solicitar la admisión mediante petición escrita dirigida a la Junta Directiva Regional.
b) La Junta Directiva Regional estudiará la solicitud y la aceptará o la rechazará, según se cumplan o no los requisitos de admisión. Este procedimiento lo hará de manera escrita y contra él no procede recurso alguno.
PARÁGRAFO 1. La vinculación a la Asociación Colombiana de Morfología, en cualquiera de las categorías, se hará por intermedio de las respectivas Regionales.
PARÁGRAFO 2. Por lo menos cada seis meses, las Regionales notificarán a la Junta Directiva Nacional del estado de sus socios en las diferentes categorías.
PARÁGRAFO 3. La Junta directiva Nacional sólo podrá vincular socios en las categorías de Internacionales, Honorarios y Benefactores.
Artículo 8. CATEGORÍAS DE MEMBRESÍA A ASCOM
La Asociación Colombiana de Morfología tendrá las siguientes categorías de socios:
a) Activos: reservada para los profesionales médicos con especialidades afines a la morfología y profesionales no médicos con título de postgrado en Morfología o afines (Ciencias Biomédicas o Ciencias Biológicas), legalmente reconocidos.
b) Adherentes: profesionales de la salud que ejerzan una actividad morfológica, estudiantes de último año de postgrado de los programas de morfología o biología aprobados y reconocidos por el gobierno nacional, y los Residentes de último año de las especializaciones médicas afines a la morfología.
c) Internacionales: miembros de las sociedades de Morfología Humana y Animal que residan fuera del territorio nacional, que colaboren con las actividades de la Asociación Colombiana de Morfología.
d) Honorarios: aquellas personas que se hayan destacado por su sobresaliente actividad científica, tecnológica o social relacionada con la Morfología Humana y Animal, sean médicos o no.
e) Benefactores: aquellas personas o entidades que hagan aportes económicos para el desarrollo de la Asociación Colombiana de Morfología y sus programas.
Artículo 9. RETIRO
Los miembros de la Asociación podrán retirarse en forma temporal o definitiva, previo el cumplimiento de las obligaciones
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