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El Principio De Legalidad Y La Responsabilidad De La Administración


Enviado por   •  11 de Febrero de 2013  •  1.752 Palabras (8 Páginas)  •  2.828 Visitas

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-UNIVERSIDAD ABIERTA PARA ADULTOS-

- UAPA -

FACULTAD DE CIENCIAS JURÌDICAS Y POLÌTICAS

ESCUELA DE DERECHO.

ASIGNATURA

DERECHO ADMINISTRATIVO

DER312-10

FACILITADOR

Dr. Manuel Coronado.

TEMA

El Principio de Legalidad y la responsabilidad de la Administración

PRESENTADO POR: JUAN JOSÉ ROSARIO MINAYA.

11-5272

SANTIAGO DE LOS CABALLEROS, 23 de enero de 2013 REPÚBLICA DO

1.- De la unidad (3), Presente un informe de lectura, donde destaque, los alcances del principio de legalidad, sus características y los actos del gobierno. Subir a la plataforma.

Antecedentes

El principio de legalidad, surge en Francia con la aparición del denominado Estado liberal Burgués el cual se sustenta en dos principios como lo son la “Separación de poderes de corte político y el segundo “Legalidad” de corte jurídico. Con el Estado de Derecho se impone la plena vigencia de la ley, esta sería un límite para las autoridades públicas, y para los ciudadanos, llegando así a originarse la teoría del principio de legalidad como “la sujeción a la ley”, por lo que todo acto estatal o de la administración pública debe estar necesariamente fundamentado en una ley preexistente.

Posteriormente en Alemania el principio de legalidad recibe una formulación diferente a la francesa, esta decía que tanto los ciudadanos como la Administración pueden hacer todo aquello que no esté prohibido legalmente, aquí no se requería la vigencia de una ley previa que se constituye en la base de sustentación d cada unos de los actos estatales, a menos que esos actos afectaran a los derechos de libertad y propiedad.

Su evolución va a partir de dos puntos de vista: la vinculación negativa y vinculación positiva.

La vinculación negativa, tiene su origen en el sistema alemán, pero luego fue modificado por la doctrina francesa y tiene por fin de flexibilizar el principio de legalidad. Es así como la doctrina comenzó a catalogar a la ley como un límite externo, de tal modo que en todo el espacio libre dejado por ese límite puede la administración desarrollar sus actividades, sin necesidad de que una norma la habilite precisamente para que los mismo se reputen validas

Lo que no quiere decir que en esta teoría un acto Administrativo resulta valido, pese a que su emanación no ha sido atribuida previamente por la ley a la Administración, siempre y cuando no infrinja una norma jurídica.

La vinculación Positiva, está facultada para hacer únicamente lo que esta expresamente previsto en una ley, es conforme a la ley, en consecuencia, todo lo no previsto está prohibido en esta perspectiva doctrinaria desaparecen los espacios libres de actuación del poder ejecutivo, ningún otro acto puede ser emanado al margen de la ley.

Alcance del Principio de legalidad.

El principio de legalidad administrativa, es el ejercicio de la actividad administrativa apoyado único y exclusivamente en la ley. Es la base y razón de existencia del derecho administrativo, lo que quiere decir que sin la existencia de este principio, el derecho administrativo se convertiría en una simple disciplina descriptiva, o una suerte sin relevancia jurídica.

Pero como todo principio puede ser burlado por los agentes y órganos administrativos, que son personas vulnerable a fallar en un momento determinado, ya sea por error de concepto, por abuso de autoridad, o por mala voluntad contra ciertos administrados, se ha hecho preciso reconocer la pertinencia de algunos recursos que permiten remediar cualquier ilegalidad o arbitrariedades que lleguen a cometerse, y como todos los actos administrativos, no pueden ser realizado sino por órganos o personas que tengan investidura legar para ello y que los actos se apoyen en la ley directamente o por el juego de una facultad expresamente conferida por la ley.

Para todos estos casos existen estos recursos:

Graciosos. Que consiste simplemente en solicitar de la autoridad que ha realizado UN acto que aquel se refiera considere como fuera de la ley o que se ajuste a la misma, que lo revoque o lo modifique.

El recurso jerárquico. Este es el que se lleva al superior en base a categoría del funcionario que ha dictado el acto; de este superior u asi sucesivamente hasta agotar la jerarquía o escalafón. Ej. UN inspector de Educación al Director Regional.

Recurso jurisdiccional. Una vez que un caso ha sido resuelto en la superior jerarquía administrativa, esto es, para un secretario de Estado, o por el cuerpo deliberante de un organismo autónomo como la universidad estatal o un ayuntamiento.

El principio de legalidad en materia administrativa

Normalmente ha sido entendido como una garantía directamente vinculada al principio penal “nullum crime nulla poena sine lege”, que además de ser una institución de largo tiempo, exige la existencia previa de una norma legal que, por una parte, tipifique como “infracción” la conducta que se pretende castigar; y de otro lado, establezca la sanción aplicable a quienes incurran en dicha conducta. Así, el principio de legalidad en el ámbito administrativo se desprende de la naturaleza que tiene dicho principio en el Derecho Penal, según el cual sólo la ley crea delitos, y sólo podrá considerarse delito, aquel hecho que la ley declare delito expresamente. De ahí, que se establezca: “no hay delito sin ley”, siendo que mientras la ley no prohíba un hecho, el hombre tiene libertad para realizarlo, y por ello este principio resulta ser el fundamento de la prohibición de la analogía en materia penal.

Además, el principio de legalidad importa que para poder aplicar una pena por un hecho, no basta que la ley lo declare delito, sino que es necesario que dicha ley sea previa, es decir, anterior al hecho. Con ello, se

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