Etapas De Juicios Orales
Escazona25 de Noviembre de 2013
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Etapa de juicio oral
En los sistemas procesales inquisitivo y mixto, solo se contaba con una forma de resolución: sentencia condenatoria o absolutoria. El sistema acusatorio introduce varias formas de solución
De manera general se señala una característica de esta audiencia como son: el órgano jurisdiccional del juicio oral de conformidad debe ser tribunal colegiado.
El juicio oral demanda la presencia necesaria de los jueces del ministerio público y de la defensa. En el caso del defensor sus presencia en el juicio es requisito de valides de la audiencia.
El imputado tiene derecho a presenciar todo el juicio.
La prueba primordial es el testimonio, toda vez que incluye a los peritos y al propio imputado
Los peritos concurren a juicio oral a explicar su informe, es decir no se limitan a leer o rectificar lo que allí se dice.
La única manera de incorporar al debate de información de un testigo o perito, es en principio, presentarlo a que declare en juicio, salvo las reglas de pruebas anticipad, los acuerdos probatorios y la lectura para refrescar memoria o hacer manifiestas las contradicciones del testigo.
La sentencia debe motivarse de tal modo que las pruebas que forma la convicción del juzgador y que sean razonables para todo aquel que presencie el juicio.
La prueba instrumental, documentos, objetos, y otros elementos de convicción previa su incorporación al debate, podrán ser exhibidos al imputado, a los testigos a los peritos, para que los reconozca informe sobre ella.
Por prueba instrumental se entiende el documento que contenga declaraciones no producidas al interior del sistema de presentación –policía, ministerio público- y que sean relevantes para el caso. En ningún supuesto son admisibles como prueba instrumental –considerarse como documentos- del registro de las declaraciones obtenidas con el sistema de persecución fundamentalmente el ministerio público y la policía.
Considerando las cuestiones anteriores, el desarrollo de la audiencia del juicio oral su estructura de la siguiente forma:
Al inicio del juicio oral el tribunal solo cuenta con el auto de apertura elaborado por el juez de la etapa de preparación a juicio dicho auto contiene la acusación del ministerio público y la exposición de la defensa. Por su parte el Ministerio Publico y la defensa tienen toda la información que se desarrollar en el debate incluida la de la contra parte el día y hora señalada para la celebración del debate del juicio oral, el presidente del tribunal verificara la presencia de los demás jueces, de las partes, de los testigos, peritos, interpretes, o traductores y de la existencia de las cosas que deban exhibirse, y lo declarara abierto.
A continuación las partes realizaran una exposición oral de las posiciones planteadas que constituyen los alegatos de apertura. En estos alegatos se deben plantear la teoría del caso de cada parte, por lo que no deben ser argumentativos ni ofrecer motivación de la prueba, pues esta todavía no se ha presentado. Una vez presentado los alegatos de apertura se comienza el desahogo de los medios de prueba comenzando como el ministerio publico el coadyuvante y la defensa. Es importante considerar que el orden de la presentación de los medios de prueba depende de las partes, pues es parte de su estrategia en la defensa de su particular teoría del caso.
El debate del juicio oral se desarrollara fundamentalmente mediante el interrogatorio directo y el contrainterrogatorio del testigo o perito.
Una vez que se han desahogado todos los medios de prueba el presidente considerara sucesivamente la palabra al ministerio público, a la parte coadyuvante y al tercero objetivamente responsable si los hubiere, y al defensor del imputado para que en ese orden emitan sus alegatos finales o de clausura.
El alegato final es uno de los momentos
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