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FORMAS ESPECIALES DE SOCIEDAD ANONIMA SOCIEDAD ANONIMA CERRADA S.A.C.


Enviado por   •  16 de Octubre de 2013  •  484 Palabras (2 Páginas)  •  1.865 Visitas

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FORMAS ESPECIALES DE SOCIEDAD ANONIMA

SOCIEDAD ANONIMA CERRADA S.A.C.

La Sociedad Anónima Cerrada es una forma especial de Sociedad Anónima que una persona jurídica puede acogerse al momento de constituir su empresa; entre sus principales características podemos mencionar los siguientes:

• No tiene menos de 2 o más de 20 accionistas.

• No tienen acciones inscritas en el Registro de Mercado de Valores.

• La denominación social se escribe completo: “SOCIEDAD ANÓNIMA CERRADA” o se puede poner en siglas “S.A.C.”.

• Si un accionista desea transferir sus acciones debe poner en conocimiento al Gerente General para que este comunique a los demás accionistas dentro de los 10 días siguientes para que en los 30 días transcurridos los accionistas tengan derecho a adquirirlos o prorratearlo entre los accionistas.

• En la oferta de estas acciones debe poner el precio y las condiciones en que desea transferirlos sino es así ambas partes se ponen de acuerdo para el precio, caso contrario se basan en la valorización de las acciones del estatuto, o en su defecto un juez pondrá el precio a dichas acciones.

• Después de los 60 días de poner en conocimiento de transferir las acciones y ningún socio desea adquirirlos el accionista podrá transferirlos a terceros no accionistas.

• En el estatuto puede mencionarse que la transferencia de las acciones debe tener consentimiento de la sociedad que lo expresara mediante un acuerdo de la Junta General de Socios. En caso que no tenga el consentimiento de la sociedad se le dará a conocer por escrito al accionista.

• Esta denegatoria resuelve que la sociedad debe adquirir las acciones en el precio y condiciones ofertados.

• La adquisición de las acciones por sucesión hereditaria por muerte del titular coloca al sucesor como accionista, pero en el estatuto se puede mencionar que los demás accionistas puedan adquirir dichas acciones en forma personal o n forma de prorrateo, en caso de no ponerse de acuerdo en el valor de estas acciones en última instancia el juez puede determinar el valor de las acciones.

• La transferencia de acciones es ineficaz cuando no está sujeto a lo establecido en los párrafos mencionados.

• En el estatuto se mencionara si habrá una auditoria externa o no, esto se resolverá con la aprobación de cincuenta por ciento de los votos.

• El accionista puede estar representado por otro accionista, conyugue, ascendente o descendente de primer grado, en el estatuto se puede mencionar quienes más pueden representarlo.

• La Junta General de accionistas convocan a una reunión mediante el directorio

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