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IMPUESTO AL ACTIVO

cinthya4425 de Febrero de 2014

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Tipo de Impuesto Concepto Elementos del impuesto

Impuesto al activo El activo se define como el conjunto de recursos, bienes, derechos y valores que posee una persona o entidad empresarial, que forman su estructura económica y que están comprendidas en propiedades, deudas a favor de dicha persona o entidad e inversiones que son necesarias para desarrollar el fin establecido por las mismas, el cual encontramos en el Estado de Posición Financiera o Balance General.

Todos los bienes y recursos que tiene una empresa ya sean materiales o económicos, para el funcionamiento de ésta, conformarán parte del activo. Hecho Imponible Sujeto Pasivo Base Imponible Tipo de Gravamen Cuota tributaria Deuda Tributaria

"Activo de las empresas, impuesto al. Si para efectos de recaudación, este impuesto es

considerado complementario del impuesto sobre la

renta, esto no implica que las leyes que establecen

ambos tributos participen de la misma naturaleza, por

lo que es inadmisible que las supuestas

incongruencias obtenidas de la comparación de sus

elementos prueben la violación a la fracción IV, del

artículo 31 constitucional." y "activo. el impuesto que

establece la ley relativa no constituye una

contribución adicional o sobretasa del impuesto

sobre la renta.", el Tribunal en Pleno de la Suprema Corte de

Justicia de la Nación estableció que no obstante que el impuesto al

activo es complementario del impuesto sobre la renta, cada uno tiene

sus propios elementos y, por ende, diversa naturaleza, razón por la

cual aquel tributo no constituye una contribución adicional o sobretasa

del impuesto sobre la renta  Las personas

Físicas que realicen actividades empresariales residentes en México.

 Las personas morales residentes morales en México.

ESTAN OBLIGADAS AL PAGO DEL IMPUESTO POR EL ACTIVO QUE SEA SU UBICACIÓN:

 Las residentes en el extranjero que tengan un establecimiento permanente en el país.

LAS PERSONAS QUE OTORGUEN EL USO O GOCE TEMPORAL DE BIENES, INCLUSO BIENES INMUEBLES:

 De los demás ingresos de las personas físicas: ingresos como dominio o fideicomisario de un bien inmueble.

 De los residentes en el extranjero con fuente de riqueza ubicada en territorio nacional.

QUE UTILICEN EN LA ACTIVIDAD DE OTRO CONTRIBUYENTE DE LOS MENCIONADOS, ESTAN OBLIGADOS AL PAGO DEL IMPUESTO, UNICAMENTE POR ESOS BIENES:

 Residentes en el extranjero por los inventarios que mantengan en territorio nacional para ser transformados o que ya se hubieran transformado por algún contribuyente.

 Las empresas que componen el sistema financiero, por el activo no afecto a si intermediación financiera. El artículo 2° indica que la base de este impuesto es el valor de los bienes que se ha hecho alusión.

Para determinar la base habrá que saber el valor de los mencionados bienes y para ello se seguirán las normas contenidas en el mismo artículo 2°; dicho valor deberá actualizarse con apego al artículo 3°.

Para obtener la base del impuesto se permite deducir de los activos las deudas que haya contraído el contribuyente titular de los bienes cuyo valor se grava, lo que deberá hacerse con sujeción al artículo 5°.

Articulo 2°. El contribuyente determinara el impuesto por ejercicios fiscales aplicando al valor de su activo en el ejercicio, la tasa del 1.8%.

Aquella cantidad que representa el gravamen y puede ser una cantidad fija o el resultado de multiplicar el tipo impositivo por la base imponible.

Cantidad que hay que pagar a la Hacienda Pública por un determinado tributo. Se halla aplicando la cantidad

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