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Introduccion Al Drecho


Enviado por   •  1 de Julio de 2014  •  5.926 Palabras (24 Páginas)  •  250 Visitas

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ODER LEGISLATIVO

En Venezuela el Poder Legislativo es ejercido por el Congreso Nacional, integrado por las Cámaras de Senadores y Diputados. Diputados y senadores son elegidos, titulares y suplentes, por votación popular -cada cinco años- en listas cerradas postuladas por los partidos políticos, utilizándose la representación proporcional de las minorías. Se elige un senador o diputado principal con tres suplentes.

En el Congreso hay un aumento progresivo de mujeres. La mayor presencia femenina se obtuvo en la Cámara de Diputados y el Senado en 1988, con el 9,5% y 8,2% de los cargos, respectivamente. Dicho resultado fue consecuencia de la acción concertada de mujeres dirigentes de los partidos, de mujeres en cargos de gobierno y de organizaciones sociales que exigieron la inclusión de candidatas en las listas. Se organizó entonces el movimiento "Mujeres Dirigentes Unidas", se realizaron acciones en la calle, foros públicos, intervenciones de grupos de mujeres ante el Consejo Supremo Electoral, ante las direcciones de los partidos, del Congreso Nacional y de los medios de comunicación, entre otros entes relevantes.

No obstante, el número de mujeres que efectivamente ejerce funciones en el Poder Legislativo es mayor que el de las electas como principales, debido al régimen de suplencias. Muchas suplentes ocupan, incluso por años, los curules, ya que los titulares son dirigentes de provincia que se ven obligados a permanecer en sus regiones por razones políticas.

En 1991 una mujer ocupaba la Primera Vicepresidencia de la Cámara de Diputados y había mujeres presidentas de importantes Comisiones, como la Comisión de Política Interior de la Cámara de Diputados y la Comisión de Salud en el Senado. En la Comisión Bica-meral de la Reforma Constitucional, una de las más relevantes, la tercera parte de sus integrantes correspon-día a mujeres. También existe, desde 1989, una Comisión Bicameral de los Derechos de la Mujer.

Las Asambleas Legislativas, cuerpos deliberantes de los estados, están conformadas por diputados elegidos cada cinco años igual que en el Congreso Nacional. La participación femenina es ligeramente superior que en el Congreso y se observa una tendencia a aumentar en los últimos períodos electorales, alcanzando un máximo de 11,2% en las elecciones de 1988, resultado de la campaña ya mencionada de las mujeres organizadas.

Los Concejos Municipales son elegidos por votación popular a contar de 1979. Se puede observar un descenso de la presencia femenina en 1984 y 1989, el que ha sido explicado por el cambio del régimen electoral en 1989 desde listas cerradas a listas abiertas, con voto nominal o por lista. En estas listas las mujeres estuvieron subrepresentadas y los partidos favorecieron las candidaturas masculinas.

Poder legislativo

El poder legislativo por definición, es el poder que hace las leyes, facultad que implica la posibilidad de regular, en nombre del pueblo, los derechos y las obligaciones de sus habitantes en consonancia con las disposiciones constitucionales.[cita requerida] Para ejercer dicha facultad está investida de una incuestionable autoridad que le otorga la representación de la voluntad.

Las figuras presentes más importantes son el senado y los diputados.

Montesquieu propuso, en su célebre libro El espíritu de las leyes, que era necesario que las funciones del Estado se dividieran entre distintos poderes (legislativo, ejecutivo y judicial), para que mediante los arreglos de las características el poder se autocontrole, a fin de evitar la tiranía.

EL PODER LEGISLATIVO es, por definición, la rama del Poder Público que elabora las leyes.

Es aquella parte del Estado con potestad de regular, en nombre del pueblo, los derechos y las obligaciones de sus habitantes, en consonancia con las disposiciones constitucionales que condicionan el ejercicio de esa potestad, cuyo ejercicio está investido de una incuestionable autoridad que deriva de ser la expresión y representación de la voluntad popular. Este poder se ejerce a través de asambleas, entre cuyos integrantes suelen encontrarse como figuras más importantes a los senadores y a los diputados.

Poder ejecutivo

En ciencia política y derecho constitucional, el poder ejecutivo (poder administrativo) es una de las tres facultades y funciones primordiales del Estado (junto con el poder legislativo y el poder judicial), consistente en hacer cumplir las leyes.

Este poder suele ejercer el gobierno por parte del Jefe del Estado. Se distingue así del poder legislativo, que promulga o revoca leyes, y del poder judicial, que interpreta, hace respetar o invalida las mismas.

El poder ejecutivo: es responsable de la gestión diaria del Estado, y concibe y ejecuta políticas generales de acuerdo con las cuales las leyes tienen que ser aplicadas; representa a la nación en sus relaciones diplomáticas; sostiene a las Fuerzas Armadas y en ocasiones aconseja con respecto a la legislación.1

En los estados democráticos, el poder ejecutivo está considerado como administrador y ejecutor de la voluntad popular a la cual representa y de la que debe ser su más firme garante. La misión ejecutiva de un estado totalitario, en cambio, es ejercida al margen de limitaciones legales o jurídicas.

En muchos países, se utiliza la palabra “gobierno” que es para referirse al poder ejecutivo, pero este uso puede resultar confuso en un contexto internacional.

Poder judicial

El poder judicial es un poder del Estado encargado de administrar la justicia en una sociedad, mediante la aplicación de las normas jurídicas en la resolución de conflictos. Por "Poder", en el sentido de poder público, se entiende a la organización, institución o conjunto de órganos del Estado, que en el caso del Poder Judicial son los órganos judiciales o jurisdiccionales: juzgados y tribunales, que ejercen la potestad jurisdiccional, que suele gozar de imparcialidad y autonomía.

Según la teoría clásica de Montesquieu de la separación de poderes, que distingue entre poder legislativo, ejecutivo y judicial, la división garantiza la libertad del ciudadano. Montesquieu compuso su teoría después de un viaje a Inglaterra en donde interpretó que un poder judicial independiente puede ser un freno eficaz del poder ejecutivo. Bajo esta separación de poderes, nace el llamado estado de derecho, en el cual los poderes públicos están igualmente sometidos al imperio de la ley. El poder judicial debe ser independiente para poder someter a los restantes poderes, en especial el ejecutivo,

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