Introducción Al Derecho
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INSTITUTO UNIVERSITARIO LATINOAMERICANO
LICENCIATURA: ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS
MATERIA: INTRODUCCIÓN AL DERECHO
TEMAS:
1. DEFINICIÓN DEL DERECHO
2. JERARQUÍA DE LAS LEYES
3. NORMAS JURÍDICAS Y MORALES
4. CLASIFICACIÓN DEL DERECHO
4.1. DERECHO OBJETIVO
4.2. DERECHO SUBJETIVO
ASESORA: M. EN D. GUADALUPE GONZÁLEZ MENDIOLA
ALUMNO: BERNARDO JESÚS ARANA MOLINA
SEMESTRE: 1 GRUPO: 1
30 de octubre 2010.
1.- DEFINICIÓN DE DERECHO
La palabra Derecho proviene del vocablo latino Directum, que significa en su primer origen, lo que dirige o es bien dirigido, no apartarse del buen camino, seguir el sendero señalado por la ley, o como expresa Villoro Toranzo “lo que no se desvía ni a un lado ni a otro”.
El Derecho es un hecho, una obra humana, estimulada por la conciencia de unas necesidades en la vida social; obra producida bajo forma normativa; y que en su función para satisfacer esas necesidades intenta hacerlo de acuerdo con la realización de unos valores específicos. O, dicho con otras palabras: el Derecho aparece como un conjunto de especiales formas colectivas de la vida humana, gestadas en la existencia social, con formas normativas, y encaminadas intencionalmente al cumplimiento de unas exigencias estimativas o de valor.
DERECHO.-CARLOS MOUCHET, RICARDO ZORRAQUÍN BECÚ: “Un ordenamiento social impuesto para realizar la justicia”.
DERECHO.-DR. MIGUEL VILLORO TORAZNO: Derecho es el “sistema racional de normas sociales de conducta, declaradas obligatorias por la autoridad, por considerarlas soluciones justas a los problemas surgidos de la realidad histórica”.
DERECHO.- DR. GIORGIO DEL VECCHIO: Derecho se define como: “la coordinación objetiva de las acciones posibles entre varios sujetos, según un principio ético que las determina, excluyendo todo impedimento”.
DERECHO.- EDUARDO GARCÍA MÁYNEZ: “Derecho es un orden concreto, instituido por el hombre para la realización de valores colectivos, cuyas normas -integrantes de un sistema que regula la conducta de manera bilateral, externa y coercible- son normalmente cumplidas por los particulares, y en caso de inobservancia, aplicadas o impuestas por los órganos del poder público”.
DERECHO.- AGUSTÍN SQUELLA NARDUCCI: “El Derecho es un fenómeno que no pertenece a la naturaleza, sino a la sociedad, o sea, que se trata de algo que el hombre hace o produce con un cierto fin; que es algo, además, que contiene normas o que tiene que ver preferentemente con normas; que, por lo mismo, la experiencia que todos tenemos del derecho es, ante todo, un conjunto de normas vigentes en un lugar y tiempos dados, por medio de las cuales los hombres regulan sus comportamientos, establecen derechos y obligaciones recíprocos, prevén posible conflictos y dan a estos, cuando se producen, un curso de solución que no pasa simplemente por la aplicación de la ley del más fuerte, y consienten, en fin, en que tales normas puedan ser auxiliadas, a efectos de su cumplimiento, por el uso de la fuerza socialmente organizada”.
DERECHO.- TEODORO SANDOVAL: “Es un conjunto de normas jurídicas que regulan la conducta externa de los seres humanos, entendiendo como normas jurídicas aquellas que son heterónomas y coercibles, lo primero porque no son autónomas, sino impuestas; y lo segundo porque coercible es lo que puede contener refrenar o sujetar, y por conducta externa, entendemos el actuar de los humanos en relación con otros seres humanos, lo cual se da en la vida social”.
DERECHO.- RAFAEL DE PINA: “En general se entiende por derecho todo conjunto de normas eficaz para regular la conducta de los hombres, siendo su clasificación más importante la de derecho positivo y derecho natural”.
DERECHO.- ROBERTO T. RUGGIERO: “Es el poder de la voluntad del hombre para satisfacer sus propios intereses de conformidad con la norma jurídica".
DERECHO.- TRINIDAD GARCÍA: “Es un conjunto de normas o reglas que gobiernan la conducta externa de los hombres en sociedad”.
DERECHO.- RAFAEL ROJINA VILLEGAS: “Puede definirse como un conjunto de normas bilaterales, externas, generalmente heterónomas y coercibles, que tiene por objeto regular la conducta humana en su interferencia intersubjetiva”
DERECHO.- DR. EN DERECHO IGNACIO GALINDO GARFIAS: “Diversas acepciones de la palabra. a).- El conjunto de reglas o preceptos de conducta de observancia obligatoria que el Estado impone a sus súbditos; b).- se refiere también a la disciplina científica que tiene por objeto el conocimiento y la aplicación de esas reglas de conducta, ciencia a la cual los romanos llamaron jurisprudencia; c).- alude, en fin, al conjunto de facultades que un individuo tiene y que le permiten hacer o dejar de hacer algo frente a los demás y frente al Estado mismo.
Desde otro punto de vista, con la palabra derecho se designa a veces, lo que es justo y equitativo. Empleando esta última acepción se alude a un derecho ideal, cuya fuerza de obligar es independiente de la ley positiva. Es el patrón de justicia para juzgar el valor intrínseco de un precepto o conjunto de preceptos legales y concretos”.
DERECHO.- BERNARDO JESÚS ARANA MOLINA:
Es una obra humana, creada bajo forma normativa por la necesidad de la sociedad de imponer una conducta regulada, encaminada al cumplimiento de unas exigencias estimativas o de valor, puesto que están dotadas de impositividad inexorable, es decir de coercitividad, y que al no cumplirse conlleva un castigo impuesto por el Estado.
2.- JERARQUIA DE LAS LEYES
PIRÁMIDE DE KELSEN
CONSTITUCIÓN.- Es la norma suprema que fija los límites y define
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